Integración en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación (becarios)

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Referencia Legal
 

Boletín Sistema Red 2011/11, de 27 de octubre de 2011, Real Decreto 1493/2011 por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social y Boletín Sistema Red 2013/07, de 30 de octubre de 2013.

 

Resumen de la Norma

El personal que participe en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados que, vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, incluyan la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades que conlleven contraprestación económica, se integrarán en el Régimen General de la Seguridad Social.

Principales características:

  • En el ámbito de afiliación, este personal irá en un CCC aparte.
  • La cotización a la Seguridad Social tendrá las siguientes particularidades:
    • La cotización por contingencias comunes y profesionales se llevará a cabo aplicando las reglas de cotización correspondiente a los contratos de formación y aprendizaje, y no existirá la obligación de cotizar por la contingencia de desempleo, Fondo de Garantía Salarial ni por formación profesional.
    • El campo “Tipo de contrato de trabajo” se dejará sin contenido (a ceros).
    • El campo "Colectivo de Peculiaridad de Cotización" no deberá cumplimentarse.
    • La base de cotización consistirá en el 100% de la base mínima del grupo de cotización del trabajador (Boletín Sistema Red 2013/07).
    • No podrán realizar horas extras, salvo las debidas a fuerza mayor (BA10).


Para distinguir este colectivo, debes dar de alta un nuevo centro de trabajo de formación en el que informarás el nuevo CCC de Régimen General que, previamente, debes haber solicitado a cualquiera de las administraciones de la Seguridad Social.

Todas las personas que se asocien a este centro de trabajo, deberán mantener el Tipo de Contrato en blanco, y tener informado el Tipo de Cotización “Participantes en programas de formación”.

 programas formacion

 

Datos de afiliación del trabajador:

Según establece el Boletín de Noticias RED 2012/05, de 24 de julio de 2012, tanto los participantes en programas para la formación como las personas que realicen prácticas no laborales en empresas, deberán identificarse en el movimiento de afiliación consignando los siguientes valores en el campo “Relación Laboral de Carácter Especial”.

  • 9922: PARTIC. EN PROG. PARA LA FORMACIÓN/PART. PROG. FORM
  • 9923: PRÁCT. NO LABORALES EN EMPRESAS / PRÁCT. NO LAB. EMP.

 afiliacion becarios

 

 

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