¿Cómo finalizar las exoneraciones por la parte de alta, por renuncia o por cancelación, derivadas de las situacion de ERTE de mayo y junio y del R.Decreto-ley 24/2020?

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En esta consulta se indica el proceso para finalizar las exoneraciones por la parte de alta derivada de un ERTE con la declaración responsable causa 059. No obstante, se puede informar con cualquier inactividad equivalente a la U para el resto de declaraciones responsables 060, 061 y 062:

  • Declaración responsable 060: Valor inactividad "A6 – Suspensión parcial procedente de A2/ A3/ A4 desde fecha inicio incidencia"
  • Declaración responsable 061: Valor inactividad "B3 – Suspensión parcial procedente de A7/A8/A9 desde fecha inicio incidencia"
  • Declaración responsable 062: Valor inactividad "B9 – Suspensión parcial procedente de B5/B6/B7 desde fecha inicio incidencia"

  

Explicación del proceso

Para finalizar las exoneraciones de cuotas por la parte de alta del trabajador derivadas de situaciones de ERTE de los meses de mayo y junio y de los ERTEs publicados en el R.Decreto-ley 24/2020, deberás realizar lo siguiente:

1.- Informa una nueva incidencia de Regulación de Empleo con los siguientes datos:

    • Fecha inicio: Indica el día a partir de la cual dejarán de aplicarse las exoneraciones.
    • Fecha fin: Indica el último día del mes referido a la fecha inicio indicada.
    • Causa 18- Reducción temporal de jonada autorizada en E.R.E o por auto judicial o constatada por la autoridad laboral en cooperativas

o   Activa el indicador “COVID-19”.
o   Activa el indicador “Fecha reinicio actividad empresa (Declaración responsable: causa 059)” e informa la misma fecha de inicio de la incidencia.
o   Marca el valor de inactividad U – Suspensión Parcial procedente R/S/W desde fecha inicio incidencia

    • Nº Exp. ERE: indica el mismo número de expediente de ERE que tenían informado.
    • Porcentaje: indica un 0.00%

Una vez informados estos datos pulsa "Aceptar" para guardar la incidencia. No obstante, no es necesario enviar el movimiento de afiliación que MIN que se prepara desde la incidencia de ERE.

 

finalizar exoneracion parte alta ERTE

 

Importante:

La incidencia no afectará al cálculo de la nómina y no se reflejará en el Histórico de Cobro del trabajador. Además, en el caso que el trabajador tuviese en el mismo mes de la incidencia situaciones de I.T. o de ERE esta incidencia no les afectaría.

 

2.- Recalcula la nómina del mes en el que has informado la incidencia.

 

 

 

 

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