Descontar un embargo salarial en la paga finiquitos
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Explicación del proceso
Para descontar un embargo salarial en la paga de finiquito, previamente debe estar informada la incidencia “Embargo”.
Para ello, accede al punto de menú “Nómina/ Incidencias/ Anticipo, Préstamo y Embargos” y pulsa “Nuevo”, informa los siguientes datos, según cómo desees y en qué pagas descontar el embargo:
Graba la incidencia y calcula las pagas mensuales y extras correspondientes, según la fecha de inicio del embargo.
Para calcular el finiquito, accede al punto de menú “Nómina/ Cálculo/ Finiquitos”. Selecciona el trabajador e informa los siguientes datos:
- Motivo de baja.
- Fecha de baja.
- Preaviso trabajador o empresa, en el caso de que tengas que informarlo.
- Activa el indicador “Descontar embargo en paga finiquito”.
- Informa el “Tipo de indemnización”, en el caso que proceda.
Recuerde que…
El importe de indemnización se embargará íntegramente.
Veamos un ejemplo
En nuestro ejemplo, calculamos el finiquito de un trabajador con fecha de baja 30/06/2015 y seleccionamos como tipo de indemnización “Fin Contrato Temporal”. A continuación, mostramos la hoja de salario de la paga finiquito:
Explicación del cálculo:
El cálculo del Embargo Salarial sería sobre la suma de líquidos de todas las pagas del mes, aplicando los tramos legales y la indemnización se embargaría íntegra.
En nuestro caso el líquido de la Paga Mensual es = 1185’60€.
El líquido del finiquito sin indemnización y previo al descuento del embargo sería = 3098’59
Suma de líquidos = 1185’60 + 3098’59 = 4284’18€
Sobre el importe líquido (mensual + finiquito) calcularíamos el importe a embargar, aplicando los tramos legales, obteniendo un embargo de 2331’56.
2331’56 embargo + 352’62 importe indemnización = 2684’18€ Importe total del embargo.
Recuerda que...
Cuando el trabajador sea alta/baja en el mismo mes el SMI se deberá prorratear por los días de alta.