Actualización de la versión 1.9.27 de a3ASESOR | rr.hh: Cambios Legales (SP1)

Aplica a: a3ASESOR | rrhh

 

A continuación, se relacionan los cambios legales incorporados en la actualización de la versión 1.9.27:

 

Cambios Legales

1.- Adaptación de la lectura de las respuestas de SILTRA (ficheros DCL y RLC) a las exoneraciones calculadas por los valores de inactividad “Y” y “U”.

2.- Ampliación de la bonificación del sector de Hostelería y Turismo de trabajadores fijos discontinuos para los meses de julio, agosto, septiembre y octubre

 

 

1.- Adaptación de la lectura de las respuestas de SILTRA (ficheros DCL y RLC) a las exoneraciones calculadas por los valores de inactividad “Y” y “U”.

Referencia Legal

 

¿Cómo afecta a la aplicación?

Siguiendo con la adaptación de la exoneración de cuotas en los casos de ERTE por fuerza mayor parcial, se ha adaptado en la aplicación la lectura de las respuestas de SILTRA (ficheros DCL y RLC) los porcentajes de exoneración de los nuevos valores de inactividad.

 

importante Recuerda que…

Para estos casos, a diferencia del resto de respuestas, SILTRA envía 3 ficheros DCL:

  • Un Documento de Cálculo de la liquidación con las cuotas totales
  • otro con las cuotas exoneradas
  • y otro por las cuotas no exoneradas.

Y, al confirmar la liquidación, envía 2 ficheros RLC:

  • Uno por la parte exonerada y
  • otro por la parte no exonerada

Cada liquidación se tratará por separado como si fueran ficheros independientes, siguiendo la siguiente estructura:

 

estructura ficheros rlc

 

Al realizar la lectura de respuestas de ficheros DCL desde el menú “Nómina/ Comunic@ción/ SLD (Cret@)/ DCL / RLC”, si existen liquidaciones con trabajadores en ERE y con exoneración de cuotas, se mostrarán varias respuestas DCL/RLC.

 

lectura respuestas

 

 

2.- Ampliación de la bonificación del sector de Hostelería y Turismo de trabajadores fijos discontinuos para los meses de julio, agosto, septiembre y octubre

Referencia Legal

 

Según lo indicado en el Real Decreto-Ley:

“ Las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores del turismo, así como los del comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculadas a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de julio, agosto, septiembre y octubre de 2020, y que inicien o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijos discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.

Para que las bonificaciones resulten de aplicación las declaraciones responsables se deberán presentar antes de solicitarse el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente al período de devengo de cuotas sobre el que tengan efectos dichas declaraciones.”

 

¿Cómo afecta a la aplicación?

A partir de esta versión, se aplicará la bonificación “R2- Bonificación trabajadores fijos discontinuos sector turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería” al calcular las nóminas de los trabajadores con derecho a esta bonificación en los meses de julio, agosto, septiembre y octubre.

La empresa se bonificará del 50% de las cuotas empresariales por contingencias comunes, desempleo, FOGASA y formación profesional en los meses anteriormente indicados.

Por lo que, a partir de este momento y para aplicarse esta bonificación deberás comunicar el movimiento de afiliaciónAnotación de Situaciones Adicionales de afiliación” con el valor: “420 – Fijo Discontinuo. Turismo. Comercio. Hostelería. Bonificación” en el campo “Situación Adicional de Afiliación”.

Para más información, puedes acceder a la siguiente consulta: Cómo generar el movimiento de afiliación ASH en la aplicación

 

  importante - copia

IMPORTANTE

 

La Declaración Responsable debe presentarse:

  • A través del Sistema RED.
  • Respecto de cada código de cuenta de cotización y mes de devengo, es decir, debe presentarse respecto de cada uno de los meses de julio, agosto, septiembre y octubre.
  • Y antes de solicitar el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente al período de devengo de cuotas sobre el que tengan efectos dicha declaración.

 

Para más información sobre Cómo informar la bonificación de Hostelería y Turismo, pulsa aquí.

 

 

 

 

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