Número de orden de los otros progenitores
Aplica a: a3ASESOR | ren
En aquellos hijos y descendientes menores de 25 años con vinculación 3 (Hijos (o descendientes) del primer declarante si también conviven con el otro progenitor (o ascendiente)), o 4 (Hijos (o descendientes) del cónyuge si también conviven con el otro progenitor (o ascendiente)), se debe informar el número de orden de los otros progenitores haciendo doble clic con el ratón sobre el hijo (o descendiente) en la opción Personas.
La aplicación automatiza el tratamiento de la información de los otros progenitores.
Nos podemos encontrar con diferentes casuísticas:
- En aquellas declaraciones que únicamente existan hijos comunes a ambos cónyuges no será necesario informar el número de orden en los hijos.
La aplicación automáticamente les asigna internamente el número de orden y traslada el nombre de los progenitores a la ventana “Otros progenitores”.
- En aquellas declaraciones en las que exista algún hijo no común a ambos cónyuges será necesario informar el número de orden en todos los hijos, comunes y no comunes.
La aplicación trasladará automáticamente el nombre de los progenitores de los hijos comunes a la ventana “Otros progenitores”.
A continuación informa los datos del otro progenitor del hijo no común a ambos cónyuges en la ventana Otros progenitores.