Cómo informar las rentas temporales o vitalicias

Aplica a: a3ASESOR | ren

 

Dispones de dos maneras de informar las rentas temporales o vitalicias constituidas como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, cuya titularidad corresponda al declarante, para el Impuesto sobre el Patrimonio:

  1. Cumplimentando los datos del apartado Datos patrimonio de la ventana Ampliación de Capital Mobiliario al realizar el alta de un elemento tipo TM (Rentas temporales) o VT (Rentas vitalicias) según corresponda.


    TM VT Rentas Temporales y Vitalicias Patrimonio

  2.  Realizando el alta de un elemento tipo J (Rentas temp. o vitalicias), en la Relación de Elementos del Mantenimiento de Declaraciones.


    J Rentas temporales o Vitalicias

    En el campo “Descripción” informe la Persona o Entidad Pagadora, y en el campo “Clave” seleccione el tipo de renta Temporal o Vitalicia.

    La adquisición de elementos de patrimonio supone una reducción de la liquidez para los declarantes en el año de su inversión. Para que la inversión en el elemento de patrimonio se vea reflejado en el cálculo de la liquidez, y por lo tanto en una reducción del disponible para el consumo, el valor del bien objeto de la inversión ha de estar informado en el campo “Invers. ejercicio”.

 

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