Cómo informar la exención de la venta de la vivienda habitual por mayores de 65 años
Aplica a: a3ASESOR | ren
La ganancia patrimonial ocasionada por la transmisión de la vivienda habitual por mayores de 65 años estará exenta si se cumplen los siguientes requisitos:
- Que el contribuyente tenga más de 65 años cuando se produzca la transmisión.
- La vivienda transmitida ha de ser la vivienda habitual.
La exención de la venta de la vivienda habitual por mayores de 65 años la aplica automáticamente la aplicación en función de la edad del declarante, informada en la opción Personas.
En el elemento VO (Variación onerosa/lucrativa) se deben informar los datos de la venta de la vivienda habitual. A pesar que en el elemento se calcule el importe imputable por la ganancia patrimonial, la ganancia no se imputará en la declaración por estar exenta.
Tanto en el Esquema de la Liquidación como en la declaración que se presenta a la AEAT no se imputa ningún importe por la ganancia obtenida por la venta de la vivienda habitual, aplicándose la exención.