Domicilio habitual actual del declarante no se ha de cumplimentar
Aplica a: a3ASESOR | ren
Para esta campaña de renta 2016, el domicilio habitual actual del declarante, en España o el extranjero, únicamente se cumplimentará en el modelo 100 cuando se indique cambio de domicilio en la opción Varios del Mantenimiento de Declaraciones.
Muy importante: En los casos en los que no haya cambio de domicilio no se cumplimentará.
Las especificaciones técnicas que la AEAT remite a las empresas de Software establecen:
“Página 1
Domicilio habitual actual del primer declarante y cónyuge
El domicilio habitual actual sólo habrá que cumplimentarlo cuando tenga contenido cambio de domicilio”
A tener en cuenta
En el caso de declaración conjunta y el cónyuge cambie de domicilio, se llevará al modelo el domicilio del declarante, aunque no se produzca cambio de domicilio para el declarante.