Datos imprescindibles a cumplimentar en los inmuebles para la presentación de los modelos
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Para esta campaña de Renta y Patrimonio la Agencia Tributaria exige mucha más información de la que hasta ahora pedía para confeccionar los impuestos, es por ello que si no se informan todos los datos, la presentación de los modelos en la página web de la Agencia Tributaria dará errores de validación.
A continuación te vamos a enumerar aquellos datos que debes informar en función de los usos del inmueble para su presentación.
Datos patrimonio
Es muy importante que cumplimentes los datos de este apartado del inmueble tanto para el IRPF como para el IP. Los datos informados en este apartado aparecen en el modelo del IRPF además de tenerse en cuenta por ejemplo para el cálculo de las rentas inmobiliarias imputadas de los inmuebles no arrendados, o para el cálculo de la amortización en los inmuebles arrendados, así como en el Impuesto sobre el Patrimonio.
Usos del inmueble:
- Vivienda habitual.
- No arrendado.
- Arrendado.
- Arrendado como inmueble accesorio.
- Vivienda en casos de separación o divorcio.
Vivienda habitual
En el uso Vivienda habitual debes informar el número de días que el inmueble ha sido la vivienda habitual del declarante.
Si el inmueble ha sido la vivienda habitual del declarante a 31 de diciembre, marca el indicador "A 31 de diciembre se trata de la vivienda habitual" para el cálculo del Impuesto sobre el Patrimonio.
No arrendado
En el uso No arrendado debes informar el número de días que el inmueble ha estado a disposición de sus titulares.
En el caso que el inmueble, en los mismos días, ha estado a disposición del contribuyente y parte destinado a otros usos, deberás informar el "% inmueble que está a su disposición" y el "Número de días".
Recuerda que los datos informados en el apartado Datos patrimonio aparecen en el modelo del IRPF además de tenerse en cuenta para el cálculo de las rentas inmobiliarias imputadas de los inmuebles no arrendados. El rendimiento de un inmueble no arrendado es el 1,1% del valor catastral, o el 2% si el valor catastral no está revisado. Si el inmueble careciera de valor catastral, en su lugar se tomará el 50% del valor fiscal.
Arrendado
En el uso Arrendado debes informar el número de días que el inmueble ha estado arrendado, así como los Arrendatarios y la Fecha de contrato.
En el apartado Datos patrimonio debes informar los datos necesarios para el cálculo automático de la amortización del inmueble: el Tipo de Adquisición, el Valor Catastral, el Valor Catastral de Construcción y el Valor de Adquisición.
Para que la aplicación calcule de forma automática la amortización en los inmuebles arrendados, deberás pulsar el botón adjunto al campo "Gastos deducibles". Pulsa en el siguiente enlace para saber qué datos son necesarios informar para el cálculo de la amortización en los inmuebles arrendados.
Arrendado como inmueble accesorio
En el uso Arrendado como inmueble accesorio debes informar la Referencia catastral del inmueble principal al que está vinculado.
Vivienda en casos de separación o divorcio
En el uso Vivienda en casos de separación o divorcio debes informar el número de días que la vivienda ha tenido este uso.