Cómo realizar el alta de un inmueble con titularidad distinta al 100%
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En el campo “Titular” del apartado Datos generales de la ventana Ampliación de Capital Inmobiliario dispones de una lista de opciones predefinidas.
En el campo “Perceptor” constan los miembros de la Unidad Familiar informados hasta el momento, más la opción "Otros" mediante la cual puede hacer constar situaciones no previstas, como por ejemplo propiedad compartida.
Por ejemplo, en el caso que el declarante sea titular del 25% del inmueble, selecciona en el campo “Perceptor” la opción Declarante e informa “25%” en el campo “Porcentaje”.
En el campo “Titular” aparecerá informada la opción “Otros”.
El rendimiento del inmueble se calcula automáticamente en función de la "titularidad" informada.
A tener en cuenta
En el campo “% del inmueble que está a su disposición” deberás indicar 100%, si la totalidad del inmueble del que el contribuyente es total o parcialmente titular está a su disposición. Por ejemplo, si tiene el pleno dominio o el usufructo del 50% de un inmueble y está a su disposición la totalidad indicará en esta casilla 100%.
En el supuesto de que sólo una parte del inmueble del que el contribuyente es titular esté a disposición del mismo (por ejemplo por encontrarse en parte cedido, arrendado o afecto a una actividad económica) deberá indicar, el porcentaje que representa la superficie del inmueble que está su disposición respecto a la superficie total. Este porcentaje afecta al cálculo de los rendimientos de los inmuebles no arrendados, y de la amortización en los rendimientos de inmuebles arrendados.