Cómo informar los rendimientos del trabajo de los declarantes

Aplica a: a3ASESOR | ren

 

Para informar los Rendimientos del Trabajo accede a la Relación de Elementos del Mantenimiento de Declaraciones y realiza el alta de un elemento tipo RT (Rend. del trabajo).

La ventana permite la entrada de todos aquellos rendimientos que provengan del trabajo por cuenta ajena. Para cumplimentar los datos, accede a los campos activados (color verde) e indica los datos que correspondan. Los campos desactivados (color blanco) se informan de forma automática aunque pueden ser modificados manualmente pulsando el botón Botón Modificación adjunto al campo.

 

En el apartado Retribuciones dinerarias de la ventana se informan los ingresos íntegros y los gastos deducibles que se hayan generado en el período impositivo, los datos del pagador (es importante su cumplimentación para diferenciar entre pagadores a la hora de controlar la obligación de declarar), así como el perceptor de dichas retribuciones.

El campo “Tipo” permite diferenciar entre los diferentes tipos de rendimientos del trabajo percibidos por el declarante de cara a que la aplicación controle la obligación de declarar:

  • Trabajador por cuenta ajena.
  • Prestación sistemas previsión social.
  • Pensión del cónyuge.
  • Otros.

 

Marca el indicador “Retención a tipo fijo” cuando se trate de rendimientos íntegros del trabajo a tipo fijo de retención. Por ejemplo, Cursos, conferencias, coloquios, seminarios o similares y elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a la explotación de la obra, Administradores y miembros de los Consejos de Administración,…..etc.

Marca el indicador “Pagador no obligado a retenercuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener, para el control por parte de la aplicación de la obligación de declarar.

Marca el indicador "Criterio devengo derechos de autor" cuando los rendimientos sean derivados de la cesión de la explotación de los derechos de autor, si se opta por imputar el anticipo a cuenta de los mismos a medida que vayan devengándose los derechos. 

 

En el apartado Retribuciones en especie (incluye aportaciones a Sistemas Alternativos) se informan las retribuciones en especie procedentes del trabajo percibidos por el declarante. Informe la descripción del concepto de la retribución en especie, el valor de las retribuciones en especie en el campo "Valoración", sin incluir el ingreso a cuenta efectuado por la empresa, que se consignará en el campo “Ingr. a cuenta”.

Con carácter general, el rendimiento íntegro de la retribución en especie será la suma de los importes de los campos "Valoración" y "Ingr. a cuenta", salvo que el importe de este último haya sido repercutido al perceptor. En ese caso se consignará en el campo “Ing. cta. Repercutidos” el importe del ingreso a cuenta repercutido.

 

Ampliacion de Rendimientos del Trabajo

 

En el apartado Planes de Pensiones y Mutualidades de Previsión Social se consignarán las contribuciones empresariales a planes de pensiones, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social aportadas por la empresa, asi como, las cantidades aportadas por la empresa a planes de pensiones, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social (excepto a seguros colectivos de dependencia), que deriven de una decisión del trabajador, por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial. Pulsa el botón F4 adjunto al campo Aportaciones para su cumplimentación.

 

RT Planes de pensiones y Mutualidades de Prevision Social Desglose Ampliado

 

En el apartado Contribuciones empresariales a seguros colectivos se informan los importes que la empresa o entidad haya imputado al contribuyente en concepto de contribuciones empresariales a seguros colectivos de dependencia.

 

En el apartado Aportaciones recibidas al patrimonio protegido se informan las aportaciones recibidas al patrimonio protegido de las personas con discapacidad del que es titular el contribuyente.

 

Aquellos elementos de Rendimientos del Trabajo que tengan informada una fecha de baja no serán traspasados al ejercicio siguiente. Muy útil para no tener que eliminar los elementos al año siguiente, así como para que no aparezcan como documentación a solicitar cuando confeccione los listados Mailing del año siguiente.

 

En el apartado Rendimientos generados en más de dos años se informan aquellos rendimientos que se hayan generado en un período superior a dos años, así como el importe de las reducciones (artículos 18.3, DT 11ª y DT 12ª de la Ley 36/2006) aplicables en función de la naturaleza del rendimiento obtenido.

 

Recuerda que dispones de la posibilidad de importar los Rendimientos del Trabajo del declarante de la aplicación a3ASESOR | nom para confeccionar su declaración, pulsando el botón Botón a3nom

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