Versión 5.28.12 de a3ASESOR | nom: Novedades

Aplica a: a3ASESOR | nom

A continuación, te relacionamos las novedades adaptadas en la nueva versión 5.28.12 de a3ASESOR | nom:

>> Cambios Legales
>> Mejoras


>> Actualización de la versión 5.28.12, de 20 de enero 



Cambios Legales

1.- Adaptación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (Ley 22/2021, de 28 de diciembre)

1.1.- Tablas de Bases y Tipos de Cotización para el año 2022 

2.- Régimen del Mar: bases de cotización provisionales para el año 2022 de los grupos 2 y 3

3.- Régimen Especial Agrario: Cambio en la fórmula de cálculo de la reducción SEA para el año 2022

4.- Modelos Oficiales Anuales para el ejercicio 2021:

4.1.- Modelo 190 Estatal

4.2.- Modelo 190 Gipuzkoa

4.3.- Modelo 190 Bizkaia

4.4.- Modelo 190 Araba

4.5.- Modelo 190 Navarra

4.6.- Modelo 296 (No Residentes) Estatal

4.7.- Modelo 296 (No Residentes) Gipuzkoa

4.8.- Modelo 145 (Comunicación Datos al Pagador)

5.- Tabla de retenciones de IRPF de Gipuzkoa para el año 2022

6.- Tabla de retenciones de IRPF de Araba para el año 2022

7.- Tabla de retenciones de IRPF de Bikaia para el año 2022

8.- Boletín Noticias RED 07/2021: Identificación de los ERTEs ETOP y ERTEs de Fuerza Mayor (artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores)


1.- Adaptación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (Ley 22/2021, de 28 de diciembre)

Referencia Legal


Se adaptan los siguientes cambios publicados en la ley:

1.1.- Tablas de Bases y Tipos de Cotización para el año 2022

 Se han adaptado los siguientes valores en las tablas de cotización para el año 2022:

  • Bases máximas de cotización de todos los regímenes, quedan de la siguiente forma:

 

  • Se actualiza en la tabla de bases y tipos de cotización de todos los regímenes la cuantía del IPREM para el año 2022, pasando a ser de 579,02 euros mensuales.

  • Topes de reducción para trabajadores del Régimen Especial Agrario a partir del 01/2022, pasando a ser de 117, 07 euros mensuales y 5,32 euros por jornada real trabajada.

 

Icono

Descripción generada automáticamente Buscador a3BOELaboral para localizar a los trabajadores afectados

Se ha incorporado en el Buscador A3BOElaboral el apartado "Ley 22/2021, de P.G.E. de 2022", que te permitirá localizar a los trabajadores que en diciembre de 2021 habían cotizado por la base máxima que estaba vigente desde enero de 2021.

buscador_a3BOELaboral

 

2.- Régimen del Mar: bases de cotización provisionales para el año 2022 de los grupos 2 y 3

Se adaptan en la aplicación las bases de cotización provisionales para el año 2022 de los trabajadores del Régimen del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero, clasificadas según las provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales.

 

3.- Régimen Especial Agrario: Cambio en la fórmula de cálculo de la reducción SEA para el año 2022

Referencia Legal

Según la ley, para el periodo 2022-2030, las reducciones a aplicar en puntos porcentuales de la base de cotización serán resultantes de la siguiente fórmula:

X= año natural entre 2022 y 2030 para el que se calcula la reducción.

¿Cómo afecta a la aplicación?

Se adapta la fórmula de cálculo de la reducción SEA a partir del 1 de enero de 2022.

 


4.- Modelos Oficiales Anuales para el ejercicio 2021:

Con esta versión ya tienes disponibles en la aplicación los siguientes modelos oficiales para el ejercicio 2021:

4.1.- Modelo 190 Estatal para el ejercicio 2021

Referencia Legal

Según las especificaciones establecidas en la página Web de la AEAT se adapta el modelo 190 Estatal para el ejercicio 2021, que no presenta cambios normativos respecto a la presentación del modelo en el ejercicio anterior.

¿Cómo afecta a la aplicación?

Con esta versión ya tienes disponible desde la aplicación el módulo de validación del modelo 190 Estatal para el ejercicio 2021.

4.2.- Modelo 190 Gipuzkoa para el ejercicio 2021

Referencia Legal


El cambio principal afecta a la Subclave 28 que pasa a denominarse Subclave 30, dentro de la clave L.

¿Cómo afecta a la aplicación?

Se modifica, desde los puntos de la aplicación en los que se informan las subclaves del modelo 190 Estatal, el literal de la subclave 28, pasándose a denominar "SubClaves 30 - Conceptos exentos Otras Rentas Exentas".


Recuerda que
: Desde la aplicación puedes informar subclaves para el modelo 190 Gipuzkoa a nivel de empresa (acceso "Datos/ Empresa/ Mantenimiento de Datos" o, de forma masiva para todas las empresas (acceso: botón "Subcalves" del punto "IRPF/ Modelo 190/Gipuzkoa").

Puedes ampliar la información sobre cómo informar las subclaves, pulsando aquí.

 


4.3.- Modelo 190 Bizkaia para el ejercicio 2021

Referencia Legal


Se adapta el modelo 190 según las especificaciones establecidas en la Orden Foral de Bizakia.

El cambio principal afecta a, la Subclave 28 que pasa a denominarse Subclave 30, dentro de la clave L, y a la creación de la Subclave 24

¿Cómo afecta a la aplicación?

Ya tienes disponible desde la aplicación el módulo de validación del modelo 190 de la diputación foral de Bizkaia para el ejercicio 2021.

Icono

Descripción generada automáticamente Importante sobre la presentación del modelo 190 – 10 T de Bizkaia:
Debes proceder a actualizar la plataforma BILA para poder validar y generar los correspondientes modelos desde a3ASESOR|nom.
Desde la plataforma deberás instalar el Modelo 190 - 10T para el ejercicio 2021, así como el Modelo 110/111 para el año 2022.

Puedes ampliar la informaciónpulsando aquí. 

Según lo establecido en la Orden Foral, se realizan los siguientes cambios:

Se modifica, desde los puntos de la aplicación en los que se informan las subclaves del modelo 190 Estatal, el literal de la subclave 28, pasándose a denominar "SubClaves 30 - Conceptos exentos Otras Rentas Exentas".

 

Se crea la nueva subclave L24, debiéndose asignar en ella lo siguiente:

  • Sublcave L24: Rentas exentas no en especie reguladas Art.17.2

 

4.4.- Modelo 190 Araba para el ejercicio 2021

Referencia Legal

El cambio principal afecta a la Subclave 28 que pasa a denominarse Subclave 30, dentro de la clave L.

¿Cómo afecta a la aplicación?

  Importante: los cambios que se han adaptado para el modelo 190 de la diputación foral de Araba para el ejercicio 2021 son los mismos que los que se han adaptado para el modelo 190 Gipuzkoa.

 

4.5.- Modelo 190 Navarra para el ejercicio 2021

Referencia Legal

Se adaptan las nuevas instrucciones del modelo 190 del Gobierno de Navarra para el ejercicio 2021, según las especificaciones establecidas en la Orden Foral. Destacan los siguientes cambios:

  • La subclave 28 pasa a denominarse suclave 30, dentro de la clave L.
  • Cambio en la redacción de la subclave L24 y L25 (se modifica el artículo al que hacen referencia).
  • La subclave H25 pasa a denominarse suclave H02.

¿Cómo afecta a la aplicación?

Ya tienes disponible en la aplicación el módulo de validación del modelo 190 del Gobierno de Navarra para el ejercicio 2021.

 

4.6.- Modelo 296 (No Residentes) Estatal para el ejercicio 2021

Referencia Legal

Se adaptan las nuevas instrucciones del modelo 296 (No Residentes) para el ejercicio 2021. Destacan los siguientes cambios:

  • Se crean las subclaves 12 y 13 para consignar los importes exentos correspondientes a las dietas o gastos de manutención.
  • Nuevo campo (posiciones 389-401) para reflejar las retenciones por ingresos a cuenta repercutidos al trabajador.

¿Cómo afecta a la aplicación?

Los cambios que se han adaptado son los siguientes:

1)    Dietas y asignaciones (subclaves relacionadas con rentas exentas)

Al generar el modelo 296, los importes por dietas o gastos de manutención se verén reflejados en la Clave 20 y a la Subclave 12 o 13 (hasta ahora, lo tenía en cuenta en la Clave 20, Subclave 04), teniendo en cuenta lo siguiente:

-        Si el trabajador es no residente o con cambio de residencia: se trasladarán a la Clave 20 y Subclave 12

-        Si el trabajador pertenece al Régimen Especial no residente: se trasladarán a la Clave 20 y Subclave 13


Estos importes se tomarán de las cantidades calculadas en el ejercicio 2021 de aquellos conceptos salariales informados en el apartado “Gastos Manutención y Estancia (Dietas)” del botón “Exentos” (acceso: “Tablas/ Conceptos/ Conceptos Salariales”).


Recuerda que: Los importes calculados a través de los conceptos informados en el apartado “Gastos Manutención y Estancia (Dietas)” están parcialmente exentas de tributación.

 

2)    Registro retribuciones en especie repercutidos al trabajador

En las retenciones de ingresos a cuenta de conceptos en especie, a partir de ahora, se diferenciarán en otro campo las que son a cargo del trabajador.

 

4.7.- Modelo 296 (No Residentes) Gipuzkoa para el ejercicio 2021

Referencia Legal


¿Cómo afecta a la aplicación?

  Importante: los cambios que se han adaptado para el modelo 296 de la diputación foral de Gipuzkoa para el ejercicio 2021 son los mismos que los que se han adaptado para el modelo 296 Estatal.

 

4.8.- Adaptación del modelo 145 (Comunicación Datos al Pagador)

Referencia Legal

Se adapta el modelo 145 a los cambios establecidos en el nuevo algoritmo de cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo personal IRPF 2022.

¿Cómo afecta a la aplicación?

Como novedad, se modifica el literal “grado de minusvalía” pasando a denominarse “grado de discapacidad”. Este cambio se realiza en los apartados 2 y 3 del modelo.  


Asimismo, se actualiza el texto indicado en el pie de página del modelo en referencia a la Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 


5.- Tabla retenciones de IRPF de Gipuzkoa para el año 2022

Referencia Legal


¿Cómo afecta a la aplicación?

Se adapta en la aplicación la tabla de retenciones de IRPF de Gipuzkoa para el año 2022, según lo publicado en la Orden Foral. Por tanto, ya puedes calcular la previsión de IRPF de 2022.

 

6.- Tabla retenciones de IRPF de Araba para el año 2022

Referencia Legal

 

¿Cómo afecta a la aplicación? 

Se adapta en la aplicación la tabla de retenciones de IRPF de Araba para el año 2022, según lo publicado en el Decreto Foral. Por tanto, ya puedes calcular la previsión de IRPF de 2022.

 

7.- Tabla de retenciones de IRPF de Bizkaia para el año 2022

Referencia Legal

¿Cómo afecta a la aplicación? 

Se adapta en la aplicación la tabla de retenciones de IRPF de Bizkaia para el año 2022, según lo publicado en el Decreto Foral. Por tanto, ya puedes calcular la previsión de IRPF de 2022.

 

8.- Boletín Noticias RED 07/2021: Identificación de los ERTEs ETOP y ERTEs de Fuerza Mayor (artículo 47 del Estatuto Trabajadores)

Referencia Legal

Según lo establecido en el boletín:

A partir del próximo 01-12-2021, las empresas que dispongan de expedientes de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivados de fuerza mayor, contemplados en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, deberán comunicar la existencia y mantenimiento del ERTE, conforme a los mismos procedimientos establecidos para la prestación de las declaraciones responsables para la aplicación de exenciones, con valores de código de CPC igual a:

    • 087: ERTE ETOP ARTÍCULO 47 ESTATUTO TRABAJADORES
    • 088: ERTE FUERZA MAYOR ARTÍCULO 47 ESTATUTO TRABAJADORES

La identificación de los periodos de suspensión de contratos de trabajo o reducción de jornada de los trabajadores afectados por el ERTE identificados a través de los CPC 087 o 088, se realizará a través de los siguientes valores del campo TIPO DE INACTIVIDAD:

    • 087: ERTE ETOP ARTICULO 47 ESTATUTO TRABAJADORES: Valores de inactividad 11, 12 o 13
    • 088: ERTE FUERZA MAYOR ARTICULO 47 ESTATUTO TRABAJADORES: Valores de inactividad 15, 16 o 18

 

¿Cómo afecta a la aplicación?

Se crean las declaraciones responsables 087 y 088 que corresponden a ERTE ETOP y ERTE Fuerza Mayor establecidos en el artículo 47 del Estatuto de los trabajadores:

  • 087 – ERTE ETOP Art. 47 Estatuto Trabajadores
  • 088 – ERTE FM Art. 47 Estatuto Trabajadores


 

Recuerda que: para informar los códigos de declaración responsable debes acceder en el centro de trabajo al botón “Fechas ERTE/ Exoneraciones” de la pestaña “Varios” y pulsar el botón “Nuevo”. Si ya existen ERTEs con anterioridad, añade las nuevas declaraciones responsables (no elimines las existentes, puesto que pueden ser necesarias para cálculos futuros como, por ejemplo, procesos de atrasos).

Icono

Descripción generada automáticamenteA tener en cuenta: al dar de alta un ERTE con un código declaración responsable 087 o 088, la fecha de inicio debe ser a partir del día 1 de diciembre de 2021, en caso contrario, aparecerá un mensaje avisando de ello.

 

Asimismo, se adaptan en la aplicación los valores de inactividad que deben comunicarse a través de los movimientos de afiliación MIN para las declaraciones responsables 087 y 088.

 

Valores de inactividad

Declaración responsable

087 - ERTE ETOP (Art.47 Estatuto Trabajadores)

088 - ERTE Fuerza Mayor (Art.47 Estatuto Trabajadores)

Suspensión Total

12

16

Suspensión Parcial

13

18

 

Veamos un ejemplo, al preparar la acción MIN de un trabajador en ERTE de suspensión total y en el centro de trabajo informado un ERTE con la declaración responsable 087, la aplicación automáticamente nos propone el valor de inactividad 12.


183684 - arrow move outline rightA tener en cuenta
: Las declaraciones responsables 087 y 088 corresponden a ERTEs que no dan derecho a exoneración de cuotas, ya que, se tratan de los ERTEs establecidos en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores.

183684 - arrow move outline right ¿Qué pasos debo realizar a fecha 1 de diciembre si tengo un ERTE ETOP o ERTE Fuerza Mayor (artículo 47 Estatuto Trabajadores)?

1.- Presentación de la declaración responsable:  las empresas deben comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social los CCC que inicien alguno de estos nuevos ERTEs con la Declaración responsable correspondiente: 

  • Declaración responsable 087
  • Declaración responsable 088

Esta comunicación debe realizarse de forma online a través de Sistema RED, mediante la opción "Anotación resto de peculiaridades" dentro de la funcionalidad "Anotación causa peculiaridades de cotización en CCC". Informando la causa de peculiaridad correspondiente.


2.
Informar la situación de ERTE en la aplicación: para ello, accede a los siguientes puntos:

  • Centro de Trabajo: accede al apartado “Varios“, al botón fechas “Fechas ERTE/Exoneraciones”, pulsa el botón de “Nuevo” e informa el código de declaración responsable 087 ó 088 según corresponda y la fecha de inicio y fin que corresponda.


3.-
Movimiento afiliación MIN: debes realizar el movimiento de afiliación MIN a los trabajadores afectados con los valores de inactividad según corresponda, según lo establecido en el Boletín de Noticias RED 07/2021.

a)  Mantenimiento de incidencias: informa a fecha 30/11/2021 la incidencia 15- Fin de Expediente Regulación de los trabajadores afectados por este tipo de ERTE y recalcula las nóminas del mes de noviembre.

A continuación, informa la incidencia 14- Inicio de Expediente Regulación a fecha 01/12/2021 y pulsa el botón “Sistema Red” para preparar la acción MIN.

De esta forma, al preparar el movimiento de afiliación desde la incidencia 14- Inicio Expediente Regulación, la aplicación tomará automáticamente el valor de inactividad correspondiente según lo publicado en el boletín de noticias red 06/2021. Por último, deberás acceder al menú “Seg.Social/ Afiliaciones” y generar el fichero AFI de la acción MIN y realizar el envío a la TGSS siguiendo la operativa habitual.

b)    Si no realizas el envío de la acción MIN a través de la aplicación, como te hemos indicado en el paso anterior, deberás realizar la comunicación a la TGSS de forma online.

 

Mejoras

1.- Nuevo mensaje de aviso al informar la incidencia 14- Inicio Expediente Regulación, sin el tipo de ERTE en el centro
2.- Posibilidad de generar en formato Excel el Listado Ficha Profesionales
3.- Contrat@: Automatismo del colectivo bonificado en personas con capacidad intelectual límite

 

1.- Nuevo mensaje de aviso al informar la incidencia 14- Inicio Expediente Regulación, sin el tipo de ERTE en el centro

Con el fin de dotar la aplicación de un mayor control en la gestión de los ERTEs, se incluye el siguiente mensaje de aviso que se mostrará al informar la incidencia 14- Inicio ERE cuando el centro de trabajo, al que pertenece el trabajador, no tenga informada una declaración responsable.

 

 

2.- Posibilidad de generar en formato Excel el Listado Ficha Profesionales

Se incorpora en punto “Datos/ Profesionales/ Listado Datos” un nuevo botón  que permite “Enviar a Excel” la información de la ficha de los profesionales informados en la aplicación.

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Descripción generada automáticamenteA tener en cuenta: El botón “Enviar a Excel” únicamente se mostrará habilitado al generar el listado marcando la opción “Listar Datos Identificativos y Económicos”.


La información se mostrará de la siguiente forma:

 

 

3.- Contra@: Automatismo del colectivo bonificado en personas con capacidad intelectual límite

Con esta versión se mejora la generación del contrato de forma telemática de personas con capacidad intelectual límite, automatizando la cumplimentación través de Contrat@ del colectivo bonificado. Hasta ahora, este campo se debía cumplimentar de forma manual.

De esta forma, al preparar el contrato telemático a enviar por Contrat@, se mostrará marcado automáticamente el indicador "Coletivos del RDL 11/2021" con la opción seleccionada "Personas con capacidad intelectual límite", dentro de la pestaña "Bonificación".

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183684 - arrow move outline rightA tener en cuenta: Para ello, es necesario que el trabajador tenga informado en su ficha la bonificación “QZ- Bonificación personas con incapacidad intelectual limite”.

Puedes ampliar la información sobre cómo informar la bonificación y listar el contrato para personas con capacidad intelectual límite, pulsando aquí.

 

276507 - document file from outline pa Artículos relacionados que te pueden interesar:

 

 

 

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