Versión 5.28.04 de a3ASESOR | nom: Novedades

Aplica a: a3ASESOR | nom

 

La nueva versión 5.28.04 de a3ASESOR|nom incorpora:

>> Cambios Legales

>> Mejoras

 

Cambios Legales

1.- Nuevas prórrogas de ERTEs exonerados y nuevas exoneraciones de ERTE hasta 31 de mayo

1.1.- Modificación de la ventana de Mantenimiento de ERTES

1.2.- Nuevos ERTEs

1.3.- Prórroga de ERTES exonerados desde el 1 de febrero a 31 de mayo

1.4.- Valores de inactividad para la acción de afiliación MIN

1.5.- ERTEs exonerados. Posibles situaciones a partir de 1 de febrero de 2021

2.- Prórroga indefinida de la bonificación del sector de Hostelería y Turismo

3.- Adaptación del nuevo modelo de Certificado de Empresa SEPE en papel

4.- Nuevo modelo de contrato: Contrato de los Pescadores

 

1.- Nuevas prórrogas de ERTEs exonerados y nuevas exoneraciones de ERTE hasta 31 de mayo 

Referencia Legal

El Real Decreto-ley 2/2021 amplía la prórroga de las exoneraciones de ERTE´s durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2021. Posteriormente, el Boletín de Noticias RED 02/2021, desarrolla ese Real Decreto-ley, donde se establecen prórrogas de ERTEs ya existentes y la aparición de nuevos ERTEs hasta 31 de mayo de 2021. Esto genera nuevas declaraciones de responsabilidad y nuevos valores de inactividad.

Nuevos códigos de Declaración Responsable

Se crean 4 nuevos códigos de Declaración Responsable, comprendidos entre el 074 y el 077, para los nuevos ERTEs a partir de 1 de febrero de 2021:

Nuevos ERTEs de Impedimento y Limitación (Declaración Responsable: 074 y 075)

“El apartado 1 del artículo 2 del RDL 2/2021, sobre ERTE por Impedimentos o Limitaciones de actividad, establece lo siguiente:

    1. Las empresas y entidades afectadas por restricciones y medidas de contención sanitaria podrán solicitar un expediente de regulación de empleo por impedimento o limitaciones a la actividad en los términos recogidos en el artículo 2 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, a partir del 1 de febrero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021, salvo que les resulte de aplicación lo previsto en el apartado 2.”

En base a ello, para los nuevos ERTEs de Impedimento y Limitación iniciados a partir del 1 de febrero y hasta el 31 de mayo de 2021, se utilizarán los siguientes nuevos códigos de responsabilidad (las exoneraciones son las mismas que hasta ahora):

  • 074: ERTE por Impedimento Art 2 del RD-ley 2/2021 (Declaración Responsable 074)
  • 075: ERTE por Limitación Art 2 del RD-ley 2/2021 (Declaración Responsable 075)

 

Nuevos ERTEs ETOP procedentes de ERTEs de FM (Declaración Responsable: 076 y 077)

“Empresas a las que se refiere la letra b) del apartado 2 de la DA 1:

    1. b) Empresas a las que se refiere la letra a) anterior que transiten entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 2021, desde un expediente de regulación temporal de empleo de fuerza mayor basado en las causas del artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, a un de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.”

En base a esto, para los nuevos ERTEs ETOP procedentes de ERTEs de Fuerza Mayor a los que se refiere la DA 1 apartado 2.b) y 2.d) del RDL 2/2021, a partir del 1 de febrero y hasta el 31 de mayo de 2021 se utilizarán los siguientes nuevos códigos de responsabilidad (las exoneraciones son las mismas que hasta ahora):

  • 076: ERTE FM que pasa a ETOP entre 01/02/2021 – 31/05/2021 y coincide con CNAE RD-ley 02/2021 (Declaración Responsable 076)
  • 077: ERTE FM que pasa a ETOP entre 01/02/2021 – 31/05/2021 y cadena de valor con CNAE RD-ley 02/2021 (Declaración Responsable 077)

 

ERTEs prorrogados

Los ERTEs de Impedimento y Limitación que ya existían (vigentes a 31 de enero de 2021), se prorrogan y se siguen utilizando las mismas Declaraciones Responsables que hasta ahora.

En el caso de todos los ERTES prorrogados que mantienen el derecho a exoneración (Fuerza Mayor y ETOP procedente de Fuerza Mayor) se seguirán utilizando los mismos códigos de Declaración Responsable y de inactividades.

 

¿Cómo afecta a la aplicación?

Para adaptar este cambio legal, se han realizado las siguientes modificaciones:

1.1.- Modificación de la ventana de Mantenimiento de ERTES

Debido a la situación actual, es común que se produzcan varios ERTES exonerados, por ejemplo, de rebrote, impedimento y/o limitación. En base a ello, se ha modificado la ventana “Mantenimiento ERTE-EXONERACIÓN” del centro de trabajo (acceso: pestaña “Varios” de la ficha del centro de trabajo, botón “Fechas ERTE/ Exoneraciones”) de manera que, a partir de ahora, permitirá informar varios ERTEs exonerados del mismo tipo:

pantalla_mantenimiento_ertes

 

183644 - alert attention caution error  Importante: al actualizar la aplicación se traspasarán a esta nueva ventana, de manera automática, los diferentes tipos de ERTE que ya estuvieran informados, anteriormente, en este apartado.

 

Desde el botón de “Nuevo” puedes dar de alta diferentes tipos de ERTE, así como informar varios períodos para un mismo tipo de ERTE, siempre que las fechas de inicio y fin coincidan con las fechas de las declaraciones responsables que se hayan comunicado a la Seguridad Social. Y, haciendo doble click sobre el ERTE que corresponda, puedes modificarlo, en caso de que sea necesario.

 

1.2.- Nuevos ERTEs

Al pulsar el botón de “Nuevo”, en el campo “Tipo ERTE”, puedes seleccionar los nuevos ERTEs que se inician a partir del 1 de febrero de 2021, cuya declaración responsable está comprendida entre los códigos 074 y 077:

  • ERTE Impedimento – RDL 2/2021 (Declaración responsable 074)
  • ERTE Limitación – RDL 2/2021 (Declaración responsable 075)
  • ERTE ETOP FM CNAE – RDL 2/2021 (Declaración responsable 076)
  • ERTE ETOP FM Cadena Valor – RDL 2/2021 (Declaración responsable 077)

tipos_erte_febrero

 

183748 - alert attention circle exclam  A tener en cuenta: al dar de alta un ERTE entre de código comprendido entre el 074 y el 077, la fecha de inicio debe ser a partir de 1 de febrero de 2021. Si se informa una fecha anterior, aparecerá un mensaje avisando de ello:

erte_74_mensaje_aviso

 

183644 - alert attention caution error  Importante:

Si ya tenías informado un ERTE de Impedimento, Limitación, ETOP FM CNAE o ETOP FM Cadena Valor con fecha de inicio a partir del 1 de febrero (fecha a partir de la cual, corresponde informar uno de los 4 nuevos tipos de ERTE, comprendidos entre el 074 y el 077), al actualizarte con la nueva versión 5.28.04 de a3ASESOR|nom, se habrá traspasado el código antiguo, que existía en ese momento en la tabla. En este caso, deberás revisar si corresponde uno de los nuevos códigos de ERTE (nuevos ERTEs iniciados a partir de 1 de febrero) y, en ese caso, modificarlo manualmente (haciendo doble click sobre el ERTE que deseas modificar). 

Ejemplo:

Si antes de actualizarte la versión, tenías informado un 067 – ERTE Impedimento – RDL 30/2020 con fecha de inicio: 15 de febrero de 2021, al actualizarte, la aplicación te habrá traspasado ese código. No obstante, si deseas informar el nuevo código 074 – ERTE Impedimento – RDL 2/2021, desde esta ventana, haz doble click sobre el ERTE e informa el código que corresponda.

erte_67y74

 

1.3.- Prórroga de ERTES exonerados desde el 1 de febrero a 31 de mayo

Se ha ampliado el período para aplicarse los porcentajes de exoneración de los ERTEs, desde el mes de febrero hasta el mes de mayo de 2021. Estos porcentajes ya habían sido adaptados en la aplicación y no han variado:

ERTE de Fuerza Mayor (Declaración Responsable 069, 070, 071, 072, 073, 076 y 077)

  • Exonera 75% (>50 Trab.): en los casos de ERTE en empresas de 50 o más trabajadores.
  • Exonera 85% (<50 Trab.): en los casos de ERTE en empresas de menos de 50 trabajadores.

183748 - alert attention circle exclam  A tener en cuenta: en los casos de ERTE por Fuerza Mayor, los porcentajes exonerados se aplicarán tanto en el periodo que el trabajador tiene el contrato suspendido, como en el periodo de alta por reincorporación a su actividad laboral (cuando corresponda). 

 

ERTE de Impedimento, Rebrote y Limitación

Los ERTES por Impedimento, Limitación o Rebrote ya aprobados, se prorrogan de manera automática.

Las exoneraciones de cuotas a aplicarse desde el 1 de febrero y hasta el 31 de mayo son las mismas que hasta ahora:

  • ERTE Impedimento y Rebrote (Declaración Responsable 062, 067 y 074)
    Estas empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social del 100% de la aportación empresarial si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más:

    • Exonera 90% (>50 Trab.): en los casos de ERTE en empresas de 50 o más trabajadores.
    • Exonera 100% (<50 Trab.): en los casos de ERTE en empresas de menos de 50 trabajadores.

  • ERTE Limitación (Declaración Responsable 068 y 075)

erte_limitacion_exoneraciones

183748 - alert attention circle exclam  A tener en cuenta: en los casos de ERTE por Impedimento y Limitación, sólo se aplicarán los porcentajes exonerados en el periodo que el trabajador tiene el contrato suspendido.

 

1.4.- Valores de inactividad para la acción de afiliación MIN

En la siguiente tabla, publicada en el boletín de Noticias RED 02/2021, te mostramos los valores de inactividad a comunicar a la Seguridad Social en las situaciones de ERTE a partir de febrero de 2021 y hasta 31/05/2021:

Declaraciones Responsables para ERTEs prorrogados:

  • 062 - ERTE Fuerza Mayor por Rebrote. Empresas afectadas por un ERTE autorizado en base a lo dispuesto en el apartado 2 de la DA 1 del RDL 24/2020, y prorrogados por el RDL 2/2021
  • 067 - ERTE Impedimentos actividad Art.2.1 RDL 30/2020. Empresas afectadas por un ERTE autorizado en base al artículo 2.1 del RDL 30/2020, y prorrogados por el RDL 2/2021
  • 068 - ERTE Limitaciones Actividad Art.2.2 RDL 30/2020. Basados en el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 30/2020 y prorrogados por el RDL 2/2021
  • 069 - ERTE FM CNAE DA1º3.a) RDL30/2020
  • 070 - ERTE FM CADENA VALOR DA 1º 3.a) RDL 30/2020
  • 071 - ERTE ETOP>FM CNAE DA 1º 3.b) RDL 30/2020
  • 072 - ERTE ETOP CNAE DA 1º 3.c) RDL 30/2020
  • 073 - ERTE ETOP > FM CADENA VALOR DA 1º 3.d) RDL 30/2020

 

Declaraciones Responsables para Nuevos ERTEs:

  • 074 - ERTE Impedimento actividad Art.2 RDL 2/2021- ERTES por Impedimento iniciados a partir del 1 de febrero de 2021
  • 075 - ERTE Limitaciones a la actividad. Art.2 RDL 2/2021- ERTES por Limitaciones iniciados a partir del 1 de febrero de 2021
  • 076 - ERTE ETOP > FM CNAE DA 1º apartado 2.b) RDL 2/2021
  • 077 - ERTE ETOP > FM CADENA VALOR DA 1º 2.d) RDL 2/2021

declaraciones_responsablesx

Al preparar los movimientos de afiliación a nivel de trabajador desde las incidencias 14 – Inicio Expediente Regulación y 15 – Fin Expediente Regulación, la aplicación de forma automática tomará el valor de inactividad que corresponda según el tipo de ERTE informado en el centro de trabajo y la situación del ERTE del trabajador. No obstante, al preparar el movimiento de afiliación podrás seleccionar el valor de inactividad que necesites.

183644 - alert attention caution error   Importante:

Si ya habías calculado las nóminas de febrero y, con la versión 5.28.04, has tenido que informar una nueva Declaración Responsable o incidencias de ERE que afectan al mes de febrero, para aplicar correctamente el cálculo de las exoneraciones, es necesario que recalcules, con la nueva versión 5.28.04, las nóminas del mes de febrero de los trabajadores afectados.

 

1.5.- ERTEs exonerados. Posibles situaciones a partir de 1 de febrero de 2021

En el siguiente artículo te mostramos ejemplos prácticos de cómo informar los nuevos ERTES exonerados, así como los que pueden seguir aplicándose de febrero a mayo de 2021:

183683 - friends group outline people   ERTEs exonerados. Posibles situaciones a partir de 1 de febrero de 2021

 

2.- Prórroga indefinida de la bonificación del sector de Hostelería y Turismo

Referencia Legal

Con efectos desde el 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como los de comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculados a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año y que inicien y/o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores. 


¿Cómo afecta a la aplicación?

Se prorroga, de manera indefinida, la bonificación para trabajadores fijos discontinuos del sector de Hostelería y Turismo, desde 1 de enero de 2021.

En base a ello, la aplicación calculará la bonificación “R2 – Bonificación trabajadores fijos discontinuos sector turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería” a partir de 1 de enero de 2021, para los meses de febrero, marzo y noviembre.

183656 - bulb idea light outline powerRecuerda: en la versión 5.28.03 de a3ASESOR|nom ya se adaptó la prórroga de la bonificación para trabajadores fijos discontinuos del sector de Hostelería y Turismo, desde el mes de febrero al mes de noviembre de 2021 (según lo establecido en el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre de 2020)

 

Para ayudarte a localizar los trabajadores afectados por este cambio legal, se ha incorporado en la aplicación un buscador:
183759 - glass in magnifying outline z  Buscador a3BOELaboral para localizar a los trabajadores fijos discontinuos del sector de Hostelería y Turismo

En el Buscador A3BOELaboral de la aplicación tienes disponible el buscador “RDLey 11/2020, de P.G.E. de 2021”, que te permitirá localizar a los trabajadores fijos discontinuos que pertenecen a un centro de trabajo con sector industrial “Turismo, Comercio y Hostelería”. 

Una vez localizados, deberás realizar la acción de afiliación “AB – Anotación bonificación F.D. Turismo/ Comercio/ Hostelería”, que se generará automáticamente con el valor 420 en el campo “Situación Adicional de Afiliación”.

buscador_a3boelaboral

3.- Adaptación del nuevo modelo de Certificado de Empresa del SEPE en papel

Referencia Legal

  • Web del SEPE (www.sepe.es), con fecha 2 de diciembre de 2020.

Se ha adaptado en la aplicación el nuevo Certificado de Empresa del SEPE en papel, según lo publicado en la página web del SEPE.

 

4.- Nuevo modelo de contrato: Contrato de los Pescadores en papel

Referencia Legal

  • Web del SEPE (www.sepe.es), con fecha 18 de septiembre de 2020.

Se ha adaptado en la aplicación el nuevo modelo de contrato: Contrato de Trabajo de los Pescadores en papel, según lo publicado en la página web del SEPE.

contrato_pescadores

 

Mejoras

1.- Mediana de Retribuciones en el listado de Comparación Salarial por Sexos

Se ha incorporado en el listado de Comparación Salarial por Sexos una nueva pestaña, llamada: “Mediana Retribuciones”, que aportará más información en la comparación de las retribuciones percibidas entre hombres y mujeres, desglosando por categoría o puesto de trabajo (acceso: “Gestión/ Comparación Salarial por Sexos”).

mediana_retribuciones

 

183739 - bright brightness high outlin Para consultar el Historial de Novedades y Cambios Legales de anteriores versiones de a3ASESOR|nom, >> pulsa aquí

 

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