Versión 5.27.19 de a3ASESOR | nom: Cambios Legales

Aplica a: a3ASESOR | nom

 

A continuación, se relacionan los Cambios Legales incorporados en la nueva versión 5.27.19 de a3ASESOR | nom:

 
Cambios Legales

 

 

Cambios Legales

1.- Boletín noticias red 07/2020

1.1.- Adaptación de la lectura de respuestas de SILTRA de CCC con moratorias

Referencia Legal

El Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, establece moratorias de hasta seis meses en el pago de las aportaciones empresariales a la cotización a la Seguridad Social.

 

¿Cómo afecta en la aplicación?

Se ha adaptado en la aplicación la lectura de las respuestas de Sistema Red de aquellos CCC que se aplican la moratoria.

En este caso, SILTRA envía 3 ficheros DCL:

  • Un Documento de cálculo de la liquidación con las cuotas totales
  • otro con las cuotas no demoradas
  • y otro con las cuotas afectadas por la moratoria


Y, al confirmar la liquidación, envía 1 fichero RLC.

Para identificar este tipo de empresas, en la ventana de lectura de respuestas, se ha incorporado una nueva columna denominada “Tipo” en la que se indicarán las liquidaciones con moratoria con una “M”.

En esta columna también se identificarán los ficheros con exoneración con el valor “E”.

lectura respuesta DCL


Además, al acceder al detalle de la liquidación con moratoria, podrás ver el importe a pagar y el que queda pendiente. Para ello, se han incorporado dos nuevos botones: “No diferida” y “Diferida”, que mostrarán las cuotas calculadas en cada caso.

botones no diferida


Al pulsar, por ejemplo “No diferida”, se mostrará el siguiente documento de cálculo de liquidación:

 no diferida


1.2.- Nueva partición de tramos durante la situación de IT

Referencia Legal

Según establece el Boletín de Noticias RED 07/2020 a partir del próximo mes de junio (con independencia del período de liquidación al que haga referencia la liquidación) se van a modificar las reglas de partición de tramos aplicables a los períodos en situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, dividiéndose el tramo actual con TPC 21 en dos tramos, uno al que resulta de aplicación el 60% de la Base Reguladora y otro con la aplicación del 75%.

De esta forma, un trabajador que inicia una situación de IT de pago delegado tendrá los siguientes tramos:

  • 1-15: PEC 29. IT 15 primeros días. Sin compensación de cuotas.
  • 16-20: PEC 21 Porcentaje 60%
  • 21-31: PEC 21 Porcentaje 75%

 

¿Cómo afecta en la aplicación?

Se adapta la estructura del fichero de bases de pagas mensuales para que, en los envíos realizados a partir del próximo 1 de junio (seguros sociales de mayo), en las nóminas con IT que lleguen al tramo del 16 al 20, se aplique la nueva partición.

importante A tener en cuenta…
Si tienes trabajadores afectados por este cambio legal a los que ya les has calculado la nómina (es decir, con una IT que comprenda el tramo del 16 al 20), para que el fichero de bases se genere con la nueva partición de tramos, debes actualizar tu aplicación y volver a calcular la paga.


De esta forma, en el fichero de bases se desglosarán los tres tramos: del 1-15, del 16-20 y del 21 al 31.

 

particion tramos


2.- Bonificaciones del Régimen Agrario por transformación de contratos temporales a indefinidos

Referencia Legal

El artículo 4 del R. D. 05/2020, de 25 de febrero, establece que las empresas que ocupen a trabajadores del Régimen Agrario que transformen su contrato de temporal a indefinido o a fijo discontinuo, antes del 1 de enero de 2021, tendrán derecho a las siguientes bonificaciones en la cuota empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social, durante los dos años siguientes a la transformación del contrato:

  • RK: Transformación a indefinidos Agrarios Grupo 1 - Hombres RD 5/2020
  • RL: Transformación a indefinidos Agrarios Grupo 1 - Mujeres RD 5/2020
  • RM: Transformación a indefinidos Agrarios Grupo 2-11 - Hombres RD 5/2020
  • RN: Transformación a indefinidos Agrarios Grupo 2-11 - Mujeres RD 5/2020

 

Las condiciones que deben cumplirse para aplicar esta bonificación son las siguientes:

  • La transformación del contrato debe realizarse antes del 1 de enero de 2021 y debe informarse alguno de los siguientes códigos de contrato: 109, 209 o 309.
  • Tener informado una condición de Desempleado “V – Transformación contrato eventual S.E. Agrario en indefinido. RDL 08/2019”.
  • En función del grupo de cotización y de si el trabajador es hombre o mujer, la cuantía de la bonificación varía:

 

tabla bonificacion

 

3.- Actualización de los Certificados de nacimiento y cuidado del menor en papel

Referencia Legal

Se han actualizado los modelos del Certificado de nacimiento y cuidado del menor en papel según el documento publicado en la página Web de la Seguridad Social (www.seg-sociales), para adaptarlo a los cambios publicados. 

 

4.- Actualización de los Textos de Contratos y Contrat@

Se han actualizado los textos de contratos, según los modelos publicados en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.sepe.es).

Asimismo, también se adaptan las tablas y esquemas de Contrat@ para el envío telemático de contratos.

 

 

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