Versión 5.27.08 de a3ASESOR | nom: Cambios Legales

Aplica a: a3ASESOR | nom

 

A continuación se relacionan los cambios legales incorporados en la  nueva versión 5.27.08 de a3ASESOR|nom:

 

Cambios Legales

1.- Nuevo cálculo de IT en trabajadores que pasan de Tiempo completo a tiempo parcial o viceversa
2.- Certificado de Paternidad: Posibilidad de no informar la fecha de la quinta semana
3.- Colaboración voluntaria de empresas: cese de los coeficientes reductores
4.- Nuevas acciones de afiliación para la modificación y eliminación de convenios colectivos
5.- Incorporación de la situación adicional 15 en las acciones de afiliación ASA, MSA y ESA
6.- Actualización de los certificados en papel de Jubilación parcial y Certificado de empresa
7.- Actualización de los textos de contratos

 

 

1.- Nuevo cálculo de IT en trabajadores que pasan de Tiempo completo a tiempo parcial o viceversa

Se adapta el cálculo de la base reguladora de IT en el caso de trabajadores que pasan de tiempo completo a tiempo parcial o viceversa, teniendo en cuenta la doctrina derivada de sentencias publicadas en años anteriores, que establecen que:

“No procede computar para obtener la base reguladora de la prestación de IT de un trabajador a tiempo completo, la de cotización correspondiente a tiempo parcial, ni a la inversa”.

De esta forma, a partir de ahora,  para el cálculo de la base reguladora en estos supuestos solo se tendrá en cuenta los datos del periodo en los que las condiciones del contrato hayan sido las mismas.

Es decir, para un tiempo parcial no se tendrán en cuenta periodos a tiempo completo, ni para un tiempo completo se tendrán en cuenta periodos de un tiempo parcial:

  • Trabajador a tiempo parcial -> para el cálculo de la BR se tendrán en cuenta, únicamente, los periodos (bases y días naturales) que, en los 3 meses anteriores a la IT, ha estado a tiempo parcial.
  • Trabajador a tiempo completo -> para el cálculo de la BR se tendrá en cuenta, únicamente, el periodo a tiempo completo del mes inmediatamente anterior a la IT.   

 

Veamos varios ejemplos

-> Cálculo de BR en trabajadores que cambian de tiempo completo a tiempo parcial

  • Trabajador mensual a tiempo completo.
  • El 15 de febrero cambia a tiempo parcial al 50%.
  • IT el 15 de marzo.

En el mes de febrero el trabajador tiene 2 nóminas.
Una correspondiente al tiempo completo con los siguientes datos: 14 días y base de 819,39 euros.

hs tc

Otra correspondiente al tiempo parcial con los siguientes datos: 16 días de cobro (14 días naturales porque es febrero) y base de 468,28 euros.

hs tp


Para el cálculo de la BR de IT se tendrán en cuenta, únicamente, los días naturales y base correspondientes al periodo a tiempo parcial (existentes en los 3 meses anteiores a la IT).

En nuestro ejemplo, solo vamos a tener en cuenta los datos de la segunda nómina de febrero (que es el periodo que el trabajador está a tiempo parcial). Es decir, los 14 días naturales y la base de 468,28 euros.

  • BR IT = 468,22 / 14 días naturales = 33,44 euros

br IT parcial

A tener en cuenta…
Los trabajadores que pasen de tiempo completo a guarda legal y tengan informada una IT, también estarán afectados por este cambio legal.

 

-> Cálculo de BR en trabajadores que cambian de tiempo parcial a tiempo completo

  • Trabajador a tiempo parcial al 50%.
  • El 15 de febrero cambia a tiempo completo.
  • IT el 15 de marzo.

En el mes de febrero el trabajador tiene 2 nóminas.

Nómina del 1 al 14 de febrero
(tiempo parcial)
Nómina del 15 al 28 de febrero
(tiempo completo)

14 días cotizados
Base de cotización: 409,7 euros

16 días cotizados
Base de cotización: 936,45 euros


Para el cálculo de la BR de IT se tendrán en cuenta, únicamente, los días y base correspondientes al periodo a tiempo completo del mes anterior a la IT.

En nuestro ejemplo, solo vamos a tener en cuenta los datos de la segunda nómina de febrero (que es el periodo que el trabajador está a tiempo completo). Es decir, los 16 días cotizados y la base de 936,45 euros.

  • BR IT = 936,45 / 16 días cotizados = 58,53 euros

 

2.- Certificado de Paternidad: Posibilidad de no informar la fecha de la quinta semana

Se actualiza la aplicación para que, a partir de ahora, al informar los datos del certificado de paternidad, la “Fecha Inicio 5ª semana” y “Fecha Fin 5º semana” no sean campos obligatorios.

Por lo tanto, en los casos en los que se desconozcan estos datos, podrá dejarse en blanco.

paternidad

 

A tener en cuenta...
Al informar la incidencia de paternidad o paternidad parcial y pulsar el botón de "Certificado", podrá generarse el certificado telemático o en papel siguiendo la operativa habitual.

Sin embargo, si una vez grabada la incidencia se accede de nuevo y se intenta generar el certificado, se mostrará el siguiente mensaje, indicando que para obtenerlo debe accederse al punto "Inem y Mutuas/ Certificados INSS".

aviso certificado

 

3.- Colaboración voluntaria de empresas: cese de los coeficientes reductores

Referencia Legal

Según establece el Boletín de Noticias RED 01/2019 y 02/2019, los coeficientes reductores respecto de los procesos de incapacidad temporal derivados de enfermedad común y accidente no laboral, dejarán de aplicarse a fecha 31 de marzo de 2019.

 

¿Cómo afecta a la aplicación?

Muy importante
El indicador de centro “Empresas Colaboradoras – Exclusivamente en IT”, no debe eliminarse. Debe mantenerse informado.

 

Se distinguen 2 supuestos, en función de la fecha de inicio de IT.

-. Nuevas IT’s informadas a partir del 1 de abril

Se adapta la aplicación para que, en empresas que en el centro tengan seleccionada la opción “Empresas Colaboradoras – Exclusivamente en IT”, las nuevas IT’s informadas a partir del 01 de abril de 2019, tengan el mismo tratamiento (en relación al cálculo de la prestación) que el sistema general.
Es decir, a partir del 1 de abril, no se aplicarán los coeficientes reductores y estas empresas se deducirán las prestaciones de I.T. en los Seguros Sociales.

emp colaboradora

La adaptación de este cambio legal puede comprobarse muy fácilmente en el listado de imputación de costes, en el que el campo “COSTE COLAB. VOLUNTARIA” se mostrará a ceros.

list imp costes


-. IT’s informadas antes del 31 de marzo pero que se prolongan

No obstante, en IT’s informadas antes del 31 de marzo de 2019 que se prolonguen, el tratamiento de la IT hasta que finalice seguirá siendo igual que hasta ahora. Es decir, en los Seguros Sociales no se podrán deducir la prestación de IT.

Para ello, es muy importante que el indicador de centro “Empresas Colaboradoras – Exclusivamente en IT”, no se elimine.

 

Por ejemplo, en una IT informada con fecha 15 de marzo que prolonga sus efectos durante el mes siguiente, en los Seguros Sociales de abril no se aplicarán los coeficientes reductores.
No obstante, en la hoja de salario sí que se mostrará la prestación de IT aunque ésta no se deducirá de los seguros sociales.

enfermedad

prestacion siltra

 

4.- Nuevas acciones de afiliación para la modificación y eliminación de convenios colectivos

Referencia Legal

Según establece el Boletín de Noticias RED 01/2016, se actualiza la funcionalidad de anotación de convenios colectivos a través de las acciones ACT, MCT y ECT.

 

¿Cómo afecta a la aplicación?

En versiones anteriores se incorporó la acción de afiliación AC y, a partir de esta versión, estarán también disponibles las siguientes acciones de afiliación:

  • ML – Modificación de convenio colectivo.
  • EL – Eliminación de convenio colectivo.
     

ML EL

La acción ML permite hacer una modificación sobre el convenio que el trabajador ya tiene comunicado a la Seguridad Social, informando para ello las fechas que correspondan.

En el campo “Código Convenio”, por defecto, se mostrará el convenio informado en el centro. No obstante, es posible seleccionar el convenio que proceda pulsando sobre la flecha.

cambio convenio

La acción EL permite hacer una eliminación del convenio que tiene el trabajador, indicando el periodo de aplicación.

 EL

 

5.- Incorporación de la situación adicional 15 en las acciones de afiliación ASA, MSA y ESA

Referencia Legal

Según establece el Boletín de Noticias RED 06/2018, durante las vacaciones devengadas y no disfrutadas antes de la finalización de la relación laboral, que han sido retribuidas y cotizadas a lo largo de la vigencia del contrato de trabajo, procederá mantener al trabajador en situación asimilada a la de alta.

Para ello, se ha creado la situación adicional 15 que se deberá consignar las acciones de afiliación ASA, MSA y ESA.

¿Cómo afecta a la aplicación?

Se adapta la estructura de las acciones de afiliación: AS – Anotación periodos situac adicionales de Afiliación (Vacac.), MS – Modificación periodos situa adicionales Afiliación (Vacac.), y ES – Eliminación periodos situac adicionales Afiliación (Vacac.),  añadiendo el valor 015.

De esta forma, a partir de ahora, al preparar alguna de estas acciones se mostrará el indicador “Vacaciones retribuidas y cotizadas”.

vacaciones

 

6.- Actualización de los certificados en papel de Jubilación parcial y Certificado de empresa

Según Alerta Laboral, se ha actualizado en la aplicación el Certificado de Empresa en papel de Jubilación Parcial.

Asimismo, también se ha actualizado el Certificado de Empresa según el modelo publicado en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.sepe.es).

7.- Actualización de los textos de contratos

Se han actualizado los textos de contratos, según los modelos publicados en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.sepe.es).

 

 

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