Versión 5.22.3 de a3ASESOR|nom: Cambios Legales

a3ASESOR | nom

 

A continuación, se relacionan los Cambios Legales incorporados en la versión 5.22.3 de a3nom:

 

1.- R.D.-Ley 4/2013 y Boletín de Noticias RED 2013/02

1.1.- Actualización de Textos de Contratos, según el R.D.-Ley 4/2013

A raíz de lo publicado en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estimulo del crecimiento y de la creación de empleo, se han actualizado los textos de contrato según los modelos publicados en la Web del Servicio de Empleo Público Estatal (www.sepe.es).

Los nuevos textos de contrato son los siguientes:

  • Contrato de trabajo indefinido de un joven por microempresas y empresarios autónomos (PE/232). Texto de contrato en a3nom 537.
  • Contrato de trabajo indefinido de nuevo proyecto de emprendimiento joven (PE/237). Texto de contrato en a3nom 538.
  • Contrato de trabajo a tiempo parcial con vinculación formativa (PE/238). Texto de contrato en a3nom 539.
  • Contrato de trabajo indefinido para socios/as trabajadores/as o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales con desempleados/as menores de 30 años (PE/239). Texto de contrato en a3nom 540.

Y se han modificado los siguientes contratos de trabajo:

  • Contrato de trabajo en prácticas (PE-176). Texto de contrato en a3nom 510
  • Contrato de trabajo de duración determinada (PE-177). Texto de contrato en a3nom 511
  • Comunicación de conversión de contrato temporal en contrato indefinido (PE-183). Texto de contrato en a3nom 507
  • Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje (PE-226). Texto de contrato en a3nom 509
  • Anexo I. Acuerdo para la actividad formativa en contrato para la formación y el aprendizaje (PE-229). Documento en a3nom 520

 

1.2.- Adaptación Boletín de Noticias RED 2013/02

A continuación, le relacionamos los cambios legales adaptados en la aplicación a3nom a raíz de la publicación del Boletín de Noticias RED 2013/02.

 

Artículo

Claves de modalidad de Contrato de Trabajo

Valores Afiliación

Bonificación/ Reducción

 




Artículo 9.
Incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.

 

 




200, 300, 501 ó 502

 

(texto asociado 539)


-Desempleado:

  • 2 - Desempleado inscrito en Oficina de Empleo (más 12 meses).
  • H - Desempleado sin experiencia laboral o inferior a 3 meses. (Nuevo)
  • I - Desempleado procedente de otro sector de actividad. (Nuevo)

 

QA - Reducción contratación tiempo parcial con vinculación formativa con plantilla inferior a 250 trabajadores (Art.9 R.D.L.4/2013) - 100% sobre Contingencias Comunes durante 2 años.

QB - Reducción contratación tiempo parcial con vinculación formativa con plantilla igual o superior 250 trabajadores (Art.9 R.D.L.4/2013) - 75% sobre Contingencias Comunes durante 2 años.

 

 

Artículo 10. Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos.

 


100 ó 200

 

(texto asociado 537)



- 1- Desempleado Inscrito en Oficina de Empleo.

 

- Número Trabajadores Empresa: "Menos de 9 trabajadores".

 



QC - Reducción contratación indefinida joven microempresas y autónomos (Art.10 R.D.L.4/2013) - 100% sobre Contingencias Comunes durante el primer año.

 

 


Artículo 11.
Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.

 



100 ó 200

 

(texto asociado 538)

 



- 1 - Desempleado Inscrito en Oficina de Empleo.

 

- Primer Trabajador Autónomo.

 



QD - Reducción contratación nuevos proyectos emprendimiento joven (Art.11 R.D.L.4/2013) - 100% sobre Contingencias Comunes + ACC+DES+FOG+FP durante 12 meses.

 










Artículo 12.
Primer empleo joven.

 


Contratos Temporales

 

402 ó 502

 

(texto asociado 511)

 

 

- Se crea un nuevo valor de afiliación:

  • J - Desempleado sin experiencia laboral o inferior 3 meses. Empleo Joven.

 



Sin bonificación




Transformaciones de contratos temporales en indefinidos

 

109, 209 ó 309

 

(texto asociado 507)




Sin valor afiliación

 

QE - Bonificación Hombre Transformaciones de contratos en indefinidos primer empleo joven (Art.11 R.D.L.4/2013) - 500 euros anuales (41,67 mensuales) durante 3 años.

Colectivo de peculiaridad de cotización -> 1815 - Conversión Indefinidos. Empleo Joven. Hombre


QF - Bonificación Mujer Transformaciones de contratos en indefinidos primer empleo joven (Art.11 R.D.L.4/2013) - 700 euros anuales (58,33 mensuales) durante 3 años.

Colectivo de peculiaridad de cotización -> 1816 - Conversión Indefinidos. Empleo Joven. Mujer

 








Artículo 13.
Incentivos a los contratos en prácticas para el primer empleo.

 







420 ó 520

 






Sin valor afiliación

 

 

 

 

 

 

QG - Reducción contratos en prácticas primer empleo. (Art.13 R.D.L.4/2013) - 50% sobre Contingencias Comunes durante toda la vigencia del contrato.

Si el trabajador estuviese realizando dichas prácticas no laborales en el momento de la concertación del contrato de trabajo en prácticas, la reducción de cuotas será del 75 por ciento.


QH - Reducción contratos en prácticas no laborables para primer empleo. (Art.13 R.D.L.4/2013) - 75% sobre Contingencias Comunes durante toda la vigencia del contrato.

(En el Centro de Trabajo tendrá que estar activado el indicador "Programas de Formación/ Prácticas no Laborales")

 
















Artículo 14.
Incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de la economía social.

 

 



Cooperativas o Sociedades Laborales

 

150, 250 ó 350

 

 

 

 

 



- 1-Desempleado Inscrito en Oficina de Empleo.

 

Y además, una de las siguientes opciones, según corresponda:

-Relación Laboral de Carácter Especial: "9924 - Socios Sociedad Laboral".

- En el Centro de Trabajo tener marcado el indicador de Cooperativas.

 



QI - Bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social durante tres años, cuya cuantía será de 66,67 euros/mes (800 euros/año), aplicable a las cooperativas o sociedades laborales que incorporen trabajadores desempleados menores de 30 años como socios trabajadores o de trabajo.

 

 

 

 



Empresas de Inserción con Contrato Indefinido

 

 

150, 250 ó 350

 

 





Exclusión Social/violenc. dom.

 

 

 

QK - Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social aplicables a las empresas de inserción en los supuestos de contratos de trabajo suscritos con personas menores de 30 años en situación de exclusión social de 137,50 euros/mes (1.650 euros/año) durante tres años, en caso de contratación indefinida.

 


Empresas de Inserción con Contrato Temporal

 

450, 452, 550 ó 552

 

 

 

 


Exclusión Social/violenc. dom.

 

 

 

 


QJ - Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social aplicables a las empresas de inserción en los supuestos de contratos de trabajo suscritos con personas menores de 30 años en situación de exclusión social de 137,50 euros/mes (1.650 euros/año) durante toda la vigencia del contrato.

 



2.- Conversión de la Tabla de Administraciones de Hacienda

Referencia Legal
Resolución de 15 de febrero de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se adoptan medidas sobre estructura organizativa y se modifica la Resolución de 21 de septiembre de 2004, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

En base a esta resolución, se suprimen doce Delegaciones de la Agencia Tributaria en provincias dónde ya existen Delegaciones Especiales.

Se crean Administraciones de la Agencia Tributaria para Delegaciones de Aragón, Galicia, Madrid y Valencia.

Y con la finalidad de optimizar los recursos ya existentes, se reordenan Administraciones situadas en un mismo término municipal:

  • Las Administraciones de Sants-Les Corts y de Sant Andreu, de Barcelona, se integran, respectivamente, en las Administraciones de Colón y Vía Augusta, y las Administraciones de Horta y Poble Nou.
  • La Administración de Córdoba-Este se integra en la Delegación de Córdoba.
  • Las Administraciones de Hortaleza-Barajas y Fuencarral se fusionan en la nueva Administración de Fermín Caballero, de Madrid.
  • Las Administraciones de Valencia-Grao y Valencia-Norte se integran en la nueva Administración de Blasco Ibáñez, de Valencia.
  • La Administración de Macarena, de Sevilla, se integra en la Delegación de Sevilla, integrada, a su vez, en la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla.
  • La Administración de Delicias de Zaragoza, pasa a denominarse Administración de Albareda, integrada en la Delegación de Zaragoza.


¿Cómo afecta a la aplicación?

Con la versión 5.22.3 incorporamos la nueva tabla de Administraciones de Hacienda. Asimismo, al entrar en la aplicación, una vez instalada esta versión, se realizará una conversión automática de los códigos de Delegaciones de Hacienda para adaptar aquéllos que han sido reordenados.

 



3.- Actualización Contrat@

Referencia Legal

Según las instrucciones publicadas en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.sepe.es), se actualizan las tablas y esquemas de Contrat@ para el envío telemático de contratos.

 

A tener en cuenta…
Estamos a la espera de la publicación de instrucciones por parte de SEPE para poder aplicar las modificaciones en Contrat@ correspondientes al Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero.

 



4.- Actualización Certificado Empresa por Maternidad, Paternidad y Jubilación ordinaria o parcial

Referencia Legal

Se han adaptado en la aplicación las modificaciones realizadas en el Certificado de Empresapara las situaciones de Maternidad y Paternidad y el Certificado de Empresa de Jubilación y Jubilación parcial, según los modelos publicados en la página Web de la Seguridad Social (www.seg-social.es).

 



5.- Orden ESS/484/2013: Buscador A3BOELaboral para la obligatoriedad de incorporarse al Sistema RED

Referencia Legal

Según la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social, se establece la obligatoriedad de incorporarse al Sistema RED para todas las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, encuadrados en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, con independencia del número de trabajadores que mantengan en alta, a excepción de:

  • Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos sin trabajadores por cuenta ajena a su cargo.
  • Profesionales taurinos.
  • Representantes de comercio.
  • Trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y de la Industria Resinera.
  • Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

 

¿Cómo afecta en la aplicación?

Se ha incorporado en la aplicación un Buscador A3BOE Laboral que le ayudará a identificar aquellos trabajadores que pudiesen estar afectados por la Orden ESS/484/2013y, de este modo, poder localizar aquellas empresas que no tengan como Tipo de Pago Seguridad Social: "Sistema Red" y que no pertenecen al régimen de Representantes de Comercio ni Régimen de Empleados del Hogar.

Para ello, tras actualizar su aplicación, diríjase al punto "Utilidades/ Buscador A3BOELaboral", sitúese sobre el punto del apartado "Orden ESS/484/2013" y pulse el botón "Afectados".

 

6.- Eliminación del aviso automático "Inicio Bonificación 60 Años"

Referencia Legal

Se han adaptado los avisos de control de la aplicación eliminando el aviso automático "Inicio Bonificación 60 Años" ya que, según lo establecido en el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, esta bonificación ya no está vigente.

 

 

7.- Adaptación del nuevo Modelo G1.

Se ha incorporado en la aplicación el nuevo Modelo G1 de Aportación a Planes de Pensiones, según la información publicada en la página Web de Geroa (http://www.geroa.es)

 

 

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