Versión 5.21.1 de a3ASESOR|nom: Mejoras

a3ASESOR | nom


A continuación, se relacionan las Novedades y Mejoras incorporadas con la versión 5.21.1 de a3ASESOR|nom:

1. - Adaptación de Bonificaciones: 2a reincorporación tras maternidad, reincorporación con maternidad a tiempo parcial y Bonificación Mayores 59 anos (Sector textil)

Se han adaptado en la aplicación las siguientes bonificaciones/reducciones: 

1.1.- Bonificación en caso de 2a reincorporación tras la maternidad

1.2.- Bonificación por reincorporación en periodos de maternidad parcial 

1.3.- Compatibilidad: Bonificación Mayores de 55 años (Sector Textil) y Reducción Mayores de 59

1.4.- Mejoras en la pantalla de "Contratos" de la ficha del trabajador

 

 

1.1- Bonificación en caso de 2a reincorporación tras la maternidad

Según consulta realizada a la TGSS y según los IDC (Informes de Datos de Cotización) recibidos, si una trabajadora ya se está aplicando una primera bonificación por reincorporación tras la maternidad y, durante los 4 años de bonificación, vuelve a reincorporarse de un nuevo descanso por maternidad, se podrán aplicar las dos bonificaciones a la vez para aquellos períodos que se solapen.

 

¿Cómo afecta en la aplicación?

A partir de ahora, si la trabajadora ya se está aplicando una bonificación por reincorporación tras la maternidad, y le finalizamos con la incidencia 7 (Fin I.T.) una 2a maternidad, en su ficha tendremos dos bonificaciones. La que se estaba aplicando se mantiene tal cual estaba informada, y la 2a bonificación se aplicará a partir del día de la reincorporación por un periodo de 4 anos, aunque existan periodos en que ambas se solapen.

Por ejemplo; una trabajadora que se reincorpora de una primera maternidad el 01/04/2010, la bonificación empieza a aplicarse a partir de esta fecha.

Posteriormente inicia otra maternidad, reincorporándose de esta 2a maternidad el 02/10/2011.

Desde esta fecha hasta el 31/03/2014 se solaparán las dos bonificaciones, pudiéndose aplicar a la vez.

 

Hasta ahora, cuando una trabajadora se reincorporaba tras una segunda maternidad, la aplicación ampliaba la fecha de fin bonificación desde la fecha de esta 2a reincorporación, es decir, sumaba 4 años más. 

Importante: si usted tiene trabajadoras afectadas por una 2a bonificación por reincorporación, y quiere que la aplicación informe las dos bonificaciones, siga los siguientes pasos:

  • Busque la incidencia correspondiente al Fin de la I.T. de la 2a maternidad, y pulse el icono de modificación .
  • Se activará la incidencia, después debe darle al botón .

§La aplicación le volverá a mostrar el mensaje:

 

Pulse y le aparecerá el siguiente mensaje indicándole que se ha informado la bonificación en la ficha.

 

 
De esta manera se creará una 2a bonificación por reincorporación actualizándose las fechas de Inicio y Fin Vigencia.

 

 

1.2.- Bonificación por reincorporación en periodos de maternidad parcial 

Según consulta realizada a la TGSS y según los IDC (Informes de Datos de Cotización) recibidos, cuando una trabajadora se reincorpora tras la maternidad se puede aplicar la bonificación de 100€ mensuales por reincorporación aunque ésta se reincorpore con maternidad parcial. 

¿Cómo afecta en la aplicación?

A partir de ahora, si una trabajadora tiene una bonificación por reincorporación y está en situación de maternidad parcial, la aplicación calculará automáticamente la bonificación de 100€ sin prorratear por los días trabajados. Únicamente se prorrateará en función de la jornada trabajada en los casos de contratos de trabajo a tiempo parcial.

 

1.3.- Compatibilidad: Bonificación Mayores de 55 años sector textil y Reducción Mayores de 59

Según la Orden TIN/429/2009, de 24 de febrero, sobre el Plan de apoyo al sector textil y de la confección en el artículo 3:

"Las empresas del sector textil y de la confección que mantengan en sus plantillas a trabajadores que tengan cumplidos 55 años o los cumplan durante el ano 2009 y sean menores de 60 años, con una antigüedad en la empresa o en el grupo de empresas de al menos 5 años y con los que tengan suscritos contratos de trabajo de carácter indefinido, tendrán derecho a la bonificación del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal derivada de las mismas, respecto a los trabajadores en edades entre 55 y 59 años, y del 10% respecto a los trabajadores de 59 años".

 

¿Cómo afecta en la aplicación?

Al tener trabajadores por los que se está aplicando la bonificación del 50% de mayores de 55 años del Sector Textil y de la Confección, cuando cumplan la edad de 59 años la aplicación calculará tanto la bonificación como la reducción, tal y como establece el artículo anterior.

Es decir:

  • Un 40% de reducción correspondiente a los 59 años.
  • Y un 10% de bonificación correspondiente a los 55 años.


Además
, con motivo de estos cambios legales, se ha mejorado el mantenimiento de bonificaciones en la ficha del trabajador.

 

 

1.4.- Mejoras en la pantalla de "Contratos" de la ficha del trabajador

Se han realizado mejoras en el mantenimiento de bonificaciones de la ficha del trabajador ofreciéndole un mayor detalle de las bonificaciones/reducciones que se está aplicando actualmente, así como las bonificaciones aplicadas que ya no están vigentes.

 

üPuede ver las bonificaciones automáticas que se están aplicando actualmente y las que comenzarán a aplicarse a partir del mes siguiente. También puede ver todas las bonificaciones/ reducciones que ha tenido el trabajador, aunque ya no estén vigentes, desmarcando el indicador

Recuerde que dispone del indicador "Aplicar" que le permite deshabilitar las bonificaciones automáticas que le propone la aplicación, si no desea aplicarlas.

Además, podrá modificar cualquier dato de las bonificaciones/reducciones del trabajador haciendo doble clic sobre la bonificación/reducción correspondiente.

 

 

2.- Posibilidad de modificar las nóminas durante cálculo

Con el fin de conseguir una interactividad entre el usuario y el cálculo de las nóminas, se ha realizado la siguiente mejora, que pretende unificar3 procesos en 1: 

1) La entrada de incidencias de cualquier tipo.
2) La comprobación al instante de los resultados mientras introduce las modificaciones.
3) El cálculo de las nóminas. 

Todo ello le proporcionará una visión global de los datos, un mayor control de la información y una mejor revisión de los cálculos.


¿Cómo funciona esta mejora?

Desde el punto "Cálculo/ Nóminas" informe "Mensual" como tipo de paga y active el nuevo indicador "Revisar nóminas después del cálculo". Pulse "Calcular". 

 

 

Una vez calculada la paga, la aplicación le mostrará, de manera automática, las hojas de salario por pantalla y le aparecerá el botón .

 

Pulse el botón y accederá al punto "Mantenimiento de Incidencias", desde donde podrá ver la nómina calculada y realizar las modificaciones que considere necesarias, comprobando al momento el impacto de esas modificaciones, todo ello sin salir de esta ventana.

 

El icono estará activo si la nómina tiene alguna incidencia introducida en ese mes.

 

 

Nota: las modificaciones realizadas en este punto se guardarán en el histórico del trabajador.

No será necesario recalcular las nóminas, pudiendo acceder al listado de las mismas una vez finalice su revisión.

 

3.- Ampliación de conceptos para informar Pactos a Líquido y/o Bruto

Con el fin de ofrecerle una mayor flexibilidad al definir pactos salariales a líquido y/o a bruto, se ha incluido la posibilidad de definir como pactos salariales los conceptos que usted desee.

Hasta ahora, para informar a un trabajador un salario pactado a líquido y/o a bruto únicamente podía utilizar los conceptos salariales "33, 533 y 633- Complemento a Líquido" y "32, 532 y 632- Complemento a Bruto".

A partir de ahora, podrá decidir qué concepto tendrá la función de complementar a líquido y/o bruto pactado con el trabajador. Para ello, en los conceptos se ha incluido el nuevo indicador en los conceptos "Complemento a" con las opciones "Líquido" o "Bruto".

 

 

Para definir pactos a líquido y/o a bruto tiene 3 opciones:

  • Desde la Tabla de Conceptos Salariales (acceso "Tabla/ Conceptos/ Conceptos Salariales").
  • Desde la Ficha de Trabajador (acceso "Datos/ Trabajadores/ Mantenimiento Datos").
  • Desde el Convenio Colectivo (acceso "Datos/ Convenios/ Mantenimiento Datos").

Importante: debe recalcular las pagas las pagas de los trabajadores afectados para que la aplicación tenga en cuenta las modificaciones realizadas.

 

4.- Adaptación de la Remesa Bancaria a las normas 34-12 y 34-1

Se ha incorporado en la aplicación la posibilidad de generar la Remesa Bancaria según las normas:

  • Norma 34-12: que permite la emisión de transferencias dentro de la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA).
  • Norma 34-1 para la emisión de transferencias nacionales.


¿Cómo afecta a la aplicación?

Al acceder al programa, una vez instalada esta versión, la aplicación le realizará una conversión automática de las cuentas bancarias informadas en los centros de trabajo y trabajadores, al equivalente código IBAN (International Bank Account Number).

Este código está compuesto por la siguiente estructura:

  • Los dos primeros dígitos corresponden al código del país (‘ES’ para Espana).
  • Los dos siguientes, a los dígitos de control IBAN.
  • Y el resto de dígitos corresponden al Código Cuenta Cliente de cada país de la zona de pagos en euros.

Una vez realiza la conversión de cuentas bancarias, la información que se mostrará será la siguiente:

Centros de Trabajo:

 

 

Importante: las modificaciones realizadas para las remesas de nóminas no afectarán a los bancos que usted tenía informados para el pago de los modelos de I.R.P.F. y los S.S.

 

Trabajadores: 

Remesa Bancaria:

Según la norma informada en cada Centro de Trabajo, en el momento de realizar la remesa bancaria de las nóminas, automáticamente la aplicación generará los ficheros para el envío a la Entidad Bancaria siguiendo la estructura correspondiente a la norma seleccionada.

 


5.- Más opciones de generación del modelo 111 mensual

Se han ampliado las opciones de generación del modelo 111 mensual, adaptando las formas de presentación y pago existentes actualmente para el modelo trimestral.

A partir de esta versión, dispone de más opciones de presentación individual y, además, se ha incorporado la presentación por lotes.

 

 

 

6.- Mejoras en trabajadores a tiempo parcial

1) En acciones de Afiliación AD- Días trabajados trabajadores tiempo parcial, únicamente se crearán acciones para trabajadores con contrato a tiempo parcial. 

2) En el Certificado de Empresa sólo se mostrará la pantalla de "Distribución de las Jornadas de trabajo a tiempo parcial". 

3) Se ha adaptado el cálculo de horas complementarias para trabajadores a tiempo parcial a porcentaje.

 



7.- Control de los campos modificados en la ficha del trabajador

A partir de ahora, tiene la posibilidad de conocer qué modificaciones se han realizado en la ficha del trabajador, mostrándose de cada uno de los campos el "Valor antiguo" (antes de la modificación), el "Valor nuevo" (tras la modificación), así como qué usuario ha efectuado el cambio.

Para ello, al "Activar el reglamento de seguridad de la LOPD R.D. 994/1999 (acceso: "Utilidades/ Confidencialidad/ Funciones del Supervisor"),deberá seleccionar el nuevo indicador "Detallar modificaciones realizadas en la ficha del trabajador".

 

 

De esta forma, también se amplían las posibilidades del listado de datos de la LOPD donde se ha incorporado un nuevo indicador: "Incluir detalle de las modificaciones de ficha trabajador". Activado,permite realizar un listado con el detalle de los cambios producidos en la ficha del trabajador.

 

En el informe se mostrarán también las nuevas altas de trabajadores, además de las modificaciones realizadas en la ficha de éstos.

 

 

8.- Eliminación de incidencias de trabajadores seleccionando centros de trabajo

A partir de ahora, para la eliminación de incidencias desde el punto "Cálculo/ Gestión de incidencias/ Eliminación de incidencias", si se seleccionan centros de trabajo, la aplicación eliminará las incidencias entradas para esos centros de trabajo y también las introducidas para los trabajadores de los centros seleccionados.


Hasta ahora, únicamente se eliminaban las incidencias entradas a nivel de centro.

 

 

9.- Nuevo indicador "Eliminar Datos IRPF Profesionales" en eliminación de nóminas

Con la nueva versión 5.21 de a3ASESOR|nom se ha incorporado en el punto "Datos/ Histórico (Mensual, Extra…)/ Eliminación Nóminas" el nuevo indicador que le permitirá decidir si desea eliminar los datos de IRPF de trabajadores profesionales, al eliminar nóminas de forma masiva:

 


10.- Selección por trabajadores en el Listado de Imputación de
Costes

A partir de ahora usted podrá obtener el Listado de Imputación de Costes seleccionando por trabajador, además de las posibilidades existentes hasta ahora (a nivel de empresa y de centro de trabajo).

 

11.- Envío por e-mail de cartas (solo para a3ASESOR|nom PLUS)

Con la finalidad de poder enviar a la empresa cartas a través de e-mail, se ha incluido el botón en el punto de menú "Gestión/ Generador de informes/ Cartas".

 

 

12.- Prorrata Pagas Extras y Reducciones en la Ficha Histórico Anual

Se han incorporado en el Listado Ficha Histórico Anual los siguientes datos:

  • Prorrata Pagas Extras.
  • Reducciones, que aparecen sumadas a las Bonificaciones.

 

13.- Parámetros definidos por cada usuario al listar hoja de salario

A partir de esta versión, al listar una hoja de salario desde el punto "Listado Nóminas/ Hojas de Salario" se guardarán los parámetros informados tal y como los ha seleccionado cada usuario (tipo de paga, tipo de hoja de salario, etc.), con la finalidad de no tener que volver a indicar de nuevo los datos al salir y volver a entrar a este punto.

 

14.- Mejor rendimiento en las búsquedas con confidencialidad de empresas

Hemos mejorado el rendimiento de la aplicación cuando se trabaja con confidencialidad de empresas, con el fin de conseguir una mayor agilidad en los procesos de búsqueda.

Recuerde que, para trabajar con confidencialidad de empresas, debe marcar el indicador "Activar Confidencialidad de Empresas", en el punto "Utilidades/ Confidencialidad/ Funciones del Supervisor".

 

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