Versión 5.21.1 de a3ASESOR|nom: Cambios Legales

a3ASESOR | nom


A continuación, se relacionan los Cambios Legales incorporados en la versión 5.21.1 de a3ASESOR|nom:

 


1.- Nuevo contrato de Formación y Aprendizaje

Referencia Legal
Según Boletín Sistema Red 2011/10, de 21 de septiembre de 2011 (desarrolla el RDL 10/2011 de 26 de agosto, publicado el 30 de agosto), nace un nuevo contrato para el aprendizaje y la formación para altas realizadas a partir del 31 de agosto de 2011.

Este nuevo contrato se dirige a jóvenes mayores de 16 anos y menores de 25 y, hasta el 31 de diciembre de 2013, podrá celebrarse también con jóvenes mayores de 25 anos y menores de 30.

 

Principales características:

1.- Se crean dos nuevas Reducciones para las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a.Contratación de trabajadores desempleados mayores de 20 anos inscritos en la oficina de empleo con anterioridad al 16 de agosto de 2011.
b.
El nuevo contrato mantenga el nivel de empleo fijo.

 

Reducción

Plantilla Empresa

100% cuota empresarial y obrera

Plantillas < 250="">

75% cuota empresarial y 100% cuota obrera

Plantilla = ó > 250 trabajadores

 


2.- No se permite la deducción por formación teórica presencial o a distancia y sólo podrán realizarse horas extras por fuerza mayor.

3.- El nuevo contrato cotizará por todas las contingencias, incluido desempleo.


A tener en cuenta…
Las Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo que tengan proyectos presentados con anterioridad al 31 de agosto de 2011, podrán elegir entre acogerse a lo dispuesto en el RDL 10/2011 o bien, en el RDL 10/2010.


¿Cómo afecta a la aplicación?

1.1.- Modificaciones en el ámbito de Afiliación

Se ha incorporado la nueva condición de desempleado: "E- Desempleado 16/08/2011".
Este valor deberá informarse para identificar los trabajadores que puedan aplicarse las nuevas reducciones y sólo debe notificarse cuando el trabajador cumpla los siguientes requisitos:

a. Tipo de Contrato: 421 – Para la Formación
b. Fecha de inicio de Contrato: periodo comprendido entre el 31-08-2011 y 31-12-2013
c. Edad superior a 20 años.




La aplicación le propondrá las dos nuevas reducciones posibles en función del número de trabajadores en plantilla, pudiendo seleccionar:

Q8 - Reducción en contratos para la formación (R.D. 10/2011) 100% sobre todas las contingencias (para empresas de menos de 250 trabajadores).
Q9 - Reducción en contratos para la formación (R.D. 10/2011) 75% sobre todas las contingencias (para empresas con 250 trabajadores o más).


1.2.- Modificaciones en el ámbito de Cotización

Al generar el fichero FAN, de forma automática, se identificará este colectivo con la nueva clave de Colectivo de Peculiaridad de Cotización 4208 –Contrato para la formación y aprendizaje.

 

1.3.- Particularidades de las Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo

Al informar alguna de las siguientes Relaciones Laborales de Carácter Especial:

9911- Alum-trab. en programas de escuelas taller
9912- Alum-trab. en programas de casas de oficios
9913- Alum-trab. en programas de talleres de empleo

Aparecerá un nuevo indicador denominado, "Aplicar RDL 10/2011" que, activado, aplica las condiciones del nuevo contrato de formación para los colectivos anteriores. Es decir, cotizará por todas las contingencias, incluido desempleo, y tendrán derecho a las nuevas reducciones.

Desactivado
, se aplicará los establecido en el R.D.L 10/2010 y, como consecuencia, no cotizará por desempleo ni se aplicarán las nuevas reducciones. En este caso, al generar el fichero FAN estos colectivos se identificarán con la clave de peculiaridad de cotización 4203– No cotizan por desempleo.


1.4.- Adaptación del texto de contrato, Anexo y Contrat@

Según lo publicado en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (
www.sepe.es), se ha adaptado el texto de contrato y se ha incorporado en la aplicación el nuevo Anexo para los contratos de formación y aprendizaje.


¿Cómo listar el Anexo desde la aplicación?

Para obtener el nuevo Anexo acceda al punto "INEM y Mutuas/ Listado Documentos" y seleccione el Documento 519. Este Anexo no se listará automáticamente al generar los contratos para la formación y el aprendizaje.

Para el envío telemático a través de contrat@ también se ha adaptado el programa para permitir la comunicación de los mismos.

Para ello, se han incorporado los campos correspondientes al nuevo contrato de formación y aprendizaje en la ventana "Cont.T.Parcial/Form" y se ha anadido el indicador "Aplica RDL 10/2011" que activado indica que el contrato se acoge a lo dispuesto para el nuevo contrato de formación y aprendizaje.


A tener en cuenta…
En los contrato 450– Desempleados en Exclusión Social Temp.T.Completo, cuando se especifique que la modalidad del contrato de exclusión social es "421- Formación", también deberá cumplimentar los campos correspondientes al nuevo contrato de formación y aprendizaje.


1.5.- Buscador A3BOE laboral

Se ha incorporado un buscador que mostrará los trabajadores con contrato de formación iniciados a partir de 31/08/2011 para que pueda localizarlos rápidamente en el caso de que tenga que corregir la acción de afiliación.

 


2.- Liquidaciones Complementarias de Junio y Julio de 2011

En base a lo establecido en la Orden TIN 2100/2011 de 26 de julio (BOE del 28 de julio) por la que se modifica, a partir del 1 de julio de 2011, el art. 24.1 de la Orden TIN/41/2011, de 18 de enero, en el Boletín de Sistema RED 2011/08 de 3 de agosto, se establece que:

"Sistema RED no admitirá liquidaciones complementarias que comprendan en el segmento EMP periodos de liquidación que abarquen los meses de junio y julio de 2011, debiendo hacerse un envío por el periodo comprendido hasta junio y otro por el periodo de julio en adelante, en caso contrario se rechazará el documento."


¿Cómo se ha adaptado en la aplicación?

Al generar ficheros FAN de liquidaciones L02, L03 y L09 se separarán, automáticamente, en varios segmentos EMP las liquidaciones de junio y julio para el ejercicio 2011.

 


3.- Adaptación de las modificaciones en los Certificados de Empresa y Certific@2

Se han adaptado en a3nom las modificaciones realizadas en los Certificados de Empresa y Certific@2, según las instrucciones publicadas en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.sepe.es).

 


4.- Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave
(según la Ley 39/2010, desarrollada en el Boletín de Noticias RED 2011/05)

4.1.- Ámbitos de Afiliación/ Cotización
4.2.- Nuevo Certificado de Empresa por cuidado de menores por enfermedad grave

Según la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011, desarrollada en el Boletín de Noticias RED 2011/05, de 11 de mayo, se establece para los progenitores, adoptantes o acogedores permanentes, la reducción de jornada de trabajo, al menos en un 50%, a fin de que se aplique al cuidado directo, continuo y permanente de un menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave.

¿
Cómo se ha adaptado en la aplicación?
Se ha creado el valor "026-Reducción de jornada menor con enfermedad grave" en , que deberá informar al trabajador que se acoja a esta reducción.

 

4.1.- Ámbitos de Afiliación/ Cotización

En el ámbito de Afiliación, para tramitar esta situación se hará igual que en caso de Guarda Legal:

1.- Una acción MB- Baja, informando fecha de baja y la situación 99 – Otras causas de baja.
2.- Una acción MA- Alta sucesiva, (quitando la fecha de baja e informando la nueva fecha de ingreso), con el colectivo 026 y el coeficiente a tiempo parcial correspondiente a la jornada reducida.

En el ámbito de Cotización, una vez informado el valor 026 en de la ficha del trabajador, automáticamente se informará la reducción de jornada, reflejando el indicativo "R" (reducción) al generar el fichero FAN.

 

4.2.- Nuevo Certificado de Empresa por cuidado de menores por enfermedad grave

Se ha incluido en la aplicación el Nuevo Certificado de Empresa por cuidado de menores por enfermedad grave, que se listará para aquellos trabajadores que tengan el valor "026-Reducción de jornada menor con enfermedad grave" informado en su ficha.

 

En función del "Mes y año de la fecha a listar" informado (en nuestro ejemplo: 09/2011), al obtener el Certificado de Empresa se rellenará, como "Fecha de inicio de la jornada reducida", el primer día del mes informado como fecha a listar, pudiéndolo modificar si así lo desea.
Y, en caso de tratarse de un trabajador con contrato a tiempo parcial, aparecerán las bases de cotización de los 3 meses anteriores a la fecha informada (en nuestro ejemplo, como se ha informado septiembre, las bases corresponderán a los meses de agosto, julio y junio).

 

 

5.- Cambios en el fichero de Afiliaciones (según el Boletín de Noticias RED 2011/06)

5.1.- Nuevo formato del campo "Convenio Colectivo"

Se ha adaptado a 14 posiciones el número de dígitos del campo "Convenio Colectivo" del fichero AFI.

5.2.- Identificación de los trabajadores que cubran vacantes que determinen una disminución de empleo fijo

En de la ficha del trabajador nace el nuevo valor de causa de sustitución "07- Cobertura Vacante Disminución Empleo Fijo" para identificar a los trabajadores con contrato indefinido, bonificados conforme el artículo 10 de la Ley 35/2010, que cubran vacantes de otros trabajadores bonificados según este mismo artículo.

Estos datos se incluirán en el movimiento de afiliación MA- Alta Sucesiva del trabajador.


 

6.- Adaptación Contrat@ para contratos inferiores a 28 días

Se ha adaptado la aplicación para que no solicite los Datos de Comunicación de la Copia Básica, cuando se realice la comunicación a través de Contrat@ para aquellos contratos inferiores a 28 días y se haya definido el Indicador Contrato Escrito "No".


 


7.- Régimen Agrario: valor IPREM en las Tablas de Cotización

Se incorporan los datos correspondientes al valor del IPREM en la tabla de cotización del Régimen Agrario.

 

 


8.- Adaptación de la bonificación por Formación Continua en el TC1/3 de Representantes de Comercio

Para informar los importes correspondientes a la bonificación por Formación Continua, deberá acceder al punto "Datos/ Empresa/ Mantenimiento Datos" y desde el apartado seleccionar el ano y meses que correspondan.


Importante
: debe recalcular las pagas de los trabajadores afectados para que la aplicación tenga en cuenta las modificaciones realizadas.



9
.- Actualización de la Encuesta de Coyuntura Laboral

Se ha adaptado en la aplicación la nueva Encuesta de Coyuntura Laboral (Anual y Trimestral), según lo establecido en la página Web www.ine.es

 

 

10.- Actualización de la tabla de IPC hasta mayo del 2011

Se ha actualizado la Tabla del I.P.C. hasta mayo de 2011, teniendo en cuenta el índice LAU publicado en la página Web del Instituto Nacional de Estadística (www.ine.es)

 

 

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