Versión 5.20.2 de a3ASESOR|nom: Cambios Legales

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A continuación se relacionan los Cambios Legales incorporados con la versión 5.20.2 de a3ASESOR|nom:

 

1.- Bases Máximas y Mínimas de cotización para el grupo 1 del Régimen Especial Agrario

 

Según lo publicado en el artículo 13 de la Orden TIN/41/2011, de 18 de enero, se han adaptado en la aplicación las nuevas bases máximas y mínimas de cotización para grupo 1 del Régimen Especial Agrario, tanto para cotizaciones mensuales, como para jornadas reales.

Cotizaciones mensuales: Cotizaciones por jornadas reales:

Base máxima: 1.393,80 euros/mes Base máxima: 60,60 euros/día
Base mínima: 1.045,20 euros/mes Base mínima: 45,44 euros/día

 

Importante: No obstante, según lo publicado en el Boletín de Noticias RED 2011/02, de 7 de febrero, transitoriamente las empresas con trabajadores del grupo de cotización 1, tanto en modalidad General, como de Jornadas Reales, realizarán una liquidación normal L00 en la que los trabajadores el grupo 1 cotizarán por la base mínima de cotización, es decir:

Base mínima: 1.045,20 euros/mes para modalidad General
Base mínima: 45,44 euros/día para modalidad Jornadas Reales

 

¿Cómo afecta en la aplicación?

En el Grupo 1 "Ingenieros, Licenciados" de la Tabla de Bases y Tipos del Régimen Especial Agrario se han creado nuevos campos que incluyen los importes de las bases máximas y mínimas mensuales y diarias.

 

 

Nota: como se observa en la tabla de cotización, transitoriamente, los importes de las bases máximas coincidirán con las bases mínimas de cotización.

 

 

2.- Buscador A3BOE Laboral para trabajadores afectados por la Orden TIN/41/2011

Se ha incorporado en la aplicación un Buscador A3BOE Laboral que le ayudará a identificar aquellos trabajadores afectados por las modificaciones realizadas en la Orden TIN/41/2011, de 18 de enero, y de este modo, poder recalcular las nóminas del mes de enero para que la cotización sea correcta.

Para ello, tras actualizar su aplicación, diríjase al punto "Utilidades/ Buscador A3BOELaboral", sitúese sobre el artículo de la Orden TIN/41/2011 que desee visualizar y pulse el botón .

Según el artículo en el que se posicione aparecerán relacionados los trabajadores que, con la nómina de enero de 2011 calculada, tengan alguna de las siguientes características:

  • Cotizaron por la base mínima.
  • Trabajadores del Régimen de Artistas con bases máximas diarias de cotización.
  • Trabajadores del Grupo 1 del Régimen Especial Agrario.
  • Tipo de cotización "Mayores de 65 años" y 35 años cotizados.
  • Con bonificación de 55, 59 ó 60 años.

 

Además, podrá detectar los Centros de Trabajo que tengan excluida la Asistencia Sanitaria al posicionarse sobre el artículo 19.

 

IMPORTANTE: Si tiene trabajadores afectados por estos cambios y ya había calculado las nóminas del mes de enero, deberá recalcularlas para que la aplicación tenga en cuenta estas modificaciones y, a continuación, generar de nuevo el fichero FAN para que el cálculo de la bases de cotización sea correcto.

 

3.- Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011 para Contrata@ y Certific@2

Se ha adaptado en la aplicación la nueva Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011 (CNO-11) para los envíos telemáticos de Certificados de Empresa y Contratos.

Como habrá podido comprobar, al acceder a la aplicación se ha realizado una conversión automática de los códigos de CNO, donde aparecía el siguiente mensaje:

 

 

Finalizada esta conversión, en la ficha del trabajador se mostrará el nuevo código CNO vigente, correspondiente a la nueva tabla de 2011, que será el que se informará en los contratos y certificados de empresa telemáticos.

Esta conversión se ha realizado en base a la equivalencia entre el CNO-94 y el CNO-11,publicada en la página Web del Instituto Nacional de Estadística (http://www.ine.es):

 

 

 

4.- Adaptación del nuevo modelo 111 Estatal para 2011

Se ha incorporado en la aplicación la nueva estructura del fichero telemático del modelo 111 estatal para las presentaciones del ejercicio 2011, según lo publicado en la página Web de la Agencia Tributaria (http://www.agenciatributaria.es/)

 

 

5.- Actualización de la Tabla de Códigos de Respuestas de Contrat@

Se ha actualizado en la aplicación la tabla de códigos de respuesta de Contrat@,según la tabla publicada en la página Web del Servicio Público de Empleo Estatal (https://www.redtrabaja.es).

 

 

6.- Ampliación de la vigencia de las subvenciones de los Centros Especiales de Empleo

Según lo establecido en el artículo 8 de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, se amplia hasta el 31 de diciembre de 2011 la vigencia de la subvención del 75% del SMI para trabajadores con especiales dificultades, cuando estos se encuentren en alguno de los siguientes grupos:

a.- Personas con parálisis cerebral, con enfermedad mental o discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

b.- Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

 
A los trabajadores que no se encuentren en ninguno de los anteriores grupos se les aplicará la subvención del 50% del SMI.

 

¿Cómo afecta en la aplicación?

Se ha incluido en la Tabla de minusvalías, la columna "Tipo de Minusvalía" con los siguientes valores:

  • Psíquica (grupo a)
  • Física (grupo b)
  • Sensorial (grupo b)

 

Para informar los nuevos tipos de minusvalía se ha incorporado, en el punto "Inem y Mútuas/ Centros Especiales de Empleo/ Subvenciones" y "Subvenciones por Sección", el botón , a partir del cual, deberá indicar a qué grupo pertenece el tipo de minusvalía del trabajador.

 

 

También podrá informar el nuevo tipo de minusvalía desde el botón del apartado "Contratos" de la ficha del trabajador.

 

Según el tipo y el grado de minusvalía informado en la ficha del trabajador la aplicación calculará la subvención en base al 50% o el 75% del SMI.

Nota: en los casos en los que el trabajador no tenga informado el tipo de minusvalía, ni el grado, la aplicación calculará la subvención en base al 50% del SMI.

 

 

7- Modificación de la cuota de cotización a la Fundación Laboral de la Construcción para 2011.

Según la Resolución de 25 de enero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acta de la Comisión Paritaria del IV Convenio colectivo general de la construcción, se ha actualizado en las Tablas de Cotización para el ano 2011 la cuota a la Fundación Laboral de la Construcción, que será del 0,25 por ciento para el año 2011.

 

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