Versión 5.19.2 de a3ASESOR|nom: Cambios Legales

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A continuación, se relacionan las Cambios Legales incorporadas en la versión 5.19.2 de a3ASESOR|nom:

 

1.- Nuevo modelo 190 Estatal para el ejercicio 2009 

Se han adaptado a la aplicación los módulos de impresión y validación del modelo 190 Estatal para el ejercicio 2009, facilitados por la Agencia Tributaria, según lo establecido en la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre.

Las novedades a destacar son las siguientes:

1) En el apartado de Datos del Perceptor se ha incorporado un nuevo indicador de deducción por vivienda, denominado "Comunicación por el perceptor que ha destinado cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual utilizando financiación ajena".

Este indicador deberá marcarse si, en cualquier momento del ejercicio, el trabajador se ha aplicado la deducción por vivienda.

 

2) En el apartado Datos del Perceptor se ha anadido un nuevo indicador referente a los 3 primeros hijos, denominado "Cómputo de los 3 primeros", donde deberá especificar la proporción, por entero o mitad, en la que han sido computados cada uno de los tres primeros hijos y descendientes del perceptor.

 

 

3) Desaparece la clave M-Copa América para la presentación del Modelo 190 y se sustituye por la clave A.

Por tanto, todos los trabajadores que tengan informada la clave M en su ficha, la aplicación los generará en el Modelo 190 como clave A, de manera automática.



2.- Nuevo modelo 296 Estatal para el ejercicio 2009

También se han adaptado a la aplicación los módulos de impresión y validación del modelo 296 Estatal para el ejercicio 2009, facilitados por la Agencia Tributaria, según lo establecido en la Orden EHA/3202/2008, de 31 de octubre.

 

 

3.- Adaptación del cálculo de la previsión del IRPF para el ano 2010

Se ha adaptado en la aplicación el Algoritmo de Cálculo del Tipo de Retención a cuenta del I.R.P.F. para el ano 2010, según lo publicado en la Ley de Presupuestos Generales de 2010.

La Ley de Presupuestos Generales establece las siguientes modificaciones:

  • Se limita la deducción de 400 euros sólo para aquellos contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 12.000 euros.

De esta forma, a aquellos contribuyentes cuya base imponible sea igual o inferior a 8.000 euros, se les mantiene el importe íntegro de la deducción, es decir 400 euros.

Sin embargo, aquellos cuya base imponible esté comprendida entre 8.000,01 y 12.000 euros, se aplicarán la deducción parcialmente en función del resultado del siguiente cálculo:

Deducción=400 - [0,1 x (Base Imponible - 8.000)]

  • Se modifica el cálculo del importe de deducción por inversión en vivienda habitual: hasta ahora se calculaba sobre el 2% de las retribuciones anuales y el importe obtenido se redondeaba a 2 decimales. Sin embargo, a partir de 2010 el importe se corta cogiendo 2 decimales sin redondear.

  • Se modifican los límites cuantitativos determinantes de la obligación de retener.



¿Cómo afecta en la aplicación? 

Para adaptar estos cambios en la aplicación, se han realizado las siguientes modificaciones:

1) En la Tabla de Escalas y Reducciones IRPF para 2010 se han anadido los siguientes campos:

 

Y se han incorporado los nuevos importes exentos de retención:

 

 

2) Se ha adaptado el Detalle del Cálculo de la previsión del IRPF para mostrar el proceso realizado para la obtención del importe de la deducción de 400 euros:

  • Si la base imponible es inferior a 12.000 euros y superior a 8.000 euros: aparecerá desglosado el cálculo de la deducción de los 400 euros.
  • Si la base imponible es superior a 12.000 euros: en el detalle se indicará que no se aplica la deducción de 400 euros porque no procede.
  • Si la base imponible es inferior a 8.000 euros: aparecerá directamente el importe de 400 euros, tal y como aparece actualmente para los ejercicios 2009 y 2008.

 

 

4.- Actualización de las Tablas de Bases y Tipos, y CNAE para el 2010

Se han actualizado en la aplicación las siguientes Tablas para el ano 2010, según lo establecido en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2010:

  • Tabla de Bases y Tipos de Cotización
  • Tabla de CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas)

 

 

5.- Fichero AFI: adaptación del tipo de Inactividad y nuevos códigos de Vínculo Familiar


Se ha modificado la estructura del fichero AFI, referente al campo Tipo de Inactividad (que pasa de numérico a alfanumérico), según lo establecido en el Boletín Noticias Red 2009/15, en materia de Afiliación.

Y se han realizado modificaciones en los campos "Exclusión Desempleo" y "Vínculo Familiar":

  • Hasta ahora, los valores en el campo "Exclusión Desempleo" eran: 1, 2, 3 y 5.
  • A partir de ahora, los valores 2 y 5 continúan perteneciendo a "Exclusión Desempleo", y los valores 1 y 3 pasan a ser valores de "Vínculo Familiar" donde, además, se ha anadido un nuevo valor, denominado: 4- Familiar menor 45 años.

ANTES

AHORA

Exclusión Desempleo

Exclusión Desempleo

Vínculo Familiar

1.- Familiar Titular Explotación

 

1.- Familiar hasta segundo grado

2.– Extranjero con permiso FAT-ESTUD

2.– Extranjero con permiso FAT-ESTUD

 

3.– Hijo menor 30 años

 

3.- Hijo menor 30 años

   

4.– Familiar menor 45 años (!Nuevo!)

5.– Contingente REA

5.– Contingente REA

 

 

¿Cómo afecta en la aplicación?

En el apartado "Datos Afiliación" de la ficha del trabajador se ha creado un nuevo campo de "Vínculo Familiar", con los valores posibles a informar en función del tipo de Régimen de Cotización a la Seguridad Social al que pertenezca el trabajador:

Para el Régimen Agrario:

1.- Familiar hasta segundo grado.
4.- Familiar menor 45 años.

 

Para el Régimen General:

3.- Hijo menor 30 años.

 

Nota: en el momento de entrar en la ficha del trabajador se realizará la conversión de los nuevos valores de Exclusión Desempleo y Vínculo Familiar.

Al informar los valores 1, 3 y 4 del campo Vínculo Familiar, automáticamente se le informará al trabajador el tipo de cotización excluido por desempleo equivalente al que tenga informado en la ficha.

 

 

6.- Novedades sobre los días de descanso retribuidos en situación de ERE

 Se ha modificado en la aplicación el tratamiento de los festivos en situación de ERE (Expediente de Regulación de Empleo). 

A partir de ahora, en el apartado "Vacaciones" de los Períodos de Actividad, la aplicación tendrá en cuenta, además de los días de vacaciones informados a tal efecto, los descansos retribuidos, es decir, el descanso semanal y los días festivos establecidos en el calendario del trabajador y los informados en el Centro de Trabajo (hasta ahora, éstos últimos se contemplaban como días sin actividad).

 

¿Cómo afecta en la aplicación?

Se ha modificado el botón del calendario, que ahora se llamará: , para ampliar la descripción e incluir los descansos retribuidos.

 

Al dar de alta los períodos de actividad durante la situación de ERE, informará de los descansos retribuidos (vacaciones, festivos y fines de semana) de forma automática.

Importante: Si ya había dado de alta o generado los períodos de actividad antes de instalar esta versión 5.19.2 de a3ASESOR|nom y desea anotar los descansos retribuidos, deberá eliminar estos períodos, pulsando el icono , y volver a darlos de alta nuevamente.

 

 

7.- Presentación telemática de los modelos 715 y 745 del Gobierno de Navarra 

Se ha adaptado en la aplicación lo publicado en la Orden Foral 131/2009 y 132/2009, donde se establece la obligatoriedad de presentar vía telemática los modelos 715 y 745 de pago mensual del IRPF del Gobierno de Navarra, para determinadas entidades.

 

¿Cómo afecta en la aplicaicón?

En el punto "IRPF/ Modelo 110/111 (Periódico)/ Navarra" se ha incorporado la posibilidad de generar el fichero de los modelos 715 y 745 del Listado Periódico del IRPF del Gobierno de Navarra, validarlo y, a continuación, enviarlo a través del programa de Ayuda de Declaraciones Tributarias.

Nota: Es obligatorio disponer de un Certificado Digital para realizar el envío telemático de los ficheros.

 

Al seleccionar cualquiera de las opciones: "Modelo 715 Presentación Telemática" o "Modelo 745 Presentación Telemática" se activará el botón de generación telemática , quedando deshabilitados los botones de Listado por Impresora y Listado por PDF.
 

 

La forma de pago siempre será "Adeudo a Cuenta", independientemente de la forma de pago que esté especificada en la ficha de la empresa.

Una vez generado el fichero telemático, en el apartado "Situación de Impresos" de la ficha de la empresa se activará, de manera automática, la opción "Generada para Internet" .

 

8.- Acceso directo desde a3ASESOR|nom a las nuevas Web del INEM

Se han modificado en la aplicación los accesos directos que enlazaban con la antigua página Web del INEM (www.inem.es) para que, a partir de ahora, enlacen con la nueva Web de INEM: www.sepe.es. Además, se modifica el botón de acceso, de: a:

 

 

 

 

 

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