¿Qué prestaciones se abonan a un trabajador del Régimen Agrario en situación de accidente?

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En el caso de un trabajador perteneciente al Régimen Agrario, ya sea jornadas reales o bases mensuales,  en situación de accidente laboral o enfermedad profesional la prestación será abonada directamente por el INSS o la mutua. Por lo tanto, este importe no se verá reflejado en la nómina ni habrá pago delegado en los Seguros Sociales, como es en el caso del Régimen General.


183684 - arrow move outline right A tener en cuenta: Para trabajadores agrarios con el tipo de cotización "Bases Mensuales", aunque no existe el pago delegado por parte de la empresa, en caso necesario, puedes informar el complemento de incapacidad temporal a cargo de la empresa de la forma habitual.


Veamos un ejemplo de trabajador agrario con accidente laboral o enfermedad profesional

Trabajador agrario de bases mensuales que inicia una situación de incapacidad por accidente el día 4 de abril.

En este caso, informaremos la incidencia 3- Inicio IT (Acc. Laboral o Pago Directo INSS) y tendrás la opción de marcar “Prestación con Derecho” o “Pago directo INSS”.

Por defecto, vendrá marcado “Prestación con derecho”, al ser un centro perteneciente al Regimen Agrario, aunque tenga marcado esta opción el programa calculará automáticamente la nómina sin prestación, ya que esta se hará cargo el INSS o la mutua.

Por último, para grabar la incidencia, pulsa “Aceptar” y “Cancelar”.

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Al calcular la nómina no aparecerá ningún concepto que haga referencia al cobro de la prestación, solo aparecerá el literal de Accidente y con las fechas de este.

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