Plantilla SEPE para generar períodos de actividad. Información importante a tener en cuenta
Aplica a: a3ASESOR | nom
Si utilizas la opción de "Períodos de actividad. Generador periodos XML" y el ERTE de la empresa ha comenzado en el mes
A continuación, te trasladamos la aclaración recibida en relación a la cumplimentación de la plantilla SEPE de periodos de actividad:
Si el ERTE de la empresa comienza durante el mes, los periodos se deben generar desde la fecha de comienzo del ERTE (fecha inicio del expediente) para el correcto pago de prestaciones. En este supuesto, se deberá modificar el “DIA DESDE” con el día del mes en el que se inicia el ERTE en la empresa, para que los días que genera la plantilla se marquen desde esa fecha.
Es importante tener presente esta información antes de calcular y generar los periodos de actividad con la plantilla SEPE.
Por ejemplo, si la empresa ha iniciado el ERTE el día 13, en el campo “DIA DESDE” se tiene que informar el día 13.
Otros aspectos a tener en cuenta
A raíz del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio y, posteriormente, del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, el SEPE publicó un asistente en su web con el objetivo de simplificar el cálculo de los días de actividad: https://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/informacion-empresas.html
En la versión 5.27.23 de a3ASESOR|nom se incluyó un enlace desde la aplicación, que traspasa los datos que estén informados en a3ASESOR|nom al asistente creado por el SEPE: pulsa aquí para ampliar información
Respecto a la generación de los periodos de actividad mediante la plantilla del SEPE, te recordamos:
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- Desde la aplicación traspasamos los días u horas que está en situación de ERTE cada día del mes, pero el cálculo y la generación de los períodos de actividad lo realiza la propia plantilla creada por el SEPE.
- En la plantilla actual no existe ninguna casilla para informar días u horas de IT. Si deseas aclaración respecto a este caso, deberás dirigir consulta al SEPE.
Esta opción se ha creado con la intención de ofrecerte la máxima ayuda. En cualquier caso, se recomienda revisar los resultados obtenidos y, en caso de duda, consultar con el SEPE sobre la cumplimentación para su caso concreto.