Versión 5.25.3 de a3ASESOR | nom: Sistema de Liquidación Directa

a3ASESOR | nom


A continuación, se relacionan las modificaciones realizadas en el ámbito de Sistema de Liquidación Directa con la versión 5.25.3 de a3ASESOR | nom:

   

1.- Nuevo fichero para la comunicación de datos bancarios

Según establece el Boletín 09/2015 de Sistema Red, se han incorporado en la aplicación la comunicación o anulación de los datos bancarios para saldo acreedor y deudor para su tratamiento a través de fichero (vía remesas).

Para ello, en el menú “Seg.Soc./ Sistema RED” se ha incorporado un nuevo punto denominado “Comunicación Datos Bancarios (Cret@)”, desde el cual podrá procesar tanto los envíos como las respuestas.

 liquidaciones deudoras y acreedoras

 

Para generar el fichero XML de comunicación de datos bancarios, siguiendo la operativa habitual, acceda a la ventana “Envíos” y seleccione el registro que corresponda. Pulse “Generar”.

detalle datos bancarios

A tener en cuenta…

Los datos bancarios serán los informados en el Centro de Trabajo, en función del código de banco asignado para el pago de los Seguros Sociales:

datos-titular

Para la generación del fichero XML, es necesario tener debidamente cumplimentados en el centro de trabajo los datos del titular. En caso contrario, se mostrará un mensaje de aviso.

 

Para la lectura de respuestas, seleccione la ventana “Respuestas” y cumplimente las opciones de descarga.

Los parámetros de esta ventana son los mismos que se utilizan en la lectura de respuestas de seguros sociales tramitados a través del Sistema de Liquidación Directa.

 lectura respuestas

Consulte el manual de Seguridad Social:

http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/196801.pdf para ampliar información sobre el funcionamiento y características de la comunicación de los datos bancarios. Por ejemplo, fechas de efectos en función de la fecha de la comunicación (antes o después del día 20 del mes), así como el IBAN en caso de saldo acreedor obligatorio, para poder anotar IBAN para cargo en cuenta.

 

2.- Ampliación de los colectivos del Sistema Especial Agrario

Según establece el Boletín de Noticias RED 09/2015, a partir del próximo mes de febrero, la TGSS comenzará la incorporación al SILTRA de empresas incluidas en el Sistema Especial Agrario.

Por este motivo, se adapta el fichero de cálculo incorporando los nuevos códigos de conceptos para las reducciones propias del Sistema Especial Agrario (concepto 586 “Reducciones SEA a cargo TGSS” y 765 “Reducciones SEA en IT a cargo del SEPE”).

Recuerde que…
Para poder gestionar los ficheros de cotización a través del Sistema de Liquidación Directa, debe ser autorizado previamente por Sistema Red.

 

3.- Información adicional en Borradores DCL y Liq. Definitivas RLC

A partir de esta versión, al acceder a la ventana “Borradores DCL/ RNT” y “Liq. Definitivas RLC”, y visualizar el detalle de cálculo de las liquidaciones, se mostrará un nuevo apartado denominado “Mensajes adicionales”, que permite ver la información adicional que puede enviar la Seguridad Social en los ficheros de respuesta. 

 

mensajes adicionales fin plazo

4.- Nuevo tratamiento de las claves de Sistema RED en la lectura de las respuestas

Se ha mejorado el proceso de gestión de las respuestas cuando existe más de una clave de Sistema RED informada.

A partir de esta versión, la aplicación controlará la respuestas en función del nº de autorizado informado en la/s clave/s de Sistema RED, en “Mantenimiento de Datos de Empresa”.

claves-mensajeria

La aplicación comprobará internamente el número de autorizado informado en cada clave y lo buscará en los ficheros de respuesta.

 

5.- Tratamiento de las Bonificaciones en la liquidación L13

Según consulta realizada a Seguridad Social, las bonificaciones en vigor en la fecha de finiquito de un trabajador son aplicables, como norma general, a los periodos de vacaciones devengadas y no disfrutadas que se presentan en la liquidación L13.

Con la finalidad de aplicar en la liquidación L13 las bonificaciones correspondientes a los días de vacaciones, la aplicación calculará el importe correspondiente a la bonificación cuando la fecha fin de la misma coincida con la fecha del finiquito.

Ejemplo:

El 5 de febrero se le calcula el finiquito a un trabajador. Le quedan 3 días de vacaciones pendientes de disfrutar y la bonificación informada en ficha tiene la misma fecha fin de vigencia que la del cálculo de finiquito (es decir, el 5 de febrero).

En este caso, la aplicación calculará la bonificación también en la Liquidación L13 por los 3 días de vacaciones pendientes.

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