Proceso de Cierre de Ejercicio y Apertura del nuevo

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A continuación, detallamos los pasos a seguir para realizar los procesos de regularización del porcentaje de retención de IRPF, cierre de ejercicio y apertura del nuevo.


Informacion A tener en cuenta...
La aplicación ya está adaptada para realizar el proceso de Cierre del Ejercicio.

 

PARTE I: Proceso de Cierre del Ejercicio

 

1.- Entrada de Incidencias de conceptos variables para el mes de diciembre

Desde el punto “Cálculo/ Gestión de incidencias/ Mantenimiento de incidencias” se introducen todos aquellos importes variables que afectan a las pagas mensuales, a través de la incidencia 1.

Recuerda que...
Si tienes que calcular una paga de atrasos, realiza el cálculo antes de calcular la previsión de I.R.P.F., de lo contrario, no se tendrán en cuenta en la previsión.
 

 

2.- Regularización de I.R.P.F. del mes de diciembre

Calcula la previsión de I.R.P.F. de los trabajadores de la empresa, seleccionando como fecha de cálculo: diciembre. De esta manera, la aplicación tendrá en cuenta todas las cantidades que los trabajadores han percibido hasta el momento y realizará una previsión de la paga mensual de diciembre (que son retribuciones pendientes de cobro) y de la paga extra, si ésta no se ha calculado.
 

-. ¿Qué sucede si antes de realizar la regularización del mes de diciembre ya ha calculado la Paga Extra o bien, una paga de Atrasos? 

 

3.- Cálculo de la Paga Extra del mes de diciembre

Calcula la paga extra de los trabajadores, siguiendo la operativa habitual.


Recuerda que...
Si ya tienes calculada la paga extra y, posteriormente, introduces alguna incidencia que afecta al cálculo de esta paga (por ejemplo, una I.T.), para que la aplicación realice el descuento de esos días de I.T. en la extra, deberás volver a calcular la paga extra del trabajador.

 

4.- Cálculo de la Paga Mensual de diciembre

Calcula la paga mensual de los trabajadores, siguiendo la operativa habitual.

 

5.- Listado Cuadre Cuotas IRPF

Acceso "IRPF/ Listado Cuadre de Cuotas IRPF".

 
Si las cuotas cuadran: Fin del proceso

Si las cuotas NO cuadran: ¿Se recalcula la paga de diciembre forzando el % propuesto?

Si la respuesta es:
-. Sí: Calcular la paga mensual de diciembre
-. No: Fin del proceso

 

PARTE II: Previsión IRPF año 2017

No es necesario esperar a tener realizados todos los procesos de Fin de Año, modelo 190, etc..., para realizar cálculos del año 2017.

Con la versión actual de la aplicación 5.25.7, ya se han actualizado en la aplicación las siguientes tablas provisionales para el 2017, con los importes publicados en el R.D.L. 3/2016, de 2 de diciembre para el año 2017:

  • Tabla de Bases y Tipos de Cotización
  • Tabla de Escala y Reducciones


Asimismo, según lo publicado en la Resolución de 4 de Octubre de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2017, se ha adaptado el Calendario Laboral correspondiente al año 2017 en la aplicación.
 

A tener en cuenta…
Si se produjese alguna modificación de estas tablas, debería volver a recalcular las nóminas del 2017 para que la aplicación tuviese en cuenta los cambios realizados.

 

Para realizar el cálculo de Previsión de I.R.P.F. del ejercicio 2017, puedes proceder de dos formas: 

  • A nivel masivo: Desde el punto “IRPF/ Cálculo Ingr. Anuales y % IRPF” realiza el cálculo de la previsión informando como fecha 01/2017.
  • A nivel individual: Desde la ficha del trabajador pulsa el botón “Datos IRPF”.

 

 

 

 

 

 

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