Errores R9632 y R9582 en fichero de respuesta de SILTRA con absentismo o suspensión de empleo y sueldo

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Qué debo comprobar si me aparecen los errores R9632 y R9582 en el fichero de respuesta de SILTRA

Estos errores se pueden dar en trabajadores que tienen informado una situación de Absentismo o de Suspensión de Empleo y Sueldo en la aplicación. Esto puede ser debido, porque se ha informado a la Seguridad Social de esta situación a través de un movimiento de afiliación como "Alta sin retribución" (inactividad 6) y en la aplicación no se ha indicado de la misma forma.

Para verificar los datos que consta a Seguridad Social, puedes solicitar el IDC del trabajador.

Para informar este dato en la aplicación correctamente, accede a la incidencia que hayas introducido en ese mes, la incidencia 8- Absentismo injustificado o a la incidencia 35 – Suspensión de Empleo y suelo, y marca el indicador "Se tramita como alta sin retribución en afiliación (inactividad 6)".

 

Una vez marcado el indicador, tendrás que volver a calcular nómina y enviar de nuevo el fichero de bases de ese trabajador.


Ejemplo:

Trabajador que tiene informada una Suspensión de Empleo y Sueldo con fecha 10/09 al 10/09, y tiene marcado solo el indicador "Cotiza por base mínima".


Al generar el fichero de base de este trabajador se generaría un único tramo del periodo del 1 al 30 de Septiembre, ya que en el periodo que esta de Suspensión de empleo y sueldo cotiza por base mínima tanto el empresario como el trabajador, y no se partirían los tramos.

Al recibir la respuesta de Siltra aparecen los siguientes errores:

R9632: Los datos transmitidos no superan las validaciones. Deben presentarse nuevamente todos los datos de ese trabajador.

R9582: Datos solicitados obligatorios no informados.


Seguridad Social nos indican que lo tramos informados no son correctos, ya que se ha enviado un único tramo del 1 al 30 y los tramos que ellos solicitan son:

  • Del 1 al 9 tramo de alta
  • Del 11 al 30 tramo de alta

 

Cómo solucionarlo:

En este caso, habría que comprobar el IDC del trabajador, porque seguramente se comunicó a la Seguridad Social la situación de "Alta sin percibo de Remuneración" para ese día 10 de Septiembre.

En el IDC del trabajador se verá reflejado como 20. Periodo sin retribución.

Los días en situación de inactividad 6 en el fichero XML de bases no aparecerán, ya que, por ese periodo se cotiza por base mínima, solo la cuota empresarial y la TGSS ya realiza este cálculo al conocer la situación de afiliación.

Por lo tanto, si es correcto lo indicado en el IDC, tendrás que marcar el indicador "Se tramita como alta sin retribución en afiliación (inactividad 6)" en la incidencia de Suspensión de Empleo y Sueldo, volver a calcular la nómina del trabajador y generar el fichero de bases de este trabajador para enviarlo a Siltra.

 

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