Ejemplos prácticos sobre el cálculo de exoneración de cuotas en trabajadores con ERTEs derivados de COVID-19 a partir de junio de 2021
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Referencia Legal: Nuevas prórrogas de ERTEs exonerados y nuevas exoneraciones de ERTE hasta 30 de septiembre de 2021
Normativa aplicable a las situaciones de ERTE, a partir de junio de 2021:
El Real Decreto-ley 11/2021 amplía la prórroga de las exoneraciones de ERTE´s durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2021.
Posteriormente, el Boletín de Noticias RED 04/2021, desarrolla ese Real Decreto-ley, donde se establecen prórrogas de ERTEs ya existentes y la aparición de nuevos ERTEs hasta 30 de septiembre de 2021. Esto genera nuevas declaraciones de responsabilidad y nuevos valores de inactividad.
Las empresas deben comunicar a la Tesorería general de la Seguridad Social los CCC´s en situación de ERTE, en los meses de junio, julio, agosto y septiembre 2021, mediante la declaración responsable correspondiente a su situación.
Para mas información sobre la declaración responsable, pulsa aquí
En la siguiente tabla puedes consultar los porcentajes de exoneración aplicar a partir de junio de 2021, según el tipo de ERTE y el mes correspondiente:
Tabla resumen con los porcentajes de exoneración de cuotas aplicables a partir de junio de 2021
A continuación, te relacionamos nuevos ejemplos prácticos con el cálculo de la exoneración de cuotas, adaptados a los cambios a partir de junio de 2021 (R.D.-ley 11/2021 y el Boletín Noticias RED 04/2021):
- Ejemplo 1 - Trabajador en situación de ERTE por Fuerza Mayor que se prorroga en el mes de junio la exoneración de cuotas
- Ejemplo 2 – Trabajador que comienza un ERTE de Impedimento el día 1 de junio y finaliza esta situación el 19 de julio
- Ejemplo 3 - Trabajador que tiene un ERTE de Impedimento que se prorroga hasta el 3 de junio y el día 4 de junio empieza un ERTE de Limitación
Ejemplo 1 – Trabajador en situación de ERTE por Fuerza Mayor que se le prorroga en el mes de junio la exoneración de cuotas
A continuación, se detallan las siguientes características en el ejemplo:
- Empresa de menos de 50 trabajadores
- Anterior a junio, la empresa tenía una situación de ERTE Fuerza Mayor CNAE (Declaración responsable 069)
- A partir de junio, la empresa prorroga el ERTE (por tanto, continúa con la situación de Declaración responsable 069)
- Trabajador en situación de ERTE de suspensión hasta el 21 de junio y, el día 22 de junio, comienza un ERTE de reducción de la jornada al 50%
- Se comunica a Seguridad Social el movimiento de afiliación con el valor de inactividad “D7”
- Coste de Seguridad Social de Empresa 33,60%
¿Qué datos debo tener informados en la aplicación?
-
Centro de trabajo
En la pestaña “Varios” del centro de trabajo, pulsamos el botón "Fechas ERTE/ Exoneraciones" e informamos la prórroga del ERTE Fuerza Mayor CNAE (Declaración responsable 069):
-
Incidencias inicio y fin de Expediente de Regulación
En este caso, el trabajador tiene informada una incidencia 15- Fin de Expediente de Regulación, con fecha 21 de junio y un nuevo inicio de ERE, el día 22 de junio, con la incidencia 14- Inicio Expediente Regulación, con la opción “Desempleo Parcial” y un porcentaje de jornada en ERE del 50%.
El apartado "Exoneración Cuotas por COVID-19" de la incidencia 14 se mostrará cumplimentado, automáticamente, con los datos informados en el centro de trabajo.
Para ampliar información sobre como cambiar de un ERTE de suspensión a un ERTE de reducción , pulsa aquí
¿Cómo se generan los tramos en el fichero de bases a enviar a Siltra?
A continuación, se muestran los tramos que se generan en el fichero de bases para los meses de junio y julio:
>> Mes de junio
Al generar el fichero de bases del mes de junio para enviar al SILTRA, se calculan los siguientes tramos para este trabajador:
>> Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de junio:
Este tipo de ERTE de Fuerza Mayor que ha sido prorrogado, en el cálculo de la exoneración de cuotas a partir de junio se aplicará tanto la base de cotización del trabajador que está en situación de ERTE, como la parte del trabajador que está en alta.
Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el Coste de Seguridad Social Empresa por cada tramo:
- 1 al 21 de junio ERE Total: Base 840,00 euros x 33,60% (coste SS Empresa) = 282,24 euros Importe SS Empresa
- 22 al 28 de junio ERE Parcial: Base 180,00 euros x 33,60% (coste SS Empresa) = 60,48 euros Importe SS Empresa
- 22 al 28 de junio Alta Parcial: Base 180,00 euros x 33,60% (coste SS Empresa) = 60,48 euros Importe SS Empresa
Una vez calculado el Coste de Seguridad Social Empresa por cada tramo, ya se pueden calcular los porcentajes de exoneración correspondientes a cada tramo:
- 1 al 21 de junio ERE Total: como la empresa es menor a 50 trabajadores, se aplicaría la exoneración de cuotas del 85%.
282,24 euros (SS empresa) x 85% = 239,90 euros
- 22 al 28 de junio ERE Parcial: en este caso también es del 85% por la parte de ERTE que esta de reducción de jornada.
60,48 euros (SS empresa) x 85% = 51,41 euros
- 22 al 28 de junio Alta Parcial: por la parte trabajada también se aplicaría una exoneración de cuotas del 85%, porque es una empresa de menos de 50 empleados.
60,48 euros (SS empresa) x 95% = 57,46 euros
Importe Total de la exoneración de cuotas:
239,90 euros + 51,41 euros + 57,46 euros = 348,77 euros de exoneración de cuotas por COVID-19 en el mes de junio
>> Mes de julio
En el mes de julio el trabajador ha estado todo el mes con un ERTE de reducción al 50% de jornada. Los tramos que se generarían para enviar a Seguridad Social son los siguientes:
>> Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de julio:
Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de Seguridad Social Empresa por cada tramo:
- 1 al 31 de julio ERE Parcial: Base 600,00 euros x 33,60% (coste SS Empresa) = 201,60 euros Importe SS Empresa
- 1 al 31 de julio Alta Parcial: Base 600,00 euros x 33,60% (coste SS Empresa) = 201,60 euros Importe SS Empresa
Una vez calculado el coste de Seguridad Social de Empresa por cada tramo, ya se puede calcular la exoneración de cuotas correspondiente a cada tramo:
- 1 al 31 de julio ERE Parcial: en ese caso la exoneración de cuotas sería del 85% por la parte de ERTE que está de reducción de jornada (empresa con menos de 50 trabajadores):
201,60 euros (SS empresa) x 85% = 171,36 euros
- 1 al 31 de julio Alta Parcial: en ese caso la exoneración de cuotas sería del 85% por la parte trabajada (empresa con menos de 50 trabajadores):
201,60 euros (SS empresa) x 95% = 191,52 euros
Importe Total de la exoneración de cuotas:
171,36 euros + 191,52 euros = 362,88 euros de exoneración de cuotas por COVID-19 en el mes de julio

Ejemplo 2 – Trabajador que comienza un ERTE de Impedimento el día 1 de junio y finaliza esta situación el 19 de julio
A continuación, se detallan las siguientes características en el ejemplo:
- Empresa de menos de 50 trabajadores
- A partir del 1 de junio empieza una situación ERTE Impedimento (Declaración responsable 078)
- El 19 de julio finaliza la situación de ERTE de Impedimento
- Se comunica a Seguridad Social el movimiento de afiliación con el valor de inactividad “J4”
- Coste de Seguridad Social de empresa 33,60%
¿Qué datos debo tener informados en la aplicación?
-
Centro de trabajo
En la pestaña “Varios” del centro de trabajo, pulsamos el botón "Fechas ERTE/ Exoneraciones" e indicamos lo siguiente:
-
Incidencias inicio y fin de Expediente de Regulación
A través de la incidencia 14 informamos un nuevo inicio de Expediente de regulación de Empleo (ERTE), con fecha 1 de junio. El apartado "Exoneración Cuotas por COVID-19" se mostrará cumplimentado automáticamente de los datos informados en el centro de trabajo.
Para ampliar información, pulsa aquí
¿Cómo se generan los tramos en el fichero de bases a enviar a Siltra?
A continuación, se muestran los tramos que genera en el fichero de bases para los meses de junio y julio:
>> Mes de junio
Al generar el fichero de bases del mes de febrero para enviar al SILTRA, se calculan los siguientes tramos para este trabajador:
>> Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de junio:
A los nuevos ERTES surgidos a raíz del Real Decreto-ley 11/2021 se les aplicará la exoneración de cuotas sobre la base de cotización en situación de ERTE.
Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de Seguridad Social de Empresa por cada tramo:
- 1 al 30 de junio ERE Total: Base 1.350 euros x 33,60% (coste SS Empresa) = 453,60 euros Importe SS Empresa
Una vez calculado el coste de Seguridad Social de Empresa, ya se puede calcular la exoneración de cuotas correspondiente a cada tramo:
- 1 al 30 de junio ERE Total: como la empresa es menor de 50 trabajadores, se aplicaría la exoneración de cuotas del 100%:
453,60 euros (SS Empresa) x 100% = 453,60 euros importe de la exoneración de cuotas de junio
>> Mes de julio
En el mes de julio el trabajador finaliza su situación de ERTE el día 19 y, por tanto, tiene informada con esa fecha la incidencia 15- Fin Expediente de Regulación Empleo.
Los tramos que se generarían para enviar a Seguridad Social serían los siguientes:
>> Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de julio:
En el ERTE de Impedimento solo se exonerarán las cuotas pertenecientes a la base de cotización de la parte del ERTE.
Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de Seguridad Social de Empresa:
- 1 al 19 de julio ERE Total: Base 810,00 euros x 33,60% (coste SS Empresa) = 272,16 euros Importe SS Empresa
Una vez calculado el coste de Seguridad Social de Empresa, ya se puede realizar el cálculo de la exoneración de cuotas:
- 1 al 19 de julio ERE Total: en ese caso la exoneración de cuotas sería del 100% por la parte de ERTE (empresa menor de 50 trabajadores).
272,16 euros (SS empresa) x 100 % = 272,16 euros importe de la exoneración de cuotas del mes de julio
Recuerda: a través de un Resumen de nómina puedes obtener el importe total de la exoneración de cuotas para los meses de junio y julio, Ver artículo.
Ejemplo 3- Trabajador que tiene un ERTE de Impedimento que se prorroga hasta el 3 de junio y el día 4 de junio empieza un ERTE de limitación
A continuación, se detallan las siguientes características en el ejemplo:
- Empresa de menos de 50 trabajadores
- Anterior a junio, la empresa tenía una situación de ERTE Fuerza Mayor CNAE (Declaración responsable 067)
- A partir de junio, la empresa prorroga el ERTE de Impedimento hasta el día 3 de junio, que pasa a un ERTE de Limitación (Declaración responsable 068)
- Trabajador en situación de ERTE de suspensión en todo el periodo
- Coste de Seguridad Social de empresa 33,60%
¿Qué datos debo tener informados en la aplicación?
-
Centro de trabajo
En la pestaña “Varios” del centro de trabajo, pulsamos el botón "Fechas ERTE/ Exoneraciones" e indicamos lo siguiente:
-
Incidencias inicio y fin de Expediente de Regulación
En este caso, el trabajador tiene informada una incidencia 15- Fin de Expediente de Regulación, con fecha 2 de junio, y un nuevo inicio de ERE el día 3 de junio con la incidencia 14- Inicio Expediente Regulación.
En el apartado "Exoneración Cuotas por COVID-19" de la incidencia 14 se mostrará cumplimentado automáticamente con los datos informados en el centro de trabajo.
Para más información sobre este proceso, >>pulsa aquí
¿Cómo se generan los tramos en el fichero de bases a enviar a Siltra?
A continuación, se muestran los tramos que se generan en el fichero de bases para el mes de junio.
>> Junio
Al generar el fichero de bases del mes de junio para enviar al SILTRA, se calculan los siguientes tramos para este trabajador:
>> Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de junio:
Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de Seguridad Social de Empresa por cada tramo:
- 1 al 2 de junio ERE Total: Base 80,00 euros x 33,60% (coste SS Empresa) = 26,88 euros Importe SS Empresa
- 3 al 31 de junio ERE Total: Base 1.120,00 euros x 33,60% (coste SS empresa) = 376,32 euros Importe SS Empresa
Una vez calculado el coste de Seguridad Social de Empresa, ya se puede calcular la exoneración de cuotas correspondiente:
- 1 al 2 de junio ERE Total: en este caso, la exoneración de cuotas sería del 100 % por la parte de ERTE de impedimento:
26,88 euros (SS empresa) x 100% = 26,88 euros
- 3 al 30 de junio ERTE Total limitación: en este caso, la exoneración de cuotas sería del 85% al ser un ERTE de limitación (empresa de menos de 50 empleados):
376,32 euros (SS empresa) x 85% = 319,87 euros
Importe Total de la exoneración de cuotas:
26,88 euros + 319,87 euros = 346,75 euros de exoneración de cuotas por COVID-19 en el mes de junio
Recuerda: a través de un Resumen de nómina puedes obtener el importe total de la exoneración de cuotas, Ver artículo
Artículos relacionados:
Puedes consultar la normativa legal aplicable a los ERTEs durante los meses anteriores a junio de 2021, así como ejemplos prácticos del cálculo de la exoneración de cuotas en trabajadores con ERTEs derivados de COVID-19 anteriores a junio de 2021, accediendo a los siguientes artículos:
-
- Ejemplos prácticos sobre el cálculo de exoneración de cuotas en trabajadores con ERTEs derivados de COVID-19 a partir de febrero de 2021
- Ejemplos prácticos de exoneraciones de cuotas de trabajadores en ERTE a partir de octubre y hasta enero 2021
- Ejemplos prácticos de exoneración de cuotas de trabajadores en ERTE en los meses anteriores a octubre de 2020