Ejemplos prácticos sobre el cálculo de exoneración de cuotas en trabajadores con ERTEs derivados de COVID-19 en meses anteriores a octubre 2020

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Referencia Legal

Con el objetivo de reactivar de manera progresiva la economía, se han publicado los siguientes cambios legales:

 

En el Real Decreto-Ley 24/2020 se publican los nuevos tipos de exoneración de cuotas aplicables en los meses de julio, agosto y septiembre para ERTEs exonerados (ERTEs por fuerza mayor total o parcial ya existentes, ERTES ETOP ya iniciados con anterioridad al 26/6/2020 o posteriores a un ERTE de Fuerza Mayor, y para las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad por la adopción de nuevas restricciones o medidas de contención (rebrotes COVID-19).

Además, se estable que las empresas deben comunicar a la Tesorería general de la Seguridad Social los CCC´s en situación de ERTE, en los meses julio, agosto y septiembre, mediante la declaración responsable correspondiente a su situación

  • Declaración responsable Fuerza Mayor -FM-: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 059
  • Declaración responsable Fuerza Mayor Total: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 058
  • Declaración responsable ETOP a 26-06-2020: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 060
  • Declaración responsable ETOP a posterior a FM: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 061
  • Declaración responsable Fuerza Mayor por nuevas restricciones: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 062

 

A continuación, te relacionamos un cuadro de los porcentajes de exoneración aplicar según el tipo de ERTE y el mes correspondiente:

 

     
Declaración Responsable Fuerza Mayor Total
(Causa Peculiaridad Cotización 058)

 

Declaración Responsable Fuerza Mayor Parcial
(Causa Peculiaridad Cotización 059)
Declaración Responsable ETOP a 26/06/2020
(Causa Peculiaridad Cotización 060)
Declaración Responsable ETOP a posterior a "FM"
(Causa Peculiaridad Cotización 061)

 

 

Declaración Responsable Fuerza Mayor por nuevas restricciones (REBROTE)
(Causa Peculiaridad Cotización 062)
     

ERE

Valores inactividad: V, W, X

Activos

Valores inactividad:
R, S, A3, A4, A9, B1, B6, B7

ERE

Valores inactividad:
V, W, X, Y, U, E, A1, F, A2, G, A5, A6, A7, A8, B2, B3, B8, B9

ERE

Valores inactividad:
B4, B5

 

Empresas menos de 50 trabajadores 100% Mayo 100%  85% 60% -
Junio 100% 70% 45% -
Julio 70% 60% 35% 80%
Agosto 60% 60% 35% 80%
Septiembre 35% 60% 35% 80%
 
Empresas más de 50 trabajadores 75% Mayo 75% 60% 45% -
Junio 75% 45% 30% -
Julio 50% 40% 25% 60%
Agosto 40% 40% 25% 60%
Septiembre 25% 40% 25% 60%

 

A continuación, te relacionamos unos ejemplos prácticos con el cálculo de la exoneración de cuotas a partir del cambio legal publicado en el R.D.-ley 18/2020 en empresas que inicie una situación de fuerza mayor parcial, es decir, reincorpore a parte de su plantilla a la actividad ya sea de manera total o parcial:

 


Ejemplo 1- Trabajador en situación de ERTE de suspensión por fuerza mayor, que inicia un ERTE de reducción de jornada

Se detallan las siguientes características en el ejemplo:

  • Empresa de menos 50 empleados
  • La declaración responsable (CPC59) se realiza con FECHA DESDE 25-05-2020.
  • Trabajador en situación de ERTE de suspensión por fuerza mayor con la exoneración del 100%, y que, el día 25 de mayo comienza un ERTE de reducción de jornada al 50%.
  • Se comunica a la Seguridad social el movimiento de afiliación MIN del trabajador con el valor de inactividad: “S”
  • Coste de Seguridad Social de empresa 32,50%

 ¿Qué datos debo tener informados en la aplicación?
  • Centro de trabajo   

Desde la pestaña “Varios” del centro de trabajo pulsamos el botón "Fechas ERTE/ Exoneraciones" he indicamos lo siguiente:

ejemplo_exoneracion_erte

 

  • Incidencias inicio y fin de expediente de regulación

En este caso el trabajador tiene informada una incidencia 15- Fin de Expediente de Regulación con fecha 24 de mayo y un nuevo inicio de ERE el día 25 de mayo con la incidencia 14- Inicio Expediente Regulación, con la opción “Desempleo Parcial” y un porcentaje de jornada en ERE del 50%.

El apartado "Exoneración Cuotas por COVID-19" se mostrará cumplimentado automáticamente de los datos informados en el centro de trabajo.

incidencia_inicio_ere

Para ampliar información, pulsa aquí.

 

Imagen que contiene tabla

Descripción generada automáticamente ¿Cómo se generan los tramos en el fichero de bases a enviar a Siltra?

A continuación se muestran los tramos que genera en el fichero de bases para los meses de mayo y junio:

Mayo

Al generar el fichero de bases del mes de mayo para enviar al SILTRA se calculan los siguientes tramos en el mes de mayo para este trabajador:

 

Imagen que contiene tabla

Descripción generada automáticamente Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de Mayo:

Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de seguridad social empresa por cada tramo:

  • 1 al 24 de mayo ERE Total:  Base 805 x 32,50% (coste SS empresa) = 261,63 euros, importe SS empresa
  • 25 al 31 de mayo ERE Parcial: Base 122,50 x 32,50% (coste SS empresa) = 39,81 euros importe SS empresa
  • 25 al 31 de mayo Alta Parcial: Base 209,72 x 32,50% (coste SS empresa) = 68,16 euros, importe SS empresa


Una vez calculado el coste de seguridad social empresa por cada tramo, ya se pueden calcular los porcentajes de exoneración correspondientes a cada tramo:

  • 1 al 24 de mayo ERE Total: como la empresa es menor a 50 trabajadores se aplicaría la exoneración de cuotas del 100%, es decir 261,63 euros
  • 25 al 31 de mayo ERE Parcial: en ese caso la exoneración de cuotas sería del 60% por la parte de ERTE que esta de reducción de jornada, porque es una empresa de menos de 50 empleados.

39,81 euros (SS empresa) x 60% = 23,89 euros

  • 25 al 31 de mayo Alta Parcial:  por la parte trabajada se aplicaría una exoneración de cuotas del 85%, porque es una empresa de menos de 50 empleados.

68,16 euros (SS empresa) x 85% = 57,94 euros

Importe Total de la exoneración de cuotas:  261,63 + 23,89 + 57,94 = 343,46 euros de exoneración de cuotas por COVID-19 en el mes de Mayo.

 

Junio

En el mes de junio el trabajador ha estado todo el mes con un ERTE de reducción al 50 de jornada. Los tramos que se generarían para enviar a Seguridad Social serían los siguientes:

 

Imagen que contiene tabla

Descripción generada automáticamente Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de Junio:

Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de seguridad social empresa por cada tramo:

  • 1 al 30 de junio ERE Parcial: Base 525 euros x 32,50% (coste SS empresa) = 170,63 euros, importe SS empresa
  • 1 al 30 de junio Alta Parcial: Base 625 euros x 32,50% (coste SS empresa) = 203,13 euros, importe SS empresa


Una vez calculado el coste de seguridad social empresa por cada tramo, ya se pueden calcular la exoneración de cuotas correspondiente a cada tramo:

  • 1 al 30 de junio ERE Parcial: en ese caso la exoneración de cutoas sería del 45% por la parte de ERTE que esta de reducción de jornada (empresa menor de 50 trabajadores)

170,63 euros (SS empresa) x 45% = 76,78 euros

  • 1 al 30 de junio Alta Parcial: en ese caso la exoneración de cutoas sería del 70% por la parte trabajada (empresa de menos de 50 empleados)

203,13 euros (SS empresa) x 70% = 142,19 euros


Importe Total de la exoneración de cuotas: 
76,78 + 142,19 = 166,08 euros de exoneración de cuotas por COVID-19 en el mes de Junio


Recuerda que…

A través de un Resumen de nómina puedes obtener el importe total de la exoneración de cuotas para los meses de mayo y junio, Ver documento.

 

 

Ejemplo 2: Trabajador en situación de ERTE de suspensión por fuerza mayor, que se reincorpora a su actividad laboral a jornada completa

Se detallan las siguientes características en el ejemplo:

  • Empresa de menos 50 empleados
  • La declaración responsable (CPC59) se realiza con FECHA DESDE 13-05-2020.
  • Trabajador en situación de ERTE de suspensión por fuerza mayor con la exoneración de cuotas del 100%, que se reincorpora a trabajar el día 25 de mayo a jornada completa.
  • Movimiento de afiliación MIN- Movimiento de inactividad con el valor “R” a Seguridad Social
  • Coste de Seguridad Social de empresa 32,50%.

 

 ¿Qué datos debo tener informados en la aplicación?

  • Centro de trabajo

Desde la pestaña “Varios” del centro de trabajo pulsamos el botón "Fechas ERTE/ Exoneraciones" he indicamos lo siguiente:

ejemplo_dos_exoneracion_erte

  • Incidencias inicio y fin de expediente de regulación

En este caso el trabajador, deberá tener informado una incidencia 15- Fin de Expediente de Regulación con fecha 24 de mayo, ya que, el día 25 de mayo se reincorpora a su puesto de trabajo.


Para más información como incorporar totalmente un trabajador a su puesto de trabajo, pulsa aquí.

 

Imagen que contiene tabla

Descripción generada automáticamente ¿Cómo se generan los tramos en el fichero de bases a enviar a Siltra?

A continuación se muestran los tramos que genera en el fichero de bases para los meses de mayo y junio:

Mayo

Al generar el fichero de bases del mes de mayo para enviar al SILTRA se calculan los siguientes tramos para este trabajador:

 

* Se realiza una partición de tramos con fecha 13 de mayo, ya que, la empresa realiza la comunicación de la declaración responsable para ese CCC con fecha 13 de mayo.

 

Imagen que contiene tabla

Descripción generada automáticamente Cálculo de la exoneración de cuotas el mes de mayo:

Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de seguridad social empresa por cada tramo:

  • 1 al 12 de mayo ERE Total:  Base 420 x 32,50% (coste SS empresa) = 136,50 euros, importe SS empresa
  • 13 al 24 de mayo ERE Total: Base 385 x 32,50% (coste SS empresa) = 125,13 euros importe SS empresa
  • 25 al 30 de mayo Alta:  Base 336,10 x 32,50% (coste SS empresa) = 109,23 euros importe SS empresa


Una vez calculado el coste de seguridad social empresa por cada tramo, ya se pueden calcular la exoneración de cuotas correspondientes a cada tramo:

  • 1 al 12 de mayo ERE Total: en ese caso es el tramo de antes de la declaración responsable, y como la empresa es menor a 50 de empleados se le aplicaría una exoneración de cuotas del 100%, es decir, los 136,50 euros

  • 13 al 24 de mayo ERE Total: en este tramo de ERTE Total, ya se ha presentado la declaración responsable a la SS por este CCC, y como es una empresa se menos de 50 empleados se aplicaría una exoneración de cuotas sería del 60%:

125,13 euros (SS empresa) x 60% = 75,08 euros

  • 25 al 31 de mayo Alta: en este tramo de alta del trabajador que ya se ha reincorporado tendrá una exoneración en el mes de mayo del 85%.

109,23 euros (SS empresa) x 85% = 92,85 euros


Importe Total de la exoneración de cuotas:  136,50 + 75,08 + 92,85 = 304,43 euros de exoneración de cuotas por COVID-19 en el mes de Mayo.

Junio

Al generar el fichero de bases del mes de junio para enviar al SILTRA se calculan los siguientes tramos para este trabajador:

Imagen que contiene dibujo

Descripción generada automáticamente En el mes de junio el trabajador está todo el mes de alta sin ninguna peculiaridad.

 

Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de Junio

Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de seguridad social empresa por cada tramo:

  • 1 al 30 de junio Alta: Base 1166,66 x 32,50% (coste SS empresa) = 379,16 euros importe SS de empresa


Una vez calculado el coste de seguridad social empresa por cada tramo, ya se pueden calcular la exoneración de cuotas correspondientes a cada tramo:

  • 1 al 30 de junio Alta:  en este tramo que el trabajador esta de alta en el mes junio la exoneración de cuotas sería del 70%, ya que la empresa es menor de 50 empleados.

379,16 euros (SS empresa) x 70% = 265,41 euros de exoneración de cuotas en el mes de junio

 

Recuerda que…
A través de un Resumen de nómina puedes obtener el importe total de la exoneración de cuotas para los meses de mayo y junio, Ver documento.

 

Ejemplo 3: Trabajador en situación de ERTE de suspensión por fuerza mayor, que se reincorpora a su actividad laboral a jornada completa, y la fecha declaración responsable es posterior

Se detallan las siguientes características en el ejemplo:

  • Empresa de menos 50 empleados
  • La declaración responsable (CPC59) se realiza con FECHA DESDE 13-05-2020.
  • Trabajador en situación de ERTE de suspensión por fuerza mayor con la exoneración del 100%, que se reincorpora a trabajar el día 4 de mayo a jornada completa.
  • Movimiento de afiliación MIN- Movimiento de inactividad con el valor “R” a Seguridad Social
  • Coste de Seguridad Social de empresa 32,50%

 

 ¿Qué datos debo tener informados en la aplicación?

  • Centro de trabajo

Desde la pestaña “Varios” del centro de trabajo pulsamos el botón "Fechas ERTE/ Exoneraciones" he indicamos lo siguiente:

ejemplo_dos_exoneracion_erte

 

  • Incidencias inicio y fin de expediente de regulación

En este caso el trabajador, deberá tener informado una incidencia 15- Fin de Expediente de Regulación con fecha 3 de mayo, ya que, el día 4 se reincorpora a su puesto de trabajo a jornada completa.


Para más información como incorporar totalmente un trabajador a su puesto de trabajo, pulsa aquí.

 

Imagen que contiene tabla

Descripción generada automáticamente ¿Cómo se generan los tramos en el fichero de bases a enviar a Siltra?

A continuación se muestran los tramos que genera en el fichero de bases para los meses de mayo y junio:


Mayo

Al generar el fichero de bases del mes de mayo para enviar al SILTRA se calculan los siguientes tramos para este trabajador:


Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de Mayo:

Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de seguridad social empresa por cada tramo:

  • 1 al 3 de mayo ERE Total:  Base 70 x 32,50% (coste SS empresa) = 22,75 euros, importe SS empresa
  • 4 al 31 de mayo ERE Total: Base 1094.44 x 32,50% (coste SS empresa) = 355,69 euros importe SS empresa


Una vez calculado el coste de seguridad social empresa por cada tramo, ya se pueden calcular la exoneración de cuotas correspondientes a cada tramo:

  • 1 al 3 de mayo ERE Total: en este tramo como la empresa es menor a 50 de empleados se le aplicaría una exoneración de cuotas del 100%, es decir, los 22,75 euros

  • 4 al 31 de mayo Alta: en este tramo de alta, como indica en la corrección de errores anteriormente mencionada se aplicaría las exoneraciones establecidas en el Real Decreto Ley 18/2020.

Como el trabajador esta en alta y es una empresa menor de 50 empleados se aplicaría una exoneración de cuotas del 85% en el mes de mayo.

355,69 euros (SS empresa) x 85% = 302,34 euros

  • Importe Total de la exoneración de cuotas:  22,75 + 302,34= 325,09 euros de exoneración de cuotas por COVID-19 en el mes de Mayo.

Imagen que contiene tabla

Descripción generada automáticamenteNota aclaratoria sobre el cálculo de la exención de cuotas en estos casos:

Según establece el Boletín de Noticias RED 13/2020, del 28 de mayo, en el apartado “Corrección de errores de los Boletines de Noticias RED 11/2020 y 12/2020”:

El último ejemplo del ANEXO III del BOLETÍN DE NOTICIAS 11/2020 es erróneo, conforme a lo establecido en el BNR 12/2020, por lo que no debe considerarse a ningún efecto. Se modifica el primer párrafo del apartado ACLARACIONES AL BOLETÍN DE NOTICIAS correspondiente al BNR 12/2020: “Por las personas trabajadoras que se han reactivado entre el 1 y el 12 de mayo de 2020, en empresas que se encuentren en situación de fuerza mayor parcial el 13 de mayo de 2020, conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 1 del Real Decreto-ley 18/2020, resultarán de aplicación las exenciones de la cotización previstas en el apartado 2 del artículo 4 de este Real Decreto-ley a partir del día en que se hayan reactivado

 

183739 - bright brightness high outlin Por tanto, en nuestro ejemplo, como el trabajador se reincorporó a la actividad antes la fecha de publicación del RDL 18/2020, se aplicarán las exenciones del apartado 2 del artículo 4 de dicho RDL 18/2020.

 

Junio

Al generar el fichero de bases del mes de junio para enviar al SILTRA se calculan los siguientes tramos para este trabajador:

Imagen que contiene dibujo

Descripción generada automáticamente En el mes de junio el trabajador esta todo el mes de alta sin ninguna peculiaridad.


 Cálculo de la exoneración de cuotas del mes de Junio:

Para calcular la exoneración de cuotas, primero hay que calcular el coste de seguridad social empresa por cada tramo:

  • 1 al 30 de junio Alta: Base 1166,66 x 32,50% (coste SS empresa) = 379,16 euros importe SS de empresa


Una vez calculado el coste de seguridad social empresa por cada tramo, ya se pueden calcular la exoneración correspondientes a cada tramo:

  • 1 al 30 de junio Alta:  en este tramo que el trabajador esta de alta en el mes junio la exoneración de cuotas sería del 70%, ya que la empresa es menor de 50 empleados.

379.16 euros (SS empresa) x 70% = 265,41 euros de exoneración de cuotas en el mes de junio

 

Recuerda que…
A través de un Resumen de nómina puedes obtener el importe total de la exoneración de cuotas para los meses de mayo y junio, Ver documento.

 

 

 

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