Error R9632 en trabajadores con ERTE que durante este proceso causan baja por IT

Aplica a: a3ASESOR | nom

 

Si un trabajador se encuentra en situación de ERTE por suspensión o reducción y, posteriormente, inicia una IT, al leer las respuestas de SILTRA aparecen discrepancias solicitando el tramo de IT.

 

> ¿Cómo debemos proceder para solventar las discrepancias?

Según las instrucciones del Boletín Noticias RED 08/2020 y el Boletín Noticias RED 10/2020, debes solicitar a la TGSS, a través del nuevo servicio que ha proporcionado la Seguridad Social de atención al autorizado, CASIA, que regularice esta situación en su sistema:

Si la situación de baja médica, suspensión de contrato por nacimiento y cuidado de menor, o riesgo durante el embarazo o lactancia natural de la persona trabajadora se inicia con posterioridad a su inclusión en el ERTE, es necesario que la TGSS regularice las peculiaridades para posibilitar el cálculo de la exoneración por estos trabajadores incluidos en el ERTE COVID 19. Para ello, deberán solicitar dicha regularización a través del nuevo servicio de atención al autorizado, CASIA, seleccionando el trámite Afiliación, altas y bajas / Var. datos trabajadores cuenta ajena / ERE. Situaciones Especiales y 406. Una vez efectuada la regularización por parte de la TGSS, se aplicarán las peculiaridades 1708 y 3757 para ERTE de suspensión y 1808 y 1557 para los casos de ERTE de reducción de jornada.”

 

Una vez la Seguridad Social te notifique que han regularizado la situación:

  • Solicita el IDC para verificar que es así.
  • Vuelve a enviar el fichero de bases a través de SILTRA.

 

Veamos un ejemplo

Trabajador en ERTE por reducción del día 1 al 30 de abril, y el día 23 de abril empieza una I.T..

En el fichero de respuesta que remite SILTRA, nos devuelve el siguiente mensaje de error:

R9632 - Los datos transmitidos no superan las validaciones. Deben presentarse nuevamente todos los datos de ese trabajador

R9502 - Dato solicitado proporcionado no requerido o erróneo

  • Tipo de Dato: H | Código: 05 | Valor: 700
  • Tipo de Dato: C | Código: 536 | Valor: 236,93
  • Tipo de Dato: C | Código: 636 | Valor: 236,93

 

Verificamos en la aplicación y en el IDC que los tramos que estamos enviando son los mismos que nos está reclamando SILTRA en el tramo del 23/04/2020 al 30/04/2020.

 

tramos periodo a3nom

 

IDC

 

 

En este caso, para solucionarlo, siempre y cuando se dé primero la situación de ERTE de reducción y, posteriormente, la I.T., deberás solicitar a la TGSS, a través del nuevo servicio de atención al autorizado, CASIA, que regularice esta situación en sus sistemas.

 

 

 

 

 

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