Cuándo actúa y qué función tiene cada indicador del cálculo de la Paga de Atrasos
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Al calcular la Paga de Atrasos, nos encontramos con diferentes indicadores que podemos marcar o desmarcar y permite establecer condiciones o particularidades que afectan directamente sobre los cálculos de la paga de atrasos.
Calcular Trabajadores finiquitados:
- Activado: calcula atrasos de pagas mensuales y extras de aquellos trabajadores que han causado baja en la empresa durante el periodo de devengo.
- Desactivado: no calculará la paga de atrasos de aquellos trabajadores que tengan informada fecha de baja en su ficha.
Admitir Atrasos Negativos a Nivel de Concepto:
- Activado: significa que, si la diferencia entre el importe que debería haber cobrado el trabajador y el que cobró, resulta ser negativa, no se anulará el importe del concepto de cobro, sino que se emitirá esa cantidad negativa.
- Desactivado: no se admiten resultados negativos a nivel de concepto, por lo tanto en caso de darse esta situación, la diferencia a percibir aparecerá en blanco
Admitir Atrasos Negativos a Nivel de "Total a Cuenta"
- Activado: si el importe anticipado en el concepto "A cuenta Convenio" es superior al bruto resultante de la subida, el importe líquido a pagar de los atrasos finalmente será negativo.
- Desactivado: si la suma total del importe anticipado en el concepto "A cuenta de Convenio", es inferior al bruto resultante de la subida, llevará el mismo valor del bruto al concepto 700.
Considerar cambio de categoría:
- Activado: el indicador “Considerar Cambios de Categoría”: el cálculo de los atrasos se realiza según la categoría que ha quedado grabada en el Histórico para el trabajador, tomándose como importes de cobro actuales, los que existan en el convenio para esa categoría.
Si la categoría que el trabajador tiene en el Histórico no existe actualmente en el convenio, se tomarán como importes de cobro los que el trabajador tenga informados en su ficha.
- Desactivado: el cálculo de los atrasos tomará como importes de cobro actuales, los definidos en ese momento en la ficha del trabajador.
Calculo del complemento a liquido/Bruto según importe actual
- Activado: para el cálculo de los atrasos de convenio, se toma como importe deseado para complemento a Líquido/ Bruto, el que está definido en la ficha del trabajador.
- Desactivado: se toma como importe deseado para el complemento a Líquido/ Bruto, el que está definido en la pantalla de conceptos del Histórico de Cobro (en el apartado "Importe deseado").
Desglose por conceptos
- Activado: el resultado del cálculo de los atrasos de convenio se emite concepto a concepto, es decir, que en la hoja de salario se podrán visualizar las diferencias de todos los conceptos.
- Desactivado: en este caso, aparecerá la casilla "Código de Concepto Agrupador" en el que deberás de informar el concepto en el cual se acumularán todas las diferencias de los conceptos calculados en la paga de atrasos.
En el desglose de los atrasos aparecerán las diferencias de todos los conceptos, pero en el Histórico de Cobro tan sólo el concepto agrupador. Si durante el devengo de los atrasos hay situación de cobro de prestación de IT, esta no se verá reflejada en el resumen de nómina al utilizar en los atrasos un concepto agrupador, y por lo tanto visualizaras una diferencia con el calculo enviado a TGSS.
Calcular sólo con incidencia 27 informada
- Activado: esta opción permite realizar la selección a nivel de empresa o centro, pero calculará la paga de atrasos sólo aquellos trabajadores que tengan informado la incidencia “27 – Cptos.Var.Atrasos a repartir en dev.”
- Desactivado: al seleccionar a nivel de empresa o centro, calculará atrasos a todos los trabajadores, ya sean de forma automática o por incidencia 27.
Exigibilidad IRPF
- Según Año de Cobro (%IRPF Actual): Al calcular los atrasos del año anterior aplica el porcentaje de I.R.P.F. que hay en la ficha del trabajador.
Con esta opción, estos atrasos formarán parte del bruto cobrado en el año en curso, de forma que, al calcular la Previsión de IRPF, tiene en cuenta los importes de los atrasos. Y además, al realizar el modelo 190 y el Certificado de Ingresos y Retenciones aparece sumado a los ingresos brutos y no en el apartado correspondiente a los atrasos de convenio. - Según Año de Devengo (15%IRPF): al calcular los atrasos del año anterior aplica un 15% de IRPF sobre las diferencias de los conceptos.
En este caso, el importe de la paga de atrasos no forma parte del bruto cobrado en el año en curso, y por lo tanto, no se tiene en cuenta para la regularización del IRPF.
En el modelo 190 y en el Certificado de Ingresos y Retenciones aparece en un registro aparte, con el año de devengo de los atrasos.