Cómo gestionar la reactivación a la actividad de la empresa

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Con el objetivo de reactivar de manera progresiva la economía, se han publicado los siguientes cambios legales:

Referencia Legal

Cuando una empresa incorpora a la actividad algún trabajador o a todos, o bien, por un porcentaje de la jornada, por días alternos, días alternos con jornada completa y parcial, etc., deben realizarse una serie de acciones.

 

Procesos a seguir para gestionar los ERTE fuerza mayor parcial (Causa Peculiaridad Cotización 059)

183604 - arrow cloud outline up upload 1) Presentación de la declaración responsable

Las empresas deben comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social los CCC en situación de fuerza mayor parcial derivada del Covid-19, desde el momento en el que las causas reflejadas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020 permitan la recuperación parcial de su actividad.

Esta comunicación debe realizarse de forma online a través de Sistema RED, mediante la opción “Anotación resto de peculiaridades” dentro de la funcionalidad “Anotación causa peculiaridades de cotización en CCC”. Informando la causa de peculiaridad:

  • Declaración responsable Fuerza Mayor Parcial: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN (059)

 

183845 - computer laptop notebook outl 2) Informar la fecha de reactivación de la actividad

Las empresas con situaciones de ERTE de fuerza mayor parcial derivado de COVID-19 (causa peculiaridad cotización 059), deben informar a nivel de centro la fecha de reactivación de la actividad.

Para ello, desde la pestaña “Varios” de la ficha del centro de trabajo accede al botón "Fechas ERTE/Exoneraciones". Desde este apartado deberás activar el indicador “ERTE fuerza mayor parcial COVID-19 (Declaración responsable 059)” e informar las fechas de reactivación de la actividad (fecha que debe de coincidir con la de la declaración responsable).

desafectacion parcial

A tener en cuenta…
La fecha de inicio de ERTE de fuerza Mayor Parcial derivado de COVID-19 informada en el centro de trabajo debe coincidir con la fecha comunicada a la Tesorería de la Seguridad Social a través de la declaración responsable. En cambio, puedes informar el día 30/09/2020 como fecha fin, a la espera que pudieran producirse situaciones que modificasen esta fecha fin.

 

183845 - computer laptop notebook outl 3)  Informar la reincorporación total o parcial a la actividad de los trabajadores y sus movimientos de afiliación

*     Si los trabajadores se reincorporan a la actividad de manera total, tendrás que informar la incidencia 15 – Fin Expediente de Regulación, y desde la propia incidencia podrás realizar el movimiento de afiliación para comunicar esta situación a Seguridad Social con el valor de inactividad:

    • R - Trab. Activo total proc. Susp. ERE Covid-19: Trabajadores que pasen de una situación de suspensión de su contrato de trabajo o de reducción de jornada a una situación de actividad total.

En el siguiente documento te indicamos todo el proceso:

 

*     Si los trabajadores se reincorporan a su actividad de manera parcial deberás seguir los pasos que se detallan en los siguientes documentos para realizar el movimiento de afiliación para comunicar esta situación a Seguridad Social con el valor de inactividad:

    • S - Trab. Activo parcial proc. Susp. ERE.Covid-19: Trabajadores que pasen de una situación de suspensión de su contrato de trabajo o de reducción de jornada a una situación de actividad parcial.

En los siguientes documentos te indicamos los procesos:

 

276542%20-%20keyboard%20outline%20type 4)  Comunicación al SEPE de las modificaciones en las medidas del ERTE o de la finalización de este

El SEPE en su propia Web tiene publicada una serie de guías para ayudarte en la gestión de estas situaciones:

Comunicación de modificaciones ERTE:
Comunicación de bajas de prestaciones ERTE:

  

183708 - cog gear options outline pref 5) Aplicar nuevas exoneraciones Real Decreto Ley 18/2020 y recalculo de nómina

En su artículo 1, el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo establece la diferenciación entre las situaciones de ERTE fuerza mayor Total y Parcial derivados del COVID-19.

Asimismo, se indican los porcentajes de exoneraciones de cuotas para los meses de mayo y junio para empresas con Expedientes de Regulación de Empleo de Fuerza Mayor derivados de COVID-19 que pasen a tener la consideración de ERTE fuerza mayor Parcial COVID-19, y en el Real Decreto Ley 24/2020, se amplia las exoneraciones de cuotas para este tipo de ERTEs hasta el 30 de septiembre.

Te indicamos a través de las siguientes tablas como serían los porcentajes de aplicar de la exoneración según las diferentes situaciones de ERTE fuerza mayor Parcial:

desescalada covid19


Una vez informado en el Centro de trabajo la Declaración Responsable, si la nómina ya estaba calculada, tendrás que recalcular para que se tenga en cuenta correctamente los importes de las exoneraciones. 


El recálculo de las nóminas afectará a los costes de empresa pero no variará el importe de las nóminas siempre que no se haya realizado otra modificación. Es recomendable realizar el recálculo mediante la Paga Diferencias, puesto que de esta manera se pueden verificar cambios en la nómina al generarse un concepto con las diferencias.

 

276604 - accept account check ok outli 6) Seguros Sociales y lectura de respuesta de Siltra

Al generar los Seguros Sociales de estos trabajadores que están en situación de ERTE de fuerza mayor parcial, automáticamente la aplicación, una vez recalculada la paga (aconsejable Paga de diferencia), partirá tramos para distinguir en cada tramo del trabajador el porcentaje de exoneración que se le debe de aplicar.

A través del siguiente documento se relacionan ejemplos prácticos del cálculo de la exoneración de cuotas y cómo se generan los tramos en el fichero de bases de trabajadores que se reincorporan a su actividad laboral. Ver documento.


Recuerda que…

Puedes comprobar el importe de la exoneración de cuotas por ERTE (COVID-19) listando un Resumen Nomina. A través del siguiente documento te explicamos el proceso a seguir. Ver documento

 

 

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