Cálculo del embargo salarial por ejecución hipotecaria

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Según establece el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios:

“En primer lugar, con el fin de moderar el impacto negativo de la crisis económica sobre los ciudadanos más vulnerables y, en particular, sobre aquellos con cargas familiares, se eleva el umbral de inembargabilidad cuando el precio obtenido por la venta de la vivienda habitual hipotecada en un procedimiento de ejecución hipotecaria sea insuficiente para cubrir el crédito garantizado. Si bien, con carácter general, el mínimo inembargable de cualquier deudor coincide con el salario mínimo interprofesional (SMI) a partir de este real decreto-ley y, exclusivamente, para los deudores hipotecarios que han perdido su vivienda habitual, se eleva ese mínimo hasta el 150% del SMI y un 30% adicional por cada familiar de su núcleo que no perciba ingresos superiores a dicho SMI”.

 

Explicación del Proceso

Para informar un embargo salarial por ejecución hipotecaria, en la incidencia "28- Embargo Salarial" deberás marcar el indicador "Aplicar Embargo Vivienda Habitual Hipotecada".

Al activar este indicador, además, se habilitará el campo denominado "Miembros núcleo familiar" que, de forma automática, muestra el número de ascendientes, descendientes, y cónyuge a cargo del trabajador.

 

A tener en cuenta…

1) El número de miembros del núcleo familiar se actualiza automáticamente en función de las previsiones de IRPF calculadas al trabajador. No obstante, puedes modificarlo manualmente prevaleciendo, en estos supuestos, el dato informado en la incidencia.

2) En el caso de las Diputaciones Forales, como los datos de ascendientes y descendientes no se recogen en la previsión de IRPF, el campo "Miembros núcleo familiar" deberá informarse siempre manualmente.

3) En los casos en los que se informe este dato de forma manual deberás controlar si el número de personas del núcleo familiar varía para modificar esta información.

 

Veamos un ejemplo

Trabajador con embargo por ejecución hipotecaria de 5.000 euros y 1 miembro en el núcleo familiar:

  • Líquido de la nómina sin embargo = 1445,77 euros
  • SMI 2018 = 735,90 euros

 

Como hemos informado 1 miembro en el núcleo familiar, el porcentaje inembargable sería 150% + 30% = 180% del SMI

735.90 x 180% = 1324,62 euros

 

De esta forma, desarrollando el cálculo:

1445,77 – 1324,62 = 121,15  x 30% = 36,35 euros a embargar

 

 

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