¿Cómo se calcula la base reguladora de ERTE para un trabajador tiempo parcial a horas o a días?
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Cómo se calcula la base reguladora de ERTE en trabajadores a tiempo parcial
Según lo indicado en el Boletín de Noticias RED 08/2020, de 15 de abril, en los que unifica criterios entre cotización y base reguladora de desempleo, la base de cotización durante los períodos de suspensión del contrato se calculará en función de los días naturales del periodo. Esta modificación afectará a trabajadores a tiempo parcial definidos por días u horas.
A partir de la actualización de la versión 5.27.18, de 27 de abril, el cálculo de las nóminas se ajustarán al criterio fijado por el boletín respecto al cálculo de la base de cotización en periodos de suspensión de contrato (ERTE).
Por lo que, en el caso de los trabajadores a tiempo parcial a días u horas, el cálculo de la base de cotización se realizará en base a los 180 últimos días naturales (N). Hasta ahora, se realizaba en base a los 180 últimos días efectivamente trabajados (días L).
Importante:
1.- Para obtener la base reguladora se sumarán las bases de cotización correspondientes a los 180 últimos días naturales anteriores al inicio de ERTE y se dividirán entre 180. Posteriormente, para obtener la base de cotización del periodo de ERTE, se multiplicarán por los días naturales que permanezca en dicha situación.
2.- El nuevo cálculo se aplicará a todas las nóminas calculadas a partir de esta actualización, independientemente de que se recalcule la nómina del mes en que se introdujo la incidencia 14 de inicio del ERE. Para el cálculo de la nueva BR se tendrá en cuenta la base de los 180 días N anteriores al inicio real del ERE.
¿Tengo trabajadores afectados por este cambio?
Si tienes trabajadores a tiempo parcial a horas o días, la base de cotización se calculará teniendo en cuenta los 180 últimos días naturales, trabajados antes de la fecha de la suspensión de contrato por ERTE.
Cómo proceder para aplicar el nuevo criterio en las nóminas ya calculadas de los trabajadores afectados
En los casos que tengas calculadas las nóminas de trabajadores a tiempo parcial a horas/ días, para aplicar el nuevo criterio deberías recalcularlas.
¿En qué me afectaría el recálculo de la nómina?
- Marzo 2020: Si tenemos trabajadores en bases máximas, al ser un mes de 31 días, si recalculamos la nómina su base de cotización variará, en consecuencia también la nómina. Por esta razón se recomienda no recalcular la nómina de este mes.
- Abril 2020: El recálculo de la nómina de abril no modificará los importes calculados en la misma, ya que, sólo afectaría a la base de cotización de la parte de ERTE.
Veamos, a través de un ejemplo, cómo se realizará a partir de ahora el cálculo de la base de cotización según los días naturales y cómo se calculaba hasta ahora en función de los días efectivos de trabajo.
- Trabajador a tiempo parcial que trabaja de LUNES A VIERNES 4 HORAS.
- ERTE comienza el 16 de marzo
Cálculo de la base de cotización correspondiente al periodo de ERTE de trabajadores a tiempo parcial días u horas:
En base a los días naturales (nuevo criterio)
- Base reguladora:
- Base cotización periodo de ERTE (16-31 de marzo): Base reguladora * 16 (días naturales)
En base a los días efectivos de trabajo (anterior criterio)
- Base reguladora:
- Base cotización periodo de ERTE (16-31 de marzo): Base reguladora * 11 (*) (días realmente trabajados en el periodo)
Las diferencias entre el criterio por días efectivos de trabajo y el criterio de días naturales dependerán de la distribución de la jornada de trabajo realizada, de los importes y de la fecha de comienzo del ERTE.
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