¿Qué debo informar para listar el contrato por microempresas?
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IMPORTANTE: con la publicación del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, se produjo la derogación del contrato indefinido joven microempresa y empresarios autónomos y su respectiva bonificación, con efecto de 1 de Enero de 2019. Relacionado con ello, quizás te puede interesar: Tablas de contratos modificados y textos asociados eliminados, así como bonificaciones derogadas (R.D.-ley 28/2018) |
Explicación del proceso
Para listar un contrato por microempresas el trabajador deberá tener informado en su ficha lo siguiente:
- Desde el apartado “Contratos” de la ficha del trabajador, debe tener informado el contrato 100 o 200.
Además, pulsa el botón “Datos Afiliación” y desde el campo “Desempleado” selecciona la opción “1- Inscrito en Oficina de Empleo”.
- Desde el apartado “Bonificaciones” selecciona la bonificación “QC – Reducción contratación indefinida joven microempresas y autónomos (Art. 10 RDL 4/2013)”, la cual, aplicará una bonificación del 100% sobre las Contingencias Comunes durante el primer año.