a3ASESOR | her 2020.1. Correcciones
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Reducción por parentesco
- Se modifica el cálculo de la reducción por parentesco para sucesiones y consolidaciones de dominio a partir del 2019, equiparando a los colaterales afines de segundo y tercer grado (sobrinos del cónyuge) de parentesco a los colaterales (sobrinos) según sentencias del Tribunal Supremo de 2013 y 2016.
Acumulación de donaciones
- Para las autoliquidaciones inter vivos con fecha devengo igual o posterior al 01/01/2020, si existen acumulación de donaciones, el importe informado en la casilla "Importe ingresado por ISD" en Donatarios no se restaba en la casilla 22 "Deducción cuotas anteriores" del apartado 5 de la Liquidación, Cuota resultante de la autoliquidación.
Comunidad Autonoma de Catalunya
- No se calculaba correctamente la bonificación autonómica catalana para los Grupos I y II de parentesco, excepto el cónyuge, en aquellas herencias que se realizaban mediante legado para fechas de devengo igual o posterior al 01/01/2017.
Comunidad Autónoma de Aragón
- La aplicación aplicaba el coeficiente multiplicador de la última persona informada al resto de personas.
- En las donaciones no se aplicaba correctamente el límite de las reducciones (máximo de 500.000 €) a partir de la fecha de fin de devengo del 01/11/2018.