Cómo informar la adjudicación del bien entre los herederos
Aplica a: a3ASESOR | her
En la ventana Adjudicación del bien se informan los datos correspondientes a la adjudicación de los bienes no legados a los herederos.
En el campo "Heredero/donatario" seleccione la persona o personas adjudicatarias del bien. Puede aplicar la adjudicación del bien a varios herederos a la vez, para ello dispone de una serie de opciones como las de "Aplicar a todos los herederos" y "Aplicar a todos los hijos".
Tipo de reparto a utilizar
Seleccione en este apartado el tipo de reparto a utilizar en la adjudicación del bien.
Titularidad del heredero
En el apartado Titularidad del heredero informe el tipo de titularidad del heredero o herederos, es decir, en pleno dominio, nuda propiedad o usufructo.
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Pleno dominio. Derecho de gozar y disponer sin más limitaciones que las establecidas en las leyes. Reunión del derecho de usufructo y de nuda propiedad en una misma persona.
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Usufructo. Derecho real de una persona de poder usar una cosa propiedad de otra persona y disfrutarla sin alterar su sustancia, pudiendo hacer suyos los frutos.
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Usufructo vitalicio. Usufructo que se constituye por el tiempo que viva el usufructuario. Después de la muerte, se consolida con la nuda propiedad. Se considera usufructo vitalicio el que no especifica su duración.
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Usufructo temporal. Usufructo que se fija para un tiempo determinado, inferior a la vida del usufructuario.
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Derecho de uso vitalicio y temporal. El derecho real de uso es de naturaleza análoga a la del usufructo, pero con la limitación de que el beneficiario solo tiene derecho a percibir los frutos que sean suficientes para satisfacer sus necesidades y las de su familia. A diferencia del usufructuario, el usuario y el habitacionista no pueden arrendar ni traspasar su derecho. Por último, al igual que en el usufructo, el derecho de uso y habitación puede ser temporal o vitalicio.
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Nuda propiedad: Derecho de dominio que corresponde al propietario de un bien sobre el cual una persona tiene la posesión a título de usufructo y mientras éste dure.
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Multipropiedad: Aprovechamiento por turno de bienes inmuebles.
Una vez informados todos los datos pulse el botón . Accederá a la ventana Adjudicación del bien dónde se muestran los adjudicatarios del bien.
Mediante los botones ,
o
de la parte superior izquierda de la ventana, puede dar de alta, modificar o eliminar los adjudicatarios del bien.