Adaptación al Criterio de caja
Aplica a: a3ASESOR | ges
Si una empresa facturadora se acoge al “Criterio de caja” debe indicar en su factura que está acogida al Régimen Especial del criterio de Caja.
Cómo afecta a la aplicación
Desde “Datos / Empresa de facturación / Datos contables” se incorpora un indicador para que pueda informar si la empresa se acoge al criterio de caja, y también puede indicar el literal que desea que aparezca automáticamente en las facturas estándar.
En los formatos estándar se adapta automáticamente para que aparezca el literal si está acogido al criterio de caja.
En formatos de factura con formato Word diseñado por el despacho se añade una nueva variable para que pueda incorporarla en el formato.
Recuerde que también dispone de las nuevas variables:
- IBAN Banco Emisor que corresponden al banco del despacho indicado en la ficha del cliente y que se utiliza para aquellos clientes que realizan sus pagos por transferencia bancaria.
- IBAN Cliente para indicar el banco de cobro.
Si necesita generar un modelo de mandato recuerde que el campo “Bic” no es un campo obligatorio.