Versión 9.44.1 a3ASESOR | eco. Novedades

Aplica a: a3ASESOR | eco

Relación de novedades incorporadas en la versión 9.44.1 de a3ASESOR | eco:

 

Modelo 303 Estatal, Diputación de Bizkaia y Araba. Adaptación al 5% de IVA

Se adapta el modelo 303 al Real Decreto - Ley 11/2020,  que en el artículo 18 establece, con efectos desde el 1 de julio de 2022 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, el tipo impositivo reducido del IVA del 5 por ciento a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica.

A continuación, te mostramos en que casillas acumula el tipo de IVA del 5% en cada modelo.

 

Modelo 303 Estatal

iva 5 estatal

Modelo 303 de Bizkaia

iva 5 bizkaia

 

Modelo 303 de Araba

iva 5 araba

 

Modelo 300 /330 /370 Diputación de Gipuzkoa. Adaptación al 5% de IVA

Se adapta el modelo 303 al Real Decreto - Ley 11/2020,  que en el artículo 18 establece, con efectos desde el 1 de julio de 2022 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, el tipo impositivo reducido del IVA del 5 por ciento a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica.

A continuación, te mostramos en que casillas acumula el tipo de IVA del 5% en cada modelo.

 

iva 5 gipuzkoa

 

Modificación en los formatos de Pérdidas y Ganancias Normal y de Fundaciones

Se adapta la aplicación a la Orden JUS/616/2022, de 30 de junio, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.

 

Cómo afecta a la aplicación 

En el PYG normal y de fundaciones se incorporan las cuentas 6634 y 7634 en el apartado 16.a - Valor razonable con cambios en P y G.

  • 6634 - Pérdidas otros instrumentos financieros
  • 7634 - Beneficios otros instrumentos financieros

 

balance_adaptacion

 

Modelo 421. Ampliación del plazo de presentación y reducciones del segundo y tercer trimestre

Se adapta la aplicación a la ORDEN de 17 de junio de 2022, por la que se amplía el plazo de presentación de determinadas autoliquidaciones por parte de obligados tributarios con domicilio fiscal o establecimiento permanente principal en La Palma, y se fijan reducciones a aplicar al porcentaje de ingreso a cuenta correspondiente al segundo y tercer trimestre del año 2022 en el régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario, y se adoptan otras medidas tributarias.

 

Ampliación excepcional de determinados plazos de presentación de autoliquidaciones periódicas.

Para el IGIC, se amplía el plazo de presentación de los modelos trimestrales del segundo trimestre hasta el 30/09/22 y para los del tercer trimestre hasta el 02/01/2023.
 

Reducciones a aplicar al porcentaje de ingreso a cuenta correspondiente al segundo y tercer trimestre del año 2022 en el régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario.

1.- Para los módulos de IGIC de los epígrafes del anexo II de la Orden de 23 de diciembre de 2019 se aplica una reducción del 10% para el municipio de la Palma, esta reducción podrá ser del 30% en los municipios de Los Llanos de Ariadne, El Paso Tazacorte y Fuencaliente.
 
  • El cálculo se realiza igual que en el 421 del primer trimestre, leer más.
 
2.- Además, en determinadas condiciones, para los módulos de IGIC de los epígrafes del anexo II de la Orden de 23 de diciembre de 2019 en los municipios de Los Llanos de Ariadne, El Paso Tazacorte y Fuencaliente se podrá aplicar una reducción del 100%
 
  • Esta reducción es nueva, si la empresa cumple las condiciones que se detallan en la norma, tienes que modificar manualmente el modelo para aplicarse la reducción del 100%.

 

    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • 4 valoraciones: 3.8 sobre 4 de media
    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • 4 valoraciones: 3.8 sobre 4 de media

Palabras clave