Ampliación del plazo de domiciliación de autoliquidaciones del 4T del 2020 de los contribuyentes afectados por los efectos de la borrasca Filomena

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La Orden HAC/5/2021, de 13 de enero, establece que las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyos plazos generales de presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago sean hasta el 15 de enero de 2021, se amplían excepcionalmente hasta las 15:00 del día 18 de enero de 2021, siempre que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por los efectos de la borrasca «Filomena».

El plazo de ingreso de las autoliquidaciones no experimenta modificación, por lo que el adeudo del importe domiciliado en la cuenta del obligado tributario deberá efectuarse el día 20 de enero de 2021 o el inmediato hábil posterior si el 20 fuese inhábil.

Dichas declaraciones y autoliquidaciones son las detalladas en el anexo II de la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, entre las que se encuentran:

  • Modelo 111 - Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115 - Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Modelo 123 - Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas..

 

Con este cambio legal debo actualizar la aplicación

No. Si dispones de la última versión de la aplicación no necesitarás ninguna actualización.

 

Puedo seguir presentando los modelos con domiciliación una vez pasado el día 15 de enero

. Cuando realices la presentación del modelo con domiciliación, te aparecerá el siguiente mensaje de aviso, pulsa “Sí” para continuar con la presentación.

 

Mensaje domiciliacion

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