Modelo 347. Percepciones en metálico de periodos anteriores
Aplica a: a3ASESOR | con
A partir del 2009, las cantidades percibidas en metálico que no se pudieran incluir en la declaración del año natural, deberán incluirse en la declaración correspondiente al año natural posterior en el que se hubiera efectuado el cobro o se superase los 6.000 euros.
¿Cómo se informan estos importes en a3ASESOR | con?
Los importes en metálico correspondientes a ejercicios anteriores debe informarlos manualmente desde el propio modelo, pulse el botón situado en la parte superior de la ventana.
Informe el importe percibido en metálico y el ejercicio en el que se ha realizado la operación que da origen al cobro en metálico.