Modelo 303. El tipo de operación 5 Operaciones con Canarias, Ceuta y Melilla acumula en la casilla 61
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Desde el 1/1/2021 las facturas emitidas con “Tipo de operación 5 – Operaciones con Canarias, Ceuta y Melilla” se acumulan en la "Casilla 61 – Operaciones no sujetas o con inversión de sujeto pasivo que originan derecho a deducción”, en lugar de la “Casilla 60 - Exportaciones y operaciones asimiladas”, del modelo 303.
Este cambio legal está recogido en la Ley 11/2020, 30 de diciembre de Presupuesto Generales del Estado para el año 2021, en el artículo 68.
- El artículo 68 de la LPGE para 2021 establece que, con efectos desde 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, se modifica el artículo 70. Dos LIVA, para dejar de aplicar la regla especial de uso efectivo a los servicios que se entienden realizados, conforme a las reglas de localización, en Canarias, Ceuta y Melilla.
Cómo afecta a la aplicación
La aplicación no diferencia entre Entregas de Bienes y Prestaciones de Servicios.
A continuación, te detallamos a que casilla del modelo 303 acumula cada tipo de operación:
- En el tipo de “Operación 5 - Operaciones con Canarias, Ceuta y Melilla” se considera una prestación de servicios, por ese motivo acumula a la casilla 61 del modelo 303.
- En el tipo de “Operación 6 – Exportaciones” se considera una entrega de bienes, por ese motivo acumula a la casilla 60 del modelo 303.