Cómo publicar y visualizar el Certificado de Ingresos y Retenciones desde el portal

Aplica a: a3EQUIPO

 

Explicación del proceso

Para visualizar el Certificado de Ingresos y Retenciones desde el Portal del Empleado, el usuario supervisor debe publicar este documento para que sea visible por el resto de usuarios.

Para ello, desde la Administración del portal, accede al punto "Documentos personales" y pulsa “nuevo”.

 

documentos personales

 

En el campo "Tipo de documento", selecciona la opción "Certificado de Ingresos y Retenciones". Además, tienes la posibilidad de modificar el nombre del documento a través del botón https://consultas.a3software.com/WSSAgoraFic.ashx?id=144051.

A continuación, cumplimenta el apartado "Parámetros", indicando si deseas incluir una nota de texto para el trabajador, el ejercicio que corresponda, así como activando o desactivando el resto de indicadores, según tus preferencias.


Para + información sobre el indicador "Permitir agrupar Certificados de Ingresos y Retenciones por NIF", pulsa aquí.

certificado ingresos portal


Cuando hayas finalizado, pulsa "Aceptar" para guardar los cambios.

documentos_personales

Además, si lo deseas, puedes restringir el acceso a algunos empleados, desde el punto de "Derechos".

Selecciona "Permitir el acceso a un conjunto de usuarios" y agrega el usuario o perfil al que quiera limitar el acceso.

a3portal

Una vez terminado el proceso, cuando los usuarios accedan al punto "MIS DATOS PERSONALES/ MIS DOCUMENTOS", podrán visualizar el Certificado de Ingresos y Retenciones.

  

mis documentos

 

A tener en cuenta: si al presentar el Modelo 190/ 296 modificaste conceptos salariales  exentos de IRPF para que se listaran en una subclave diferente, o bien los excluiste de la clave L, para que el Certificado de Ingresos y Retenciones cuadre con lo presentado, deberás indicar la misma información accediendo a la ficha de la empresa “Conceptos – Rentas Exentas”.

subclave_28

 

Por ejemplo, para que un concepto de dietas no salga en el certificado, lo añadiríamos al apartado “Excluir los siguientes conceptos de la clave L” y, si quisiéramos que fuera a la casilla de “Rentas exentas del IRPF”, lo añadiríamos en el apartado “Subclave 28 – Conceptos otras rentas exentas”.

dietas

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