¿Cómo calcula la aplicación el Importe Bruto para el cálculo de las Indemnizaciones?

Aplica a: a3EQUIPO

 

El cálculo de Importe Bruto para la indemnización del Finiquito, se divide en dos partes, por un lado, debemos obtener el precio bruto diario y, por otro, los días de indemnización que le corresponden cobrar.

1.- Cálculo del Precio día (Importe Bruto diario)
2.- Cálculo de los días de indemnización a cobrar

2.1.- Si se trata de una Indemnización por Despido Improcedente o por Causas Objetivas
2.2.- Si se trata de una Indemnización por Fin Contrato Fijo o por Despido Improcedente Contratos de Fomento
2.3.- Si se trata de una Indemnización por Fin Contrato Temporal o por Fin Contrato Duración Determinada


Además, le relacionamos:

Tabla con los días estipulados según el tipo de indemnización


1.- Cálculo del Precio día (Importe Bruto diario)

Cuadro de texto:                (*)Importe bruto anual                             ------------------------------------------------- = Importe Bruto Diario             365/366

*Importe Bruto Anual:

Para calcular el Importe Bruto Anual tenemos tres opciones:

1) Teniendo en cuenta sólo los conceptos que cotizan a la Seguridad Social.
2) Teniendo en cuenta el Bruto Anual.
3) Usar fórmula para la Indemnización.

Además, para las dos primeras opciones de cálculo, puede optar por “Tener en cuenta el importe variable de los últimos 12 meses” y / o “Excluir conceptos del cálculo”.

A continuación veremos con ejemplos las opciones mencionadas anteriormente:

1)    Teniendo en cuenta sólo los conceptos que cotizan a la Seguridad Social:

En nuestro caso el trabajador tiene los siguientes conceptos salariales:

1 – Salario Base = 1100€ (cotiza a Seguridad Social)
2- Dietas = 200€ (no cotiza a Seguridad Social)
Y dos pagas extras, con tipo cobro normal, que se cobran sobre el salario base.

En este caso sólo tendríamos en cuenta el Salario Base para el cálculo, ya que las Dietas no cotizan.

El cálculo sería el siguiente:


Donde 15400 es el resultado de multiplicar el Salario Base por 14 pagas = 1100€ * 14 = 15400€


2)    Teniendo en cuenta el Bruto Anual:

Siguiendo con el ejemplo anterior, con esta opción de cálculo, tendríamos en cuenta tanto los conceptos que cotizan como los que no cotizan.

Por tanto, el cálculo sería el siguiente:

Donde 17800 es el resultado de:

Salario Base por 14 pagas = 1100 * 14 = 15400€
Dietas por 12 pagas = 200 * 12 = 2400€

15400 + 2400 = 17800€

Anteriormente, mencionamos que para estas dos opciones de cálculo podríamos seleccionar:

  • Tener en cuenta el importe variable de los últimos 12 meses.
  • Excluir conceptos del cálculo.


Veamos unos ejemplos:

1.- Tener en cuenta el importe variable de los últimos 12 meses:

En nuestro caso finiquitamos al trabajador el 09/09/2015 y en las nóminas anteriores a la fecha de baja tuvimos importes variables por valor de 500€, calculados en los meses Julio y Agosto.

Siguiendo con la opción 2 de cálculo, obtendríamos el siguiente resultado:

Donde 18300 es la suma de 17800 + 500.

2.- Excluir conceptos del cálculo:

Siguiendo con los datos anteriores, además tenemos un concepto de Mejora Voluntaria en la ficha del trabajador:

Mejora Voluntaria – tipo de cobro Total = 300€

300€ * 12 pagas = 3600€

Sin excluir ningún concepto del cálculo y con la opción de bruto anual, el resultado sería el siguiente:

18300 + 3600 = 21400

 

Excluyendo el concepto de mejora voluntaria, el resultado sería:

 

 

3)    Usar fórmula para la Indemnización:

Esta opción le permite crear una fórmula, siendo usted el que establezca el cálculo que quiere que se realice. Por tanto, anula cualquiera de los indicadores anteriormente explicados.


2.- Cálculo de los días de indemnización a cobrar

Debe contar los días naturales (tanto si es mensual como si es diario) devengados desde la fecha en que ingresó hasta la fecha del finiquito.

Recuerde que…
1) Las fracciones de año se computan por meses enteros.
2) Si, la fecha de ingreso es distinta a la fecha del campo "Antigüedad Empresa", para el cálculo de la indemnización se tendrá en cuenta esta última fecha.

Una vez calculado el acumulado en días, debe obtener los días de indemnización que le corresponde cobrar. Para ello, tenga en cuenta que:

2.1.- Si se trata de una Indemnización por Despido Improcedente o por Causas Objetivas, el programa realiza el siguiente cálculo:

Cuadro de texto:             Días devengados (fecha de ingreso hasta fecha baja)*----------------------------------------------------- x 12 =  X1 (***)                   365 (**)       X1------------------- = X2 (****)            12

 

(*) Si, la fecha de ingreso es distinta a la fecha del campo "Fecha antigüedad en la empresa", para el cálculo de la indemnización se tendrá en cuenta esta última fecha.

(**) Aunque el año sea bisiesto, siempre divide entre 365 días.

(***) X1 se redondea siempre por exceso a número entero. Estos serán los meses a cobrar de indemnización.

(***) X2 serán los años a pagar de indemnización, sin redondear.

2016-10-10 13_34_21-Documento1

 

2.2.- Si se trata de una por Fin Contrato Fijo o por Despido Improcedente Contratos de Fomento, el programa calcula un coeficiente diario de la siguiente manera:

Cuadro de texto: Acumulado de días--------------------------            365 (*)-------------------------- x días de indemnización = Coeficiente diario            30 (**)                 (ver Tabla)


(*)
Aunque el ano sea bisiesto, siempre divide entre 365 días.

(**) Tanto si el trabajador es mensual como si es diario, siempre divide entre 30.

Decimales del coeficiente diario: se toman tres decimales redondeados.

Una vez tenemos el coeficiente diario redondeado, el programa lo multiplica por 30, tanto si el trabajador es mensual o diario.

Cuadro de texto: Coeficiente diario redondeado x 30 = Días de indemnización a cobrar

2.3.- Si se trata de una Indemnización por Fin Contrato Temporal o por Fin Contrato Duración Determinada, el programa actúa de la siguiente manera:

Cuadro de texto: Acumulado de días--------------------------  x días de indemnización = Días de indemnización a cobrar         360 ó 365                 (ver Tabla)

Decimales: primero se toman tres decimales redondeando. Pero finalmente, para el cálculo, se toman solo dos decimales.


Ejemplo
:

Si el resultado es 15, 3598 -> Redondeamos a tres decimales 15,360 -> pero para realizar el cálculo final tomamos 15,36.

 

Tabla con los días estipulados según el tipo de indemnización

Tipo de Indemnización

Días de Indemnización

1.- Despido Improcedente (45/33 días/ano máx. 42/24 mensualidades)

 

  • Los despidos anteriores al Real Decreto-ley 3/2012 (45 días por año de servicio, con un máximo de 42 mensualidades).
     
  • Los despidos realizados a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2012:

-         Tanto para trabajadores con antigüedad en la empresa anterior a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2012 (se tendrá en cuenta lo devengado hasta el 11 de febrero de 2012, calculando la indemnización sobre 45 días de salario por año de servicio, y a partir del 12/02/2012 se calculará sobre 33 días de salario por año de servicio).

-         Como para trabajadores con antigüedad en la empresa posterior a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2012 (33 días por año de servicio).

 

2.- Despido por Causas Objetivas (20 días/año máx. 12 mensualidades)

 

  • 20 días por año de antiguedad, con un máximo de 12 mensualidades.

 

 

 

3.- Fin Contrato Fijo de Obra

 

Dependiendo de la duración del contrato. Si desde la fecha de ingreso del trabajador hasta la fecha baja del trabajador, el tiempo transcurrido ha sido inferior o igual a un año, el factor a aplicar es del 7%. Si es superior a un año, el factor a aplicar es del 4,5%.

El número de días de cobro de la indemnización es el total de días retribuidos desde el inicio del contrato, es decir, los días N en alta menos los días en IT y/o absentismo no retribuidos. Este tipo de indemnización no tiene topes de mensualidades.

 

4.- Fin Contrato Temporal (12 días/año)

 

  • 12 días por año de antigüedad, sin topes de mensualidades.

 

5.- Despido Improcedente Contratos de Fomento (33 días/año máx. 24 mensualidades)

 

  • 33 días por año de antigüedad con un máximo de 24 mensualidades.

 

 

 

6.- Fin Contrato Duración Determinada (8 días/año ó según convenio)

 El número de días de cobro de la indemnización son 8 días por ano de servicio. No obstante, si lo desea, puede modificar el cálculo de la indemnización usando una fórmula. Por tanto, en los supuestos en los que se active el indicador "Con Cálculo Indemnización", el importe de la indemnización será el resultado de la fórmula.

  • Contratos celebrados en 2011 ó anteriores: 8 días por año.
  • Contratos celebrados en 2012: 9 días por año
  • Contratos celebrados en 2013: 10 días por año
  • Contratos celebrados en 2014: 11 días por año
  • Contratos celebrados en 2015 y posteriores: 12 días por año.

 

    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • 2 valoraciones: 4 sobre 4 de media
    • ¿Te ha resultado útil esta página?
    • ¡Gracias por votar!
    • 2 valoraciones: 4 sobre 4 de media

Palabras clave