Es obligatorio informar el elemento que obliga que la nueva declaración sea complementaria
Aplica a: a3ASESOR | ren
Sí. La nueva declaración (complementaria) recogerá la totalidad de los datos que deban ser declarados, incorporando, junto a los correctamente reflejados en la declaración originaria, los de nueva inclusión o modificación.
Una vez determinada la cuota diferencial resultante de la nueva declaración, se restará de la misma el importe que se ingresó en la declaración originaria, si ésta fue positiva, o bien se le sumará la devolución percibida, si resultó a devolver; el resultado obtenido es la cuota que deberá ser ingresada como consecuencia de la declaración complementaria.
Para ello pulsa el botón de la opción Declaraciones/Mantenimiento de Declaraciones/Resumen, selecciona en el campo “Presenta declaración” la opción “Complementaria”,informa el importe de la "Cuota diferencial anterior", y marca el supuesto que motiva la declaración complementaria.